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Hipotecas en Galicia

Hipotecas en Galicia
NOTICIA de Javi Navarro
07.12.2007 - 18:27h    Actualizado 03.01.2023 - 12:10h

Existe una gran oferta de préstamos hipotecarios que pueden contratar los compradores de vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia. De ahí que siempre se recomiende que, antes de tomar cualquier decisión, se lleve a cabo una comparativa entre las distintas opciones hipotecarias que pueden interesarle al comprador en función de su situación personal y socioeconómica.

Junto al mercado hipotecario libre, los gallegos pueden contemplar la posibilidad de optar a préstamos subvencionados por las Administraciones Públicas que ofrecen, generalmente, unas condicionas más ventajosas de las que puedan ofrecerse en el mercado libre.

Actuaciones protegidas sobre préstamos hipotecarios
A) Si se realiza la compra de una vivienda protegida en las siguientes tipologías “Viviendas de Precio General”, “Viviendas de Precio Concertado” y “Viviendas de Régimen Especial”, el comprador de este tipo de vivienda accederá a los préstamos convenidos que se reconocen en el Plan Estatal de Vivienda 2005-2008. Estos préstamos se conceden por entidades de crédito que hayan firmado el correspondiente convenio de colaboración con el Ministerio de Vivienda y podrán financiar hasta el 80 % del precio escriturado o de adjudicación de la vivienda. El plazo de amortización será de hasta 25 años y el tipo de interés efectivo inicial será acordado anualmente por el Consejo de Ministros (para el año 2007 se estableció en el 4,35 %). Para solicitar este tipo de préstamo es necesario completar correspondiente formulario de solicitud disponible a través de la Xunta.

Por otro lado, la Conselleria de Vivenda e Solo concederá a los adquirentes de viviendas de protección autonómica una subvención de 600 € para gastos de constitución o subrogación de hipoteca y otros gastos de entrada, siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:

– Cumplan los requisitos del acceso a la primera vivienda en propiedad establecidos legalmente (no ser titular de otra vivienda y no exceder el límite de ingresos familiares).

– Haber formalizado un préstamo convenido.

– Ser menor de 35 años de edad en el momento de la solicitud.

B) Para el caso de viviendas libres de segunda mano que cumplan con los requisitos que se exigen legalmente, sus compradores también podrán beneficiarse de las ventajas que conlleva los préstamos convenidos considerados en la compra de vivienda protegida.

Actualmente, y siguiendo el Plan de Vivienda 2005-2008 de Galicia, no existen préstamos convenidos para viviendas libres de nuevas construcción.

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