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Banco Popular asumirá la estafa a clientes de uno de sus empleados tras defraudar medio millón

Banco Popular asumirá la estafa a clientes de uno de sus empleados tras defraudar medio millón
NOTICIA de Javi Navarro
02.04.2013 - 17:37h    Actualizado 31.03.2023 - 10:09h

El Tribunal Supremo ha declarado al Banco Popular responsable civil subsidiario de la estafa cometida por uno de sus empleados. Ahora, el banco tendrá que indemnizar a 39 perjudicados por la estafa. El agente financiero, trabajador de esta entidad, se hizo con más de medio millón de euros entre 2004 y 2009 con ofertas a los clientes de la sucursal del Banco de Andalucía en Camas (Sevilla) de un producto financiero inexistente que prometía rentabilidades del 10 %.

El empleado había sido condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla en febrero de 2012 a dos años de prisión y multa de 270 euros, y debía indemnizar también a los 39 clientes a los que estafó cantidades que oscilaban entre los 4.000 y los 66.000 euros cada uno. En dicha resolución, el tribunal sevillano absolvió al banco como responsable civil subsidiario.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, discrepa del criterio de la Audiencia de Sevilla y considera que el Banco Popular, que absorbió al Banco de Andalucía a todos los efectos, debe responder subsidiariamente a efectos de indemnización de los perjudicados en función de la relación jurídica que le ligaba al estafador.

Ofrecía tipos de interés del 10 %
Para llegar a esta conclusión el Supremo tiene en cuenta los hechos probados por la sentencia de la Audiencia de Sevilla, en la que se destaca que el acusado, en su condición contractual de agente financiero, captaba clientes para el Banco de Andalucía en la sucursal de Camas ofreciéndoles la suscripción de un producto bancario consistente en un depósito a alto interés.

Dicho producto, inexistente, era denominado fondo de inversión garantizado a corto plazo, con vencimiento generalmente trimestral y con rendimientos del 8,9 y 10 por ciento.

Para conseguir sus propósitos, contó con una cómplice que actuaba en Lalín (Pontevedra), que recibía un 1,5 por ciento de lo que recibiera por cliente captado.

El alto tribunal ha tenido también en cuenta que el condenado empleaba un modelo de contrato del Banco Popular modificado informáticamente, que firmaba como agente financiero del Grupo Banco Popular utilizando un sello con su número de clave de agente financiero del Banco de Andalucía.

Además, el estafador consiguió que las aportaciones fueran realizadas por los perjudicados en cuatro cuentas que él mismo abrió en la entidad bancaria de Camas, por lo que a juicio del alto tribunal “se dan los elementos exigidos para el reconocimiento de la responsabilidad civil subsidiaria reclamada”.



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