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Alquiler asequible en Castilla y León, requisitos y solicitud

Alquiler asequible en Castilla y León: Requisitos y solicitud
NOTICIA de Jessica Pascual
02.03.2021 - 11:11h    Actualizado 22.02.2024 - 12:25h

¿Estás buscando una vivienda de alquiler asequible en Castilla y León? Si es así, sigue leyendo porque en este artículo te contamos cómo hacerlo, los requisitos y el proceso de solicitud. Los alquileres asequibles se integran en una iniciativa de la Junta de Castilla y León, en concreto, del programa de fomento del alquiler que tiene como objetivo impulsar esta práctica ofreciendo garantías a propietarios y precios asequibles a los inquilinos.

Todas las convocatorias de viviendas de alquiler a precios asequibles se van a publicar en esta información, así que te recomendamos que la visites de forma periódica para no perderte ninguna convocatoria.

Requisitos de los solicitantes

Las personas interesadas en conseguir un alquiler a un precio asequible a través del programa de fomento del alquiler tienen que ajustarse a los siguientes requisitos:

  1. Estar inscritos en el Registro Público de Demandantes de Viviendas de Protección Pública de Castilla y León.
  2. No tener ninguna vivienda en propiedad.
  3. Que los ingresos de la unidad familiar sean mayores a 1 vez el IPREM 2024 e inferiores a 6,5 veces el IPREM.
  4. Es obligatorio destinar la vivienda de forma exclusiva a la residencia habitual y permanente del arrendatario así como la unidad familiar.
  5. No haber sufrido un desahucio por impago no haber causado desperfectos a otras viviendas del programa en años anteriores.

Inscripción en el Registro de Demandantes

Puedes inscribirte en el Registro de Demandantes de Vivienda de Protección Pública de Castilla y León de forma presencial o a través de Internet.

  1. Si quieres hacerlo de forma presencial tienes que acudir a las oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta.
  2. Si quieres hacerlo por Internet tienes que acceder a este enlace. Para inscribirse a través de esta vía es imprescindible contar con certificado electrónico.

Pueden inscribirse en este registro todas las personas físicas que tengan o no unidad familiar estén interesados en acceder a alguna de las viviendas asequibles. Para inscribirse necesitas rellenar y presentar el modelo de solicitud que puedes descargarte en este enlace.

La inscripción en el Registro tiene una validez de 3 años, aunque tres meses antes de la vigencia el interesado puede solicitar la renovación.

Se puede cancelar su inscripción en los siguientes casos:

  1. Renuncia expresa
  2. Que los ingresos superen 6,5 veces el IPREM
  3. Ser propietario de una vivienda de protección pública
  4. Ser propietario de una vivienda libre

Solicitud del alquiler

Para poder solicitar alguna de las viviendas que se publiquen en las convocatorias del programa de fomento del alquiler tienes que llamar al teléfono de información 012.

En la web de la Junta de Castilla y León se van a publicar las convocatorias de viviendas de este programa con toda la información necesaria, desde la propia ubicación, las características y el precio máximo. Si encuentras alguna que te interesa, tendrás que llamar al teléfono de información y la persona que te está atendiendo comprobará si la persona solicitante está inscrita en el Registro de Demandante y si se ajusta a todos requisitos mencionados. Si todo es válido, se les proporciona el teléfono del propietario de la vivienda.

Si el propietario y el inquilino están de acuerdo, se comunica a la Dirección General los puntos y la firma del contrato. Uno de los originales quedará depositado en este organismo.

Renta del alquiler

El precio máximo del alquiler no puede superar el 80 % del precio de alquiler de una vivienda de protección pública de régimen general a 10 años.

Una vez fijado el importa se notificará al interesado y en el plazo de 10 días hábiles desde la notificación tendrá que aceptar o rechazar la renta y el resto de condiciones. Si no contesta se entiende que no desea la oferta.

Los gastos de la vivienda corren a cargo del propietario como la comunidad, el IBI u otros tributos. También los suministros y servicios de la vivienda. La vivienda puede estar dos años en el programa.

Requisitos de los propietarios

Si estás al otro lado del proceso y te interesa poner una vivienda que tienes en propiedad en el programa de fomento del alquiler, debes saber que para poder incluirlas en el programa los inmuebles deben ajustarse a una serie de requisitos:

  1. La vivienda y los anexos vinculados a ella se deben alquilar de forma conjunta y no pueden estar ocupados.
  2. La vivienda debe estar inscrita en el Registro de la Propiedad y la titularidad tiene que pertenecer a personas físicas.
  3. La superficie máxima de la vivienda es de 90 metros cuadrados útiles o 120 para familias numerosas.
  4. Debe tener en regla la inspección técnica de construcciones y el certificado de eficiencia energética.
  5. Debe encontrarse en Castilla y León con al menos 5.000 habitantes.

Solicitud para incluir vivienda

Las personas interesadas pueden presentar la solicitud a través de las siguientes vías:

  1. De forma presencial en las Oficinas de Información y Registro de la Junta
  2. A través de un telefax
  3. De forma telemática a través del siguiente enlace.

Documentación propietarios

Los titulares de las viviendas que quieran incluir sus inmuebles en el programa de fomento del alquiler deben presentar la siguiente documentación:

  1. Nota simple del registro de la vivienda
  2. Si la vivienda tiene varios titulares debe presentarse por escrito la conformidad de todas ellas.
  3. Estar al corriente del pago de las cuotas de la comunidad de vecinos.
  4. Fotografías actuales de la vivienda
  5. Certificado de eficiencia energética
  6. Declaración responsable de haber superado la inspección técnica de construcciones
  7. Presentar la solicitud que además implica que el propietario da la autorización para publicar los datos de la vivienda y facilitar el teléfono de contacto a posibles interesados.
  8. Desde que una vivienda se incluye en el programa el plazo máximo para notificar la resolución es de 3 meses.



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