—20 junio 2008 / Casacochecurro.com Así, la época comercial que ahora comienza se presenta con una expectativa incierta y que puede tener dos caras: por un lado, una buena oportunidad para ahorrar y hacer compras necesarias a un precio más bajo, por lo que es posible que en esta ocasión el porcentaje de consumidores que se espera a rebajas para comprar determinados artículos sea mayor (normalmente se sitúa alrededor del 70%); por otro, con las vacaciones a la vuelta de la esquina tampoco se van a poder hacer importantes desembolsos (de hecho, buena parte de los comercios se están adelantando a las rebajas y ofrecen desde hace unos días importantes ofertas y descuentos ante la caída del consumo).
CECU quiere recordar la necesidad de escoger adecuadamente lo que se compra en rebajas, previendo con antelación las necesidades, evitando otros gastos y exigiendo la máxima calidad y vigencia en los productos. Así, hay que entender por rebajas la venta de artículos que se ofertan a un precio inferior al fijado antes de dicho periodo. Todos los artículos que se vendan en rebajas deben haber estado a la venta con anterioridad en el establecimiento y la legislación prohíbe vender artículos defectuosos o con taras como rebajas, diferenciándolas así de los saldos (productos deteriorados u obsoletos) u otras prácticas comerciales (liquidaciones, ofertas o promociones...).
Los derechos que tienen los consumidores durante la época de rebajas son los mismos que los del resto del año, por lo que no hay que bajar la exigencia a la hora de comprar rechazando cualquier artículo defectuoso que se venda como rebaja. Sólo debemos aceptar rebajas en el precio, no en la calidad.
Ya que los principales problemas que trasladan los consumidores a CECU en periodo de rebajas llegan a la hora de tratar de hacer cambios o devoluciones es interesante puntualizar que esta es una cuestión que depende únicamente de la política de cada comercio y que éstos no están obligados a realizarlos. Normalmente, las tiendas que los admitan lo publicitarán de alguna forma en el establecimiento, aunque no está demás consultar a algún dependiente. En el caso de que un producto sea defectuoso se entraría dentro de la legislación en materia de garantía que prevé, entre otras soluciones, el posible cambio del artículo. En cuanto al caso del pago con tarjeta, si un establecimiento permite este medio de pago el resto del año debe aceptarlo también en período de rebajas. CECU aconseja que el consumidor se informe de estas situaciones y, por qué no, que esta política comercial juegue también a la hora de decidir en qué comercio se hace una compra, premiando a aquellos establecimientos que permiten al consumidor ejercer sus derechos de forma más amplia.
Como siempre, es interesante comparar precios en distintos establecimientos, ya que puede encontrar diferencias significativas y hay que remarcar la necesidad de que junto al precio rebajado aparezca el antiguo o bien el porcentaje de rebaja que se aplica en el artículo. Es esencial guardar el ticket de compra, ya que será necesario para poder presentar cualquier reclamación y si un consumidor cree que le han negado o vulnerado sus derechos debe exigir las hojas de reclamaciones.
Dentro del periodo legalmente establecido en cada comunidad autónoma, cada establecimiento podrá elegir las fechas y la duración que desee, pero siempre con un mínimo de una semana y un máximo de dos meses. El período de rebajas y las fechas de comienzo y finalización de las mismas deben estar publicitados en un lugar del establecimiento visible para los consumidores.