No obstante, desde 1994 han aparecido varios productos nuevos que no están incluidos en el ámbito de aplicación de la directiva actual. Se trata de productos afines al aprovechamiento por turno, y de clubes de descuentos vacacionales. Otras transacciones relacionadas con el aprovechamiento por turno pero que no están reguladas por la directiva son la reventa y el intercambio de derechos.
La nueva directiva, acordada por el Parlamento Europeo y el Consejo y que el pleno aprobará la próxima semana, tiene como objetivo promover la confianza del consumidor y la claridad jurídica en este ámbito. Además, refuerza una serie de disposiciones ya armonizadas en la normativa vigente, como el derecho de desistimiento, la elección de la lengua del contrato y la información pre-contractual.
Esta legislación amplía el ámbito de aplicación de las normas actuales a todo tipo de alojamientos. La directiva no se aplicará solamente a los contratos de multipropiedad, sino también a la propiedad a "tiempo compartido" de barcos, caravanas y cruceros, así como a los contratos de larga duración (más de un año) con clubes de vacaciones.
Los Estados miembros, que tendrán dos años para transponer estas normas, se asegurarán de que el consumidor dispone de un periodo de reflexión de 14 días (frente a los 10 que pedía el Consejo en un principio) para retirarse de la multipropiedad o de los productos de vacaciones a largo plazo, ya sea un contrato de venta o reventa o se trate de un cambio de titularidad. El vendedor tendrá que informar al consumidor de este derecho.
Todo pago del precio fijado en un contrato de larga duración (en un club, por ejemplo) se hará de acuerdo a un calendario establecido en la nueva directiva. Los plazos serán anuales y las cantidades iguales.
El compromiso invita a los fabricantes y comerciantes a elaborar códigos de conducta para facilitar la aplicación de esta normativa. Además, los Estados miembros fomentarán el desarrollo de procedimientos adecuados y efectivos de reclamación y recurso para la solución extrajudicial de litigios.
Estadísticas
Según la Comisión Europea, en la UE existen en la actualidad unos 1.500 complejos de tiempo compartido, que generan anualmente 85.000 alojamientos en este régimen. El número de alojamientos crece en la UE en torno a un 2% anual, según estimaciones de 2005. Esta actividad produce un rendimiento económico total de 10.500 millones de euros, de ellos, 4.200 millones solamente en España. Además, genera 200.000 empleos en toda la Unión Europea.
Las cinco primeras destinaciones son España, Italia, Portugal, Reino Unido y Francia, que en total poseen el 75,3% de los centros de vacaciones en Europa. España abarca el 35,3% de este tipo de alojamientos, de los que más de un tercio están situados en las islas Canarias.
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