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Cómo reclamar 2.500 euros si compraste coche nuevo entre febrero de 2006 y agosto de 2013

Cómo reclamar 2.500 euros si compraste coche nuevo entre febrero de 2006 y agosto de 2013
NOTICIA de Javi Navarro
16.11.2021 - 09:07h    Actualizado 23.01.2023 - 10:42h

¿Afectado por el cártel de coches? En 2015 la antigua PSA (Citroën, Peugeot y Opel), además de Ford, General Motors, Fiat, Nissan, Toyota, BMW y una quincena de empresas más intercambiaron información confidencial de manera continuada para controlar el mercado de la distribución de vehículos, así como de servicios posventa de reparación, mantenimiento y recambio de piezas. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso a los fabricantes la mayor multa de su historia: 171 millones repartidos entre las 23 empresas implicadas. Y la Audiencia Nacional confirma las multas impuestas por la CNMC en sentencias dictadas en diciembre 2019, desestimando los recursos presentados por las empresas involucradas para defenderse.

Ahora, la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC) lidera las demandas judiciales que se están preparando a nivel nacional contra algo más de una veintena de fabricantes de vehículos por vulnerar la Ley de Defensa de la Competencia.

¿Qué cantidades se pueden reclamar como indemnización? Se calcula que unos diez millones de particulares y empresas que compraron vehículos nuevos entre febrero de 2006 y agosto de 2013 puedan reclamar una indemnización que, en función de la marca y el modelo adquirido, podría ser de unos 2.500 euros de media. Por ejemplo, si se compró un coche por 15.000 euros la cuantía de la indemnización podría moverse entre entre 1.500 euros y 2.250 euros, más los intereses legales.

Reclamaciones de los afectados por el cártel de coches

Desde el bufete de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, especializado en asuntos judiciales que han involucrado a decenas de miles de afectados, se está trabajando con la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC). Se están preparando diferentes demandas en las que se reclamará judicialmente una indemnización económica acorde al daño y perjuicio percibido.

Atilano Vázquez, socio del despacho Cremades & Calvo-Sotelo en Galicia, destaca que “las sentencias de la Audiencia Nacional, ratificadas ahora por el Tribunal Supremo, suponen un antes y un después en el ámbito de las reclamaciones colectivas, tanto por el número de personas afectadas como por las cuantías a reclamar. Son muchas las personas y empresas damnificadas por este cártel que tienen derecho a recibir una indemnización que compense el sobrecoste que asumieron en el momento de la compra de sus vehículos. Nuestro despacho está especializado en reclamaciones colectivas por ello animamos a todos los afectados a que se sumen a la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches y ejerzan sus derechos ante un abuso muy importante. Cuanto más seamos, más alto sonará nuestra voz y podremos evitar que grandes empresas como estas sigan aprovechándose de su posición de privilegio actuando en contra de los derechos de los consumidores”.

¿Cómo saber si eres víctima de este Cártel del Concesionario?

Lo más relevante es la fecha de compra, que debe haberse producido entre 2006 y 2013. En cuanto a las marcas, el 90 % de las mismas están implicadas, cuentan desde el despacho de abogados Le Morne Brabant. El paso siguiente, si se desea reclamar, aclara la abogada de este despacho Olga Pérez, “es buscar asesoría legal y presentar los papeles que acrediten la compra y titularidad del vehículo. Las reclamaciones pueden realizarse tanto individuales como colectivas, pero es preferible la agrupación de denuncias por demandando, es decir, por marca y concesionario”.

Requisitos para pedir la indemnización

Cualquier persona física o jurídica que haya adquirido un vehículo de uno de los fabricantes condenados entre estas fechas puede reclamar sumándose a la referida Agrupación, presentando, inicialmente, la factura que justifique el importe abonado y la documentación que acredite la titularidad del mismo. Dentro de la investigación pericial económica para la reclamación de una indemnización se deberán tener en cuenta los lapsos temporales en los que cada marca participó en los intercambios.

Las marcas que componen dicho cártel de fabricantes de automóviles son:

  • ALFA ROMEO
  • AUDI
  • BMW
  • CHEVROLET
  • CHRYSLER
  • CITROËN
  • DODGE
  • FIAT
  • FORD
  • HONDA
  • HYUNDAI
  • JEEP
  • KIA
  • LANCIA
  • LEXUS
  • MERCEDES (*)
  • MITSUBISHI (*)
  • NISSAN
  • OPEL
  • PEUGEOT
  • PORSCHE (*)
  • RENAULT
  • SEAT
  • SKODA
  • TOYOTA
  • VOLKSWAGEN
  • VOLVO (*)

(*No participan en el «Club de las Marcas»)

Empresas que tienen que pagar las multas

Automóviles Citroën España, S.A. La empresa tiene una multa de 14.768.975 euros por los vehículos de la marca Citroën vendidos desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.

