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Las nuevas viviendas no tendrán problemas de ruidos externos

Las nuevas viviendas no tendrán problemas de ruidos externos
NOTICIA de Javi Navarro
20.10.2007 - 18:04h    Actualizado 31.03.2023 - 08:14h

Los edificios nuevos, tanto los destinados a viviendas, como los de uso sanitario, docente, administrativo o sociocultural, tendrán que emplear nuevas técnicas de construcción y materiales para lograr edificios sin contaminación acústica. Su aplicación, por tanto, pondrá fin a las molestias por ruidos generados tanto en el exterior como en el interior de las viviendas que actualmente padecen casi un tercio de los hogares españoles.

El Consejo de Ministros (octubre 2007) ha aprobado la nueva normativa de protección frente al ruido, por lo que se completa el Código Técnico de la Edificación aprobado por el Ministerio de Vivienda en marzo de 2006. La norma se aplicará a los edificios nuevosy se podrá verificar el cumplimiento de las nuevas exigencias mediante mediciones en obra terminada. De esta forma se evitarán molestias acústicas, causantes de patologías como el trastorno del sueño, pérdida de atención y rendimiento, cambios de conducta, etc. y que pueden llegar incluso a causar riesgos para la salud y problemas de estrés.

Novedades del Documento Básico Protección frente al ruido

El principal objetivo de la nueva normativa es solucionar las carencias de la legislación actual vigente en cuanto a las condiciones acústicas de la edificación para reducir los riesgos y molestias provocados por el ruido a sus usarios. Las principales medidas del Documento Básico de Protección frente al ruido son:

§ Mejora de los niveles de aislamiento incrementando las exigencias hasta en más de tres veces, equiparándonos al resto de países de nuestro comunitario. Así, se aumentan los niveles de aislamiento a ruido aéreo (música, gritos, voces…) y a ruido de impacto (golpes, taconeos…) exigidos entre recintos pasando de 45 decibelios en laboratorio a 50 decibelios efectivos, es decir, en comportamiento real.

§ Verificación del cumplimiento de las exigencias de aislamiento mediante parámetros verificables en una medición in situ.

§ Las exigencias afectarán a todos los elementos constructivos que conforman un recinto (tabiques, forjados, cubiertas y fachadas) y no sólo al elemento de separación entre los recintos como venía siendo hasta ahora.

§ Se regula el eco y las malas condiciones acústicas, cuantificando el tiempo de reverberación en recintos como aulas, comedores, restaurantes y salas de conferencias.

§ Se introducen nuevas reglas constructivas para disminuir el ruido de las instalaciones de fontanería y saneamiento (bajantes, ascensores, etc.) y métodos y prácticas para minimizar la transmisión de ruido y vibraciones provocadas por las instalaciones.

Innovación en materiales y sistemas constructivos

Además, con la puesta en marcha de este documento se impulsarán nuevas investigaciones que desarrollarán diversos y mejores materiales y sistemas de aislamiento acústico que proporcionarán protección frente al ruido a los ocupantes de los edificios sin deteriorar el ambiente acústico del entorno. Se fomenta por tanto, la innovación y el desarrollo tecnológico tanto en los procedimientos de edificación como en los materiales de construcción aplicables a soluciones constructivas acústicas.

Motivos para la revisión de la normativa actual

Con la aprobación de estas nuevas exigencias el Gobierno realiza una gran reforma en materia de edificación sobre contaminación acústica situando a España entre los países más innovadores en materia de edificación. Los principales motivos para la revisión de la normativa actual son:

§ La necesidad de adaptación a la nueva reglamentación europea (Directiva de Productos de Construcción) y a otras leyes estatales (Ley del Ruido o la Ley de Ordenación de la Edificación).

§ La nueva normativa surge como respuesta a la mayor concienciación social con los problemas del ruido y a la demanda ciudadana de mayor confort acústico de las viviendas. (Según el censo de población y viviendas del INE -2001-, más de 13 millones de españoles tienen problemas de ruidos en su vivienda).

§ En este sentido, la normativa actual vigente sólo contempla el aislamiento acústico, dejando otros aspectos sin regular como el aislamiento de la fachada en función del ruido exterior, el ruido reverberante en determinados locales, o la posibilidad de verificación de los niveles de ruido con medidas in situ.

§ Además, la anterior normativa no permitía la comprobación de sus exigencias mediante mediciones efectivas, puesto que el análisis del aislamiento de los elementos constructivos en proyecto (como venía siendo hasta ahora) no refleja el comportamiento y el aislamiento real de las soluciones constructivas. Ahora, con la aplicación de este documento básico se podrán realizar en los edificios mediciones que comprueben el cumplimiento de las nuevas exigencias.

