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La nueva reforma del Reglamento de Circulación incluirá la saliva como prueba para los test de drogas

La nueva reforma del Reglamento de Circulación incluirá la saliva como prueba para los test de drogas
NOTICIA de Javi Navarro
29.05.2013 - 15:35h    Actualizado 17.03.2023 - 13:07h

La saliva será muestra biológica para la detección del consumo de drogas en controles preventivos, según las novedades que incluye la reforma del Reglamento de Circulación. Entre otras novedades, se plantea la reducción de velocidad en determinadas calles y carreteras secundarias y el aumento, en casos específicos en ciertas condiciones, en algunos tramos de autopistas y autovías, y se propone la celebración de una ponencia monográfica en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible sobre el uso del casco para ciclistas en zonas urbanas.


Test de drogas con saliva en conductores realizado por la Guardia Civil.

Los millones de desplazamientos que se producen por carretera convierten al coche sigue como el modo de transporte más empleado. Para mejorar la seguridad, la Dirección General de Tráfico ha presentado en la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible la reforma del Reglamento General de Circulación, al ser esta norma la que aborda las condiciones básicas en las que han de desplazarse los distintos usuarios de las vías públicas.

La reforma de este Reglamento sigue las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las orientaciones políticas dictadas por la Unión Europea en materia de seguridad vial para el periodo 2011-2020, en lo referido a la implantación o adaptación de la legislación como medida efectiva de intervención y prevención.

Pero esta modificación del Reglamento está sometida a la reforma previa de la Ley de Seguridad Vial, cuyo anteproyecto de Ley por el que se modificará dicha norma, se encuentra actualmente en tramitación y próximamente se remitirá a Consejo de Ministros.

Reformas en el Reglamento:

Pese a que el coche sigue siendo el medio de transporte más utilizado; en los últimos años y sobre todo en las zonas urbanas, los peatones y las bicicletas han adquirido un importante protagonismo que ha llevado a muchas administraciones locales a desarrollar políticas de movilidad y seguridad vial. Por este motivo, la modificación del Reglamento viene a adaptarse a esta nueva realidad, con la introducción de medidas que lleven a la creación de ciudades más cómodas, seguras y sostenibles, como las que a continuación se detallan:

Velocidad: Con la idea de reducir la siniestralidad en el caso urbano y configurar una ciudad más cómoda y sostenible, la DGT propone introducir el límite de velocidad de 30 km/h en muchas de las calles de las ciudades.

El fallecimiento por atropello del peatón se produce en función de la velocidad del vehículo a motor. A 80 Km/h fallece el 95 % de los peatones atropellados, a 50 km/h el 50 % y a 30 km/h el 5 %, dato que justifica la creación de zonas 30.

A partir de la reducción de este límite de velocidad, se puede configurar un nuevo modelo de calle, una zona de coexistencia compartida entre el peatón, la bicicleta y el vehículo a motor. Este nuevo modelo de calle, denominado zonas de plataforma única pasa a regularse específicamente con el nuevo Reglamento de Circulación.

Es una medida muy eficaz para reducir las lesiones de los usuarios de la vía pública. Más allá de la zona 30, en aquellas plataformas únicas donde conviven todos los usuarios la velocidad máxima sería 20 km/h La reducción del límite de velocidad, también se producirá en las carreteras secundarias, al ser en este tipo de vía donde se producen las tres cuartas partes de los accidentes con víctimas.

En autopistas y autovías el límite de velocidad máxima seguirá siendo 120 km/h. Ahora bien, se podrá aumentar dicho límite, mediante paneles de mensaje variable, hasta un máximo de 130 km/h. Este aumento de velocidad será autorizado y gestionado por la Dirección General de Tráfico o, por la autoridad autonómica competente para la gestión del tráfico de manera temporal y en tramos en los que exista un índice contrastado de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales.

Cinturón de seguridad y casco: El uso del cinturón de seguridad reduce el riesgo de lesión mortal del conductor y de todos los ocupantes del vehículo. Por este motivo, en la reforma del nuevo reglamento amplia el grado de cobertura poblacional a fin de proteger a todos los usuarios.

Además, el nuevo reglamento prevé una regulación proclive a la seguridad de los menores, con el objetivo de que ningún menor fallezca por no llevar el cinturón de seguridad o la sillita infantil.

Alcohol y drogas: A la importancia de eliminar la conducción bajo los efectos del alcohol, que en España ya está regulada, el nuevo Reglamento da un paso más hacia uno de los comportamientos más preocupantes en los últimos años entre los conductores españoles como es el consumo de drogas y la conducción. Por este motivo se ha determinado la saliva como muestra biológica de detección y era preciso adaptar los procedimientos para la realización de controles preventivos.

Bicicleta: Con el cumplimiento de animar a los ciudadanos a eliminar lo “kilómetros inútiles” motorizados a favor de desplazamientos más saludables, seguros y sostenibles como ir a pie o en bicicleta, la reforma del Reglamento de Circulación incluye, por primera vez en la historia de nuestro país, un capítulo entero dedicado a este medio de transporte.