B&M Automóviles España, S.A. tiene una multa de 776.012 euros por los vehículos de la marca Mitsubishi vendidos desde marzo de 2010 hasta agosto de 2013.

BMW Ibérica, S.A.U. tiene una multa de 8.031.780 euros por los vehículos de la marca BMW vendidos desde junio de 2008 hasta agosto de 2013.

Chevrolet España, S.A.U. La empresa tiene una multa de 138.580 euros por los vehículos de la marca Chevrolet vendidos desde febrero de 2006 hasta agosto de 2013.

Chrysler España, S.L. La empresa tiene una multa de 265,50 euros por los vehículos de las marcas Chrysler, Jeep y Dodge vendidos desde abril de 2008 hasta julio de 2010.

Fiat Group Automobiles Spain, S.A. La empresa tiene una multa de 6.968.254 euros por los vehículos de las marcas Fiat, Alfa Romeo y Lancia desde febrero de 2006 hasta agosto de 2013. Y por las marcas Chrysler, Jeep y Dodge desde julio de 2010 hasta el mes de agosto de 2013.

Ford España, S.L. tiene una multa de 20.234.832 euros por la venta de vehículos de la marca Ford desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.

General Motors España, S.L.U. tiene una multa de 22.827.759 euros por la venta de vehículos de la marca Opel desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.

Honda Motor Europe Limited, sucursal en España, S.L. tiene una multa de 609.325 euros por la venta de vehículos de la marca Honda desde abril de 2009 hasta agosto de 2013.

Hyundai Motor España, S.L.U. La empresa tiene una multa de 4.415.116 euros por la venta de vehículos de la marca Hyundai desde marzo de 2010 hasta agosto de 2013.

Kia Motors Iberia, S.L. tiene una multa de 2.074.220 euros por la venta de vehículos de la marca KIA desde marzo de 2007 hasta noviembre de 2012.

Mazda Automóviles España, S.A. tiene una multa de 656.390 euros por la venta de vehículos de la marca Mazda desde marzo de 2010 hasta febrero de 2011.

Mercedes Benz España, S.A. tiene una multa de 2.379.330 euros por la venta de vehículos de la marca Mercedes desde marzo de 2010 hasta febrero de 2011.

Nissan Iberia, S.A. La empresa tiene una multa de 3.157.671 euros por la venta de vehículos de la marca Nissan desde junio de 2008 hasta agosto de 2013.

Peugeot España, S.A. tiene una multa de 15.722.642 euros por la venta de vehículos de la marca Peugeot desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.

Porsche Ibérica, S.A. tiene una multa de 245.200 euros por la venta de vehículos de la marca Porsche desde junio de 2010 hasta agosto de 2013.

Renault España Comercial, S.A. La empresa tiene una multa de 18.203.422 euros por la venta de vehículos de la marca Renault desde febrero de 2006 hasta julio de 2013.

SEAT, S.A. La empresa tiene una multa de 12.674.948 euros por la venta de vehículos de la marca Seat desde febrero de 2006 hasta enero de 2013.

Toyota España, S.L. tiene una multa de 8.657.013 euros por la venta de vehículos de las marcas Lexus y Toyota desde febrero de 2006 hasta agosto de 2013.

Volkswagen Audi España, S.A. tiene una multa de 26.523.000 por la venta de vehículos de las marcas Skoda, Audi y Volkswagen desde octubre de 2008 hasta junio de 2013.

Volvo Car España, S.A. La empresa tiene una multa de 1.706.083 euros por la venta de vehículos de la marca Volvo desde marzo de 2010 hasta agosto de 2013.

¿Cuánto tiempo para cobrar?

Un año es el cálculo que hace la abogada de Le Morne Brabant para que estén resueltas las primeras reclamaciones y pone como ejemplo lo sucedido en otros casos de múltiples reclamaciones derivadas de una sentencia, como el de la banca, donde algunas entidades llegaron a acuerdos y otras no. “La experiencia es que la mayoría de las entidades no tienen voluntad de responder a un volumen grande reclamaciones. Por ejemplo el caso de BBVA cuando regularizó las cláusulas suelo antes de la judicialización, mientras que la mayoría han esperado a sentencias para hacer frente al cumplimiento de sus obligaciones”.

Los afectados que quieran informarse sobre qué pueden reclamar judicialmente deben dirigirse a la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC) en la web que han creado.