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Municipios que te dan una ayuda para pagar el IBI

Asturias convoca ayudas para pagar el IBI de una vivienda
NOTICIA de Jessica Pascual
04.10.2021 - 08:00h    Actualizado 22.02.2024 - 12:21h

El Impuesto de Bienes Inmuebles o IBI es un coste que tienen que pagar todos los propietarios de viviendas de forma anual. Su gestión corre a cargo de las autonomías y, por tanto, la cantidad que tienen que pagar los vecinos varía en cada municipio. Aunque en algunos casos los habitantes de ciertas localidades apenas tienen que pagar el 5 o 10 % de este impuesto. Esto se debe a que cada año, los diferentes municipios publican convocatorias de ayudas económicas que cubren desde la mitad hasta la totalidad del pago de este impuesto a personas con pocos recursos o escasos niveles de renta.

Por ello, en esta guía detallamos cuáles son las localidades que ofrecen ayudas para hacer frente a los gastos asociados al mantenimiento de la titularidad de las viviendas, en concreto, del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). En este artículo puedes encontrar las diferentes convocatorias con los plazos para hacer la solicitud, requisitos y cuantía específica de las ayudas de cada uno de los municipios. Junto con estas ayudas, hay ayuntamientos que facilitan el cobro de este tributo a sus vecinos mediante la posibilidad de pagar el IBI a plazos.

Si conoces alguna localidad que ofrezca ayudas para pagar este impuesto que no esté incluido en este artículo, puedes contactarnos a contacto@casacochecurro.com para que lo incluyamos.

Y si tu localidad no se encuentra en este listado, y no sabes si ofrecen este tipo de ayudas, te recomendamos que visites la página web de tu ayuntamiento o que directamente contactes por teléfono con este organismo para preguntar si hay alguna convocatoria relacionada con estas ayudas para pagar el IBI.

País Vasco

En el País Vasco hay algunos municipios como Hernani que ofrecen descuentos en el pago del IBI.

Hernani

El Ayuntamiento de Hernani cuenta con un programa de ayudas para cubrir parte de los gastos que los vecinos de la localidad tienen que pagar por el IBI de sus viviendas. En concreto, las ayudas cubren entre el 25 y el 50 % del IBI abonado en el año 2020.

Todas las personas que se ajusten a los requisitos pueden pedir esta subvención hasta el 29 de octubre. Y en el caso de que el solicitante ya hubiera pedido esta ayuda en años anteriores, no es necesario que vuelva a tramitar la solicitud, puesto que el Ayuntamiento revisará si se ajustan a los requisitos para recibir la ayuda. La solicitud de las ayudas para cubrir los gastos del IBI puede realizarse por varias vías:

  • Llamando al teléfono 943 57 54 27
  • Enviando un correo electrónico a la siguiente dirección errenta@hernani.eus
  • O tramitar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento

>> Aquí puedes acceder al modelo de solicitud oficial

Podrán beneficiarse del 50 % de descuento en el IBI las unidades familiares que se ajusten a los siguientes límites:

  • 1 miembro en la unidad familiar el límite es de 8.702,59 euros
  • Si la unidad familiar es de dos miembros, el límite es de 11.175,01 euros
  • Si la unidad familiar es de tres o más miembros, el límite es de 12.361,87 euros

Por otra parte, podrán beneficiarse de un descuento del 25 % en el pago del IBI las familias que se ajusten a los siguientes límites:

  • Las unidades familiares con un miembro que tengan ingresos comprendidos entre los 8.702,59 euros y los 12.486,22 euros
  • Unidades familiares de dos miembros con ingresos comprendidos entre 11.175,01 y 14.977,15 euros
  • Las unidades familiares de tres o más miembros y con ingresos comprendidos entre 12.361,87 euros y 16.045,10 euros.

Asturias

En Asturias también hay localidades que han aprobado ayudas para pagar el IBI. Las convocatorias con plazo abierto son:

Mieres

El Ayuntamiento de Mieres aprueba una convocatoria de ayudas económicas que cubren hasta el 95 % del coste del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). A través de esta iniciativa, la administración pretende ayudar a las personas con escaso nivel de renta y que tengan su residencia habitual en la localidad para que puedan hacer frente a los gastos de mantenimiento de la titularidad de la vivienda. El plazo de la convocatoria para que los solicitantes tramiten la petición de la ayuda va a permanecer abierto hasta el 29 de septiembre de 2021.

