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Transferencias bancarias y Hacienda: ¿Cuáles son los límites?

Transferencias bancarias y Hacienda: ¿Cuáles son los límites?
NOTICIA de Jessica Pascual
25.07.2023 - 09:55h    Actualizado 27.07.2023 - 07:01h

¿Hay algún límite de dinero que pueda enviarse por transferencia sin declarar a Hacienda? No, no existe ningún límite a las transferencias. Desde Casacochecurro.com hemos consultado a fuentes de la Agencia Tributaria (AEAT), las cuales confirman que desde este organismo no existe ningún tipo de límite a la cantidad de dinero que puede hacerse en una transferencia bancaria.

No obstante, sí que pueden existir determinadas limitaciones a las cantidades de dinero que pueden enviarse por transferencias que establecen las políticas particulares de cada banco. Porque son las entidades las encargadas de autorregular el funcionamiento de las transferencias de dinero. Y, por tanto, dependiendo del banco en el que una persona quiera efectuar una transferencia, puede que se encuentre con limitaciones de cantidad de dinero mayor o menores a la hora de hacer una transferencia, como es el caso del límite en las transferencias bancarias de CaixaBank. Entidad que, aunque no tienen límite en las transferencias ordinarias, sí que lo establece en las inmediatas o en las realizadas con el móvil.

Hacienda no pone límites al dinero que puede enviarse por transferencia

Las fuentes de Hacienda consultadas afirman que desde esta entidad no se establece ningún límite a las cantidades de dinero que pueden enviarse por transferencia, por lo que no existe obligación alguna de declarar la transferencia según los modelos oficiales, como el S1, ni aunque se supere una determinada cantidad de dinero.

Es importante matizar la posible confusión que puede darse con el hecho de la cantidad de dinero que se puede mover en efectivo o llevar de un sitio a otro cuando se entra o sale de España. En este caso, el límite de dinero se sitúa en los 10.000 euros, pero es una limitación aplicable solamente a dinero que se lleva en efectivo o a otros medios de pago como cheques o pagarés, pero que nunca incluye a las transferencias bancarias.

Por tanto, desde Hacienda no existe ningún límite de dinero que puede enviarse por transferencia sin declarar. Da igual que una persona tenga que enviar 500 euros, que 10.000 o 100.000 euros. En ninguno de los casos existe la obligación de tener que hacer una declaración de esta operación bancaria a Hacienda. En resumen, no afectan los límites aplicables al resto de movimiento de dinero, con independencia de que sean nacionales o internacionales.

Sin límite de cantidad, pero sí hay control y vigilancia

A pesar de ello y, aunque las transferencias no tengan límites ni obligaciones de declarar por parte de Hacienda, esto no quiere decir que el fisco no esté pendiente de determinados movimientos y operaciones bancarias.

En la práctica, las mismas fuentes consultadas en Hacienda explican que la Agencia Tributaria recibe todos los años la información específica de las entidades financieras sobre los saldos bancarios del último trimestre y del cierre del año de sus clientes, así como el global de las entradas y salidas de las cuentas.

De manera adicional, “la Agencia tiene potestad para solicitar a las entidades financieras cualquier documentación asociada a las cuentas que resulte de relevancia para el control tributario”, explican. Se incluyen aquí las informaciones sobre transferencias concretas emitidas o recibidas por un determinado cliente, tanto para conocer el origen, como el destino de esos movimientos, tal y como aplica para llevar el control de la Ley de blanqueo de capitales.



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