Las medidas de fomento del uso de la bicicleta pasan por una política de reducción de velocidades en vía urbana, por una ampliación de las vías por donde transitar, por buscar una integración de todos los modos de transporte y por la necesidad de mejorar la visibilidad del ciclista así como de dotarle de medidas de prevención efectivas. Ante quienes plantean la disyuntiva de favorecer movilidad o seguridad, la DGT propone seguir trabajando en ambas en paralelo, en consonancia con el espíritu de servicio de nuestro organismo y en consonancia con el nombre de su propia Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

La magnitud del problema se refleja en los datos de siniestralidad referidos a accidentes de bicicletas ocurridos en 2011:

Fallecidos (49): 37 en vías interurbanas. 12 en vías urbanas.

Heridos graves (589): 304 en vías interurbanas. 285 en vías urbanas.

Heridos leves (4.301): 1.423 en vías interurbanas. 2.878 en vías urbanas.

Los usuarios de bicicleta se vieron implicados en 4.526 accidentes y es precisamente en la zona urbana donde las cifras de heridos graves y leves alcanzan mayor notoriedad.

El debate en torno al uso del casco no puede aislarse de un paquete integral de medidas que garantizan a los ciudadanos un entorno seguro en sus diferentes facetas como usuarios de la vía (conductor, peatón, ciclista…). Así, en el borrador del reglamento hay medidas encaminadas a:

  • Modular la velocidad de los vehículos a motor en las vías urbanas para facilitar la integración de los ciclistas, y por ejemplo, ya en el borrador aparece la propuesta de limitar la velocidad a 30 y 20 Km./h en numerosa de las calles.
  • Medidas dirigidas a favorecer los tipos de desplazamiento para los ciclistas en aquellas calles en las que, por la baja limitación de velocidad, pueden hacerlo sin un riesgo añadido (contradirección).
  • Medidas tendentes a fomentar su visibilidad incluyendo las relativas a la utilización del alumbrado y de prendas reflectantes homologadas.
  • Medidas que buscan flexibilizar la posición del ciclista en las vías urbanas integrándolo en el flujo circulatorio, otorgándole prioridad de paso sobre los vehículos a motor en los pasos de peatones y permitiendo el uso de remolques o semirremolques para transporte de personas o de carga en vías urbanas.
  • En general, medidas para facilitar la vida del ciclista y eliminando barreras artificiosas como la de definir el entorno urbano e interurbano.

Otras medidas en tramitación incluyen el aumento de la severidad de la falta relacionada con no mantener la distancia mínima de seguridad de 1,5 m entre el vehículo motorizado y el ciclista que cohabitan una misma vía y la promoción del uso del casco.

En cuanto al casco se recogen las premisas y recomendaciones del informe de la OMS y se integra perfectamente en nuestra área prioritaria sobre movilidad segura.

Existen países que tiene promulgada Ley con la obligatoriedad del uso del caso para todos los usuarios: Nueva Zelanda, Israel, Australia (al menos 2 Estados), 21 Estados de USA, Colombia y Finlandia.

Otros países recogen esta obligatoriedad para menores de edad, como es el caso de Canadá, Suecia, Japón, Islandia, Israel, Estonia, República checa, Croacia, Eslovenia.

Como se puede observar la voluntad del Gobierno es la de fomento del uso de la bicicleta. El hecho de añadir un capítulo entero en la reforma del reglamento y de ampliar la cobertura del ciclista en la modificación de la Ley de Seguridad Vial ratifica y sustenta esta voluntad.

En definitiva y más allá de las muertes tenemos, con datos hospitalarios, 3.767 heridos graves, de ellos 622 presentaban lesiones de cabeza, un 17 %. El uso del casco reduce el riesgo a sufrir este tipo de lesiones en un 70 %, por lo que habría 490 lesionados menos.

Respecto de quienes aseguran que la obligatoriedad del uso de casco desincentivará el uso de la bicicleta en las ciudades, se cita la experiencia australiana pero no la canadiense en la que no hay disminución.

La DGT no tiene ninguna duda respecto del efecto beneficioso del uso del casco y advierte de las opiniones diversas respecto de la conveniencia de la legislación para promover, si cabe más, su uso; reconocimiento del poder educativo de la ley ; reconocimiento del hecho de que una gran mayoría de usuarios de la bicicleta ya se ponen el casco voluntariamente, reconocimiento de que ,al menos, 2 encuestas recientes demuestran un apoyo mayoritaria para esta legislación y sobre todo, reconocimiento de que la implementación de una ley permite alcanzar a los usuarios reticentes que precisamente, tiene mayor riesgo estadístico de accidente, no podemos sino elevar esta propuesta.

Por este motivo la DGT propone la celebración de una ponencia en el seno de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso en la que se escuche a todos los expertos en la materia y se puedan así orientar las decisiones finales sobre este asunto.

Autocaravanas: La reforma del Reglamento equipara a nivel europeo el límite de velocidad de estos vehículos, diferenciándola en función de su masa máxima autorizada. También se establece por primera vez, el estacionamiento de estos vehículos, adoptando una fórmula similar a algunos países de nuestro entorno.