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Las empresas que reduzcan su siniestralidad pagarán menos cotizaciones

Bonus para las empresas por reducir la siniestralidad
NOTICIA de Javi Navarro
30.03.2010 - 16:40h    Actualizado 02.02.2023 - 13:12h

La Seguridad Social reduce las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que disminuyan su siniestralidad laboral. Los incentivos podrán oscilar entre el 5 y el 10 por ciento de las cuotas por accidente de trabajo y enfermedad profesional. En 2010 se reconocerán y abonarán los incentivos de 2009. Las empresas que quieran optar a los incentivos deberán presentar la solicitud entre el 1 de abril y el 15 de mayo de cada año en la mutua o entidad gestora que asuma la protección de sus contingencias profesionales.


El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales -accidentes de trabajo y enfermedades profesionales- a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

La norma establece que las empresas deberán haber cotizado a la Seguridad Social un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros en un periodo de observación de cuatro ejercicios como máximo, que deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores al de la solicitud. No obstante, también podrán beneficiarse las pequeñas empresas, cuando hayan cotizado, en el periodo de observación, un mínimo de 250 euros por tales contingencias.

La cuantía de los incentivos podrá alcanzar hasta el 5 % del importe de las cuotas por contingencias profesionales satisfechas en el periodo de observación o bien del 10 % si ya ha percibido el incentivo en el inmediatamente anterior y sean de periodos consecutivos. En el caso de las pequeñas empresas, el límite se establece en un máximo de 250 euros en el primer periodo de observación, que se elevará a 500 en el segundo periodo y siguientes, siempre que en el inmediatamente anterior se haya percibido.

La financiación del sistema de incentivos será con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación constituido con el 80 por ciento del exceso de excedentes de la gestión de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Objetivo 2012
Este Real Decreto se enmarca en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 que se aprobó en Consejo de Ministros en junio de 2007 y que establecía la posibilidad de que el Gobierno implantara sistemas de reducción de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales en el caso de que las empresas acreditaran una reducción de la siniestralidad y que se distingan por emplear medios eficaces de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Según recoge el Real Decreto, en 2010 se reconocerán y abonarán los incentivos correspondientes al ejercicio 2009, en los plazos y condiciones establecidos en la norma. La fecha inicial del periodo de observación será, pues, el día 1 de enero de 2009.

Bonus para las empresas por reducir la siniestralidad

Bonus para las empresas por reducir la siniestralidad

Más de 7.700 empresas se repartirán un incentivo de 35 millones de euros por haber reducido la siniestralidad laboral durante el año 2009, según datos de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. Es la primera vez que se distribuye este bonus, establecido en el Real Decreto 404/2010, que regula un sistema de reducción de la cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales de aquellas empresas que acrediten una baja siniestralidad, así como la adopción de medidas de reducción de la misma. A pesar de haberse aprobado la norma el año pasado, la bonificación comienza con cargo al ejercicio 2009.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM) y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional recibieron un total de 10.472 solicitudes de bonificación aunque, después de ser analizadas, se ha considerado que unas 7.700 son merecedoras del bonus.

El incentivo estimado por las mutuas asciende a 33.500.000 euros que abonarán con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación. El volumen máximo de recursos existente para el abono de las reducciones a las empresas asciende al 3 % (116,9 millones de euros) del saldo de la cuenta del Fondo de Prevención y Rehabilitación existente a 31 de diciembre de 2009, que era de 3.900,3 millones de euros, aplicándose a cada una de las mutuas en proporción a su contribución a la formación de dicho saldo. En la actualidad el saldo del Fondo de Prevención y Rehabilitación asciende a 4.480,7 millones de euros.

La población asalariada se reduce, pero no la siniestralidad laboral; 2 muertos al día

La estadística de mortalidad en el trabajo permanece: cada día dos trabajadores fallecen en España como consecuencia de su trabajo. Cada día 15 personas tienen un accidente grave, 1.615 tienen un accidente leve y 2.159 sufren un accidente sin baja. El sindicato UGT ha analizado estas estadísticas teniendo en cuenta que, a consecuencia de la crisis, la población asalariada ha disminuido, por lo que la mortalidad en estos accidentes sigue siendo alta. Este informe revela que desde el año 2009 se han reducido los accidentes que causan baja.

A pesar de que en el primer semestre del año descendió el número de accidentes de trabajo en todas sus categorías (leves, graves y mortales) las cifras globales dibujan una realidad cotidiana: la siniestralidad laboral persiste, a pesar de que se ha reducido considerablemente la población asalariada, a consecuencia de la crisis.

Un informe de UGT- que analiza la estadística de accidentes de trabajo de enero a junio de 2011 del Ministerio de Trabajo y los datos de la Encuesta de Población Activa- revela que el número de accidentes que se han producido en el primer semestre de este año ha sido de 682.313, un 2,6 % menos que en el mismo periodo del año anterior. Se han producido 339 accidentes mortales, 24 menos que en el mismo semestre de 2010. Sin embargo, si analizamos el índice de incidencia, es decir, los accidentes que se producen en relación con la población asalariada que hay, la mortalidad no disminuye.

Es sorprendente que la diferencia entre accidentes laborales sin baja y con baja cada vez sea mayor, desde 2009. Así, en este semestre, se registran 94.793 accidentes sin baja más que los que han causado baja. Estos datos llevan a pensar que los trabajadores prefieren seguir con su trabajo, aunque estén enfermos, antes que aceptar una baja laboral, dada las actuales condiciones del mercado de trabajo y la situación de precariedad de los empleos.

El mayor número de accidentes registrados se produce en edades comprendidas entre los 35 y los 44 años, registrándose el mayor número de personas fallecidas (91) en las edades comprendidas entre los 45 y 54. Madrid, es la Comunidad Autónoma con más fallecidos durante su jornada laboral y La Rioja que menos y Cataluña es la que ha registrado más accidentes y Melilla la que menos.

Los accidentes in itínere, que se producen en el trayecto de ida y vuelta al trabajo, descienden en este semestre en todos los sectores de actividad, siendo la agricultura el que menor descenso ha experimentado. El mayor número de accidentes in itínere mortales se produce en entre hombres, jóvenes y extranjeros.

Por otro lado, los peones de la agricultura, pesca, construcción, industrias manufacturares y transportes son los que presentan más accidentes y el que menos el grupo de directores y gerentes. Son los conductores y operadores de maquinaria móvil lo que sufren más accidentes mortales (52 personas fallecidas).

Por ello, UGT insiste en que la seguridad y salud en el trabajo no sea una cuestión de segundo orden. Aunque existen herramientas normativas para evitar muchos de estos accidentes todavía queda mucho por hacer y hay muchos incumplimientos, por lo que es necesario, entre otras cosas, reforzar la vigilancia y control por parte de la Administración, llevar a la pequeña y muy pequeña empresa los agentes de prevención, y establecer una ley que unifique, en el orden social todos los aspectos del accidente de trabajo, salvo las responsabilidades penales que deben permanecer en el orden jurisdiccional correspondiente. Asimismo, es necesario que la futura ley de Salud Pública incluya un apartado concreto de salud laboral.



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