Requisitos

Las personas que quieran beneficiarse de estas ayudas relacionadas con los gastos del mantenimiento de la titularidad de la vivienda tienen que ajustarse a los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado legalmente.
  • Tienen que estar empadronadas en el municipio de Mieres, al menos, con un año de antelación a la aprobación de la convocatoria.
  • Los solicitantes tienen que ser propietarios, copropietarios o usufructuarios de una vivienda en el momento de realizar la petición de la ayuda.
  • Ni el solicitante ni el resto de miembros de su unidad familiar pueden ser titulares de otra vivienda en propiedad en cualquier localidad de España que sea distinto de la casa para la que solicita la ayuda.
  • El solicitante debe estar al corriente de las obligaciones tributarias fiscales.
  • La vivienda para la que se solicita la ayuda tiene que ser la residencia habitual.
  • El valor catastral de la vivienda que figure en el recibo del IBI del ejercicio anterior no sea superior a los 75.000 euros.
  • Ajustarse a unos niveles máximos relativos a los ingresos brutos anuales obtenidos por la unidad familiar durante el año anterior a la solicitud:
  1. Las unidades de convivencia en las que solo haya un miembro el nivel máximo de ingresos que puede acreditar es de 145 % el IPREM anual, es decir, 11.448,56 euros brutos al año.
  2. Si la unidad familiar está compuesta por dos miembros, el nivel máximo de renta que pueden acreditar es de 155 % del IPREM, es decir, 12.238,11 euros brutos al año.
  3. Las familias con tres miembros pueden acreditar unos ingresos de hasta el 175 % del IPREM, es decir, 13.817,12 euros al año.
  4. Las unidades familiares compuestas por cuatro miembros pueden tener unos ingresos de hasta el 200 % del IPREM, es decir, de 15.791,12 euros brutos al año.
  5. Las familias de cinco miembros pueden acreditar unos ingresos de hasta el 225 % del IPREM, es decir, de hasta 17.765,01 al año.
  6. Por último, las unidades familiares compuestas por seis miembros o más pueden tener ingresos de hasta el 255 % del IPREM, es decir, 20.133,67 euros brutos al año.

Para calcular los ingresos totales de la unidad familiar, no se tienen en cuenta los que procedan de las siguientes partidas:

  • Prestaciones por dependencia
  • Pensiones de alimentos en favor de los hijos
  • Complementos del salario social básico de los perceptores de pensiones no contributivas

Antes de iniciar los trámites para solicitar esta ayuda, hay que tener en cuenta que su concesión es incompatible con cualquier otra de carácter público o privado que tenga una finalidad similar.

Cuantía

Las ayudas para hacer frente a los gastos asociados al mantenimiento de la titularidad de la vivienda pueden alcanzar, como máximo, el 95 % del IBI que el solicitante haya tenido que abonar el año anterior.

Solicitud

Las personas interesadas en solicitar esta ayuda tienen que presentar el modelo oficial junto con el resto de documentación de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Mieres o en cualquiera de los siguientes organismos:

  • Oficinas de correos
  • En las representaciones diplomáticas o en las oficinas consulares de España en el extranjero
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros

En las cinco últimas páginas de la convocatoria de las ayudas publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) puedes encontrar el modelo oficial de solicitud así como la ficha de acreedores.

Documentación a presentar

Para formalizar la presentación de la solicitud, todas las personas empadronadas en la vivienda mayores de 18 años tienen que adjuntar el modelo oficial de la convocatoria junto con los siguientes documentos:

  • Fotocopia del DNI o NIE.
  • Copia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio del año anterior a la solicitud. En el caso de que alguna de las personas no tuviera la obligación de presentar la declaración, tendrá que aportar la copia del Certificado de Imputaciones de Hacienda.
  • Los trabajadores por cuenta propia tienen que presentar el modelo 130 del IRPF correspondiente al cuarto trimestre del año anterior a la solicitud.
  • Las personas que estén desempleadas tienen que adjuntar una copia de los ingresos que hayan recibido por parte del SEPE durante el año anterior a la solicitud.
  • Copia del certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social que acredite si el solicitante recibe algún tipo de prestación.
  • Si el solicitante está separado o divorciado, tiene que presentar la copia de la sentencia o convenio regulador donde aparezcan detalladas las bases de la titularidad de la vivienda de cada cónyuge.
  • Los solicitantes tienen que presentar el recibo del IBI del ejercicio anterior al año de presentación de la solicitud.
  • Ficha de acreedores.
  • Autorización para que la administración pueda consultar la información relativa básica del solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar.

