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Cómo cambiar el domicilio fiscal en la Seguridad Social, Hacienda y en la DGT

Cómo cambiar el domicilio fiscal en la Seguridad Social, Hacienda y en la DGT
NOTICIA de Javi Navarro
06.10.2021 - 12:04h    Actualizado 01.04.2024 - 12:47h

Si te has independizado o simplemente te has mudado, es posible que tengas que realizar algunos que otros trámites, como en el caso que nos ocupa, cambiar el domicilio fiscal ya sea en la Seguridad Social (SS), en Hacienda o en la DGT. Para facilitarte esta gestión de cambio de domicilio, a continuación te contamos las posibilidades que hay para hacerlo, así como los pasos a dar en cada una de estas instituciones.

En la Seguridad Social

Si te estás preguntando cómo cambiar tu dirección en la Seguridad Social, antes de nada debes saber que los trámites para efectuarlo son muy sencillos. Tendrás dos posibilidades para hacerlo. La primera, acudiendo a cualquier sede de la SS y hacer el trámite presencialmente. La segunda, por Internet. Te contamos cómo proceder en cada caso.

Presencial

Si quieres notificar un cambio de domicilio en la Seguridad Social de manera presencial bastará con acudir a alguna de sus oficinas y pedir que te hagan este trámite. Eso sí, para hacerlo efectivo tendrás que presentar la siguiente documentación:

– Tu DNI o pasaporte.

– El documento oficial llamado TA1. Si vas presencialmente a las oficinas, te lo darán allí, así que no tendrás nada más de qué preocuparte. Bastará con cubrirlo y entregarlo al funcionario que te atienda.

En caso de que no puedas acudir tú mismo a ejecutar el trámite, debes saber que puedes hacer la gestión con la ayuda de un representante. Lo único que has de tener en cuenta es que a la documentación anteriormente mencionada habrá que sumar la siguiente:

– DNI del representante. Además, este debe ser mayor de edad.

– Fotocopia de ambos documentos de identidad, tanto del representante como del representado.

– Autorización por escrito. Esta ha de ir firmada por el solicitante y, por supuesto, tendrá que incluir los datos personales de ambos y la gestión que se autoriza a realizar.

Por último, es importante puntualizar que en este último caso, el formulario TA1 debe ir firmado siempre por el solicitante y nunca por el representante.

Cambio de domicilio en la Seguridad Social.

Por Internet

Otra alternativa para hacer el cambio de domicilio en la Seguridad Social es hacerlo por vía telemática. Eso sí, para ello tendrás que tener un certificado digital o bien un usuario y clave puntuales o, en su defecto, el sistema Cl@ve. A partir de aquí, los pasos a dar serán los siguientes:

1. Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social, pincha en “Ciudadanos” y después en “Afiliación e inscripción”.

2. Una vez ahí, selecciona “Cambio de domicilio” y haz clic en el sistema de acceso que prefieras: con certificado electrónico, con usuario y contraseña o con Cl@ve.

3. Al acceder te aparecerá una pantalla en la que te solicitarán los datos de tu nueva dirección. Complétalos todos y pincha en “Aceptar”. Verás cómo te saldrá un mensaje de confirmación diciendo que tus datos han sido actualizados en el Sistema de la Administración pública.

Como ves, se trata de un proceso muy sencillo que no te llevará más de cinco minutos, así que nuestro consejo es realizar el trámite por esta vía.

Atención telefónica

Por último, conviene puntualizar que en este caso no es posible hacer la gestión por teléfono. Así, si llamas al número 901 50 20 50 te remitirán a las dos vías anteriormente explicadas para realizar el cambio de domicilio en la Seguridad Social.

Cómo cambiar el domicilio fiscal en Hacienda.

En Hacienda

Es importante que tengas en cuenta que si te mudas, no solo tendrás que realizar este cambio en la SS. También será obligatorio notificar esta modificación del cambio de domicilio a Hacienda, puesto que será necesario que la Agencia Tributaria disponga de una dirección correcta para efectuar las comunicaciones que procedan.

Para realizar este trámite tendrás que presentar un formulario de solicitud. Éste será el modelo censal 036/037 para las personas jurídicas y entidades y el modelo 030 para las personas físicas que no tengan ninguna actividad económica por cuenta propia. Para entregarlo tendrás tres opciones:

– Presencialmente. Para ello tendrás que acudir a una oficina de la Agencia Tributaria.

– Por correo, dirigiendo la carta a la Administración de Hacienda.

– Vía telemática, a través de la página web de la Agencia Tributaria.

– Por teléfono, marcando el 901 200 345.

Escojas la opción que escojas te aconsejamos realizar el trámite lo antes posible no solo para evitar posibles sanciones, sino también para continuar disfrutando de ciertos beneficios fiscales en tu declaración de la renta.

En la DGT

Otra de las gestiones que debes hacer si te mudas es cambiar tu domicilio en la Dirección General de Tráfico (DGT) para que esté actualizado. Para ello, también podrás acudir presencialmente a cualquiera de sus oficinas en España o hacer la gestión por Internet con el certificado electrónico. En este último caso, el proceso será muy sencillo y los pasos a dar serán los siguientes:

1. Accede a la sede electrónica de la DGT y confirma tu identidad utilizando tu certificado electrónico.

2. En la siguiente pantalla tendrás que introducir tu fecha de nacimiento.

3. Verás que ahora se abre un formulario en el que aparecerán tus datos antiguos y un espacio para teclear los nuevos. Hazlo y dale a “Continuar”.

4. Ahora te aparecerá una declaración jurada que tendrás que firmar introduciendo los datos que te solicitan. Con ésta acreditarás que la información del nuevo domicilio es correcta.

5. Dale a “Aceptar” y descarga, si quieres, un justificante de la operación.

El cambio de domicilio fiscal se realizará de forma automática en la sede de Tráfico, así que con esto habrás finalizado el trámite.

Cómo cambiar el domicilio fiscal en Tráfico (DGT).

En caso de no disponer de un certificado electrónico, debes saber que si accedes al Punto de Acceso General de la Administración también podrás hacer la gestión con un DNI electrónico o con el sistema Cl@ve.

De todos modos, si sigues prefiriendo la manera tradicional, puedes acudir presencialmente a una oficina de la DGT o incluso preguntar en tu Ayuntamiento si es posible proceder allí con la gestión. Algunos tienen convenio con la DGT para este trámite y es posible que te permitan hacerlo en sus oficinas.



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