Tras la presentación y el estudio de las solicitudes por parte de los órganos competentes, los solicitantes tendrán un plazo de 10 días hábiles improrrogables para subsanar cualquier error o aportar documentación adicional requerida. Una vez los organismos dictaminen la resolución concreta de la petición, el interesado conocerá el resultado en un plazo de 15 días.

Madrid

Las ayudas para pagar el IBI en toda la Comunidad de Madrid que permanecen activas y en plazo son:

Navalcarnero

El Ayuntamiento de Navalcarnero convoca ayudas que cubren el 50 % del importe total de este impuesto hasta un máximo de 300 euros por persona.

Requisitos

Para beneficiarse de esta ayuda en el pago del IBI, los solicitantes tienen que ajustarse a los siguientes requisitos:

  • No pueden tener unos ingresos de más de 14.630 euros anuales
  • La persona que solicita la ayuda tiene que ser el propietario de la vivienda
  • Estar empadronado en Navalcarnero, como mínimo, desde antes del 1 de enero de 2021
  • Estar al corriente del pago de todas las obligaciones tributarias

Solicitud

El plazo para pedir estas ayudas en 2021 permanece abierto durante el mes de septiembre, en concreto, el último día para presentar las solicitudes es el 30 de ese mes. Las personas interesadas tienen que tramitar la solicitud mediante dos vías:

  1. De forma presencial, en las oficinas de Registro del Ayuntamiento
  2. Por Internet, de forma telemática a través de la sede electrónica de la web Ayuntamiento

Documentación

Para formalizar la solicitud de las ayudas hay que completar el modelo oficial de solicitud, además de los siguientes documentos:

  • DNI o NIE
  • Copia del Libro de Familia o Certificado de Nacimiento
  • Ficha de terceros
  • Certificado que acredite que el solicitante está al corriente del pago de la Seguridad Social
  • Certificado que acredite que el solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias
  • Justificante de la situación económica de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. Los ingresos pueden justificarse a través de las siguientes vías:
  1. Convenio regulador en caso de divorcio o separación
  2. Fotocopia de la Declaración de la Renta

Castilla-La Mancha

Las ayudas para pagar el IBI en Castilla-La Mancha con plazo abierto son:

Guadalajara

El Ayuntamiento de Guadalajara publica ayudas económicas para pagar el IBI de las viviendas. Se trata de una iniciativa que tiene como objetivo ayudar a personas que se encuentren en situación de emergencia social o riesgo de exclusión y se ajusten a una serie de requisitos.

La cuantía de la ayuda puede cubrir hasta el 100 % del coste del impuesto siempre y cuando la cuantía no sea superior a 400 euros.

Requisitos

Para beneficiarse de las ayudas para pagar el IBI los solicitantes tienen que ajustarse a los siguientes requisitos:

  • El solicitante tiene que ser el titular de la vivienda.
  • Debe estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social.
  • Para beneficiarse de esta ayuda los solicitantes tienen que acreditar un periodo mínimo de empadronamiento en la localidad de Guadalajara de doce meses en el momento de presentación de la solicitud.
  • Ni el solicitante ni ninguno de los miembros de la unidad familiar pueden tener otra vivienda en propiedad.
  • Debe haber realizado el pago del IBI de la vivienda en el periodo voluntario.
  • El nivel de ingresos máximos de la unidad familiar no puede ser superior al 200 % del IPREM en el momento de hacer la solicitud. Este porcentaje puede aumentarse en un 20 % por cada menor de edad dependiente económicamente o por cada discapacitado con un grado igual o superior al 33 %.
  • Los saldos bancarios de los solicitantes a 31 de diciembre de 2020 no puede ser superior a 12.000 euros.
  • La vivienda para la que se solicita la ayuda tiene que ser la residencia habitual del solicitante.

Solicitud

Las solicitudes tienen que presentarse antes del 30 de septiembre de 2021 al alcalde de la localidad. Para ello, los solicitantes tienen que completar el modelo de solicitud oficial en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara de forma presencial.

Además de este modelo 1106, el solicitante tiene que adjuntar la siguiente documentación:



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