Relación entre el Documento Básico de Protección y la Ley del Ruido

El desarrollo reglamentario de la Ley del Ruido tiene importantes repercusiones en este documento básico, puesto que en aquélla se establecen objetivos de calidad acústica, a través de los índices de inmisión de ruido y vibraciones, que deben cumplirse incluso en el interior de los edificios y a los que hemos tenido que dar respuesta en nuestro documento, con las exigencias de aislamiento acústico de las fachadas de los edificios. Para ello, ambos departamentos, Ministerio de Vivienda y Ministerio de Medio Ambiente, han estado colaborando estrechamente y coordinando sus documentos desde el inicio de la redacción de los mismos.

Entrada en vigor del Documento Básico de Protección frente al ruido

El Documento Básico entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. No obstante, para permitir la adaptación al mismo del sector de la edificación, se establece un periodo de aplicación voluntaria de doce meses durante los cuales podrá aplicarse, si se prefiere, la Norma Básica de la Edificación NBE CA-88, sobre Condiciones acústicas en los edificios, actualmente vigente.

Coste estimado

Se estima que la entrada en vigor del Documento Básico de Protección frente al ruido supondrá tan sólo un incremento medio del coste de construcción de entre un 0,33 y un 0,75 %.

El Código Técnico de la Edificación

El Código Técnico de la Edificación entró en vigor el 29 de septiembre de 2006 siendo entonces de obligado cumplimiento los Documentos Básicos correspondientes a Seguridad en caso de Incendio, Seguridad de Utilización y Ahorro de Energía. Posteriormente, el 29 de marzo se sumaron a la normativa el Documento de Seguridad Estructural, donde se establecen cuestiones relacionadas con las bases de cálculo, la edificación, los cimientos y las estructuras de acero, y el Documento de Salubridad, donde se regulan aspectos como la protección frente a la humedad, la recogida y evacuación de residuos o la calidad del aire interior.

Aislar una vivienda del ruido aumentará el precio entre un 0,3 % y un 0,6 %

La nueva normativa contra el ruido en los hogares, que triplicará las exigencias de aislamiento acústico de los hogares, supondrá un incremento medio del precio de entre el 0,3 % y el 0,6 % considerando el precio medio de la vivienda en España de 1.958,1 €/m2, aunque el coste de los materiales de construcción no define directamente el precio final de la vivienda. La aplicación del Documento Básico costará como media 9,56 euros/m2, según un estudio de la Asociación Española contra la Contaminación Acústica (AECOR) realizado para el Ministerio de Vivienda.

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden ministerial que actualiza el Código Técnico de la Edificación, y en particular el nuevo Documento Básico de Protección frente al Ruido, de aplicación obligatoria a partir de mañana, 24 de abril, y que supone la entrada en vigor plena del CTE.

La incorporación de nuevas tecnologías y materiales de construcción y, sobre todo, de nuevos métodos constructivos desde la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación en 2006 permite conseguir mayores niveles de aislamiento con un sobre coste mínimo.

El impacto económico de la nueva normativa depende, no obstante, de distintas variables entre las que destacan la tipología de la vivienda y la zona geográfica en la que se encuentre.

El estudio, para el que se ha contado con la colaboración, entre otras, de promotoras, ingenierías acústicas, fabricantes de materiales y empresas constructoras que han suministrado los precios de las soluciones constructivas, distingue cinco tipologías de viviendas y seis zonas geográficas determinadas por la similitud de sus respectivos precios de origen. Asimismo, se ha tenido en cuenta la distribución porcentual de viviendas por tipologías y zonas geográficas.

Según el tipo de vivienda, el menor incremento se registra en las unifamiliares. Así, el coste medio de la nueva normativa en el chalet pareado es de 5,75 €/m2 y, en el adosado, de 8,56 €/m2. En las viviendas en bloque, el Documento Básico tiene un efecto de 10,07 €/m2 para las de dos dormitorios, de 11 €/m2 para las de tres, y de 12,42 €/m2 para las de un dormitorio, en las que el ratio tabiquería medianera/superficie construida es mayor.

Por zonas geográficas, el coste mínimo corresponde a la denominada zona Sur, que incluye a Extremadura, Andalucía y Canarias (entre 10,78 y 4,94 €/m2); seguida de la Noroeste, con Galicia y Asturias (entre 11,45 y 5,25 €/m2); Norte, con Cantabria, País Vasco, Navarra y La Rioja; y la zona Levante, con Comunidad Valenciana y Murcia (en ambas zonas, el efecto oscila entre 12,12 y 5,56 €/m2); y por último, Noreste (Cataluña, Aragón e Illes Balears); y Centro (Madrid, Castilla-La Mancha y Castilla y León) con una horquilla de precios de entre 13,47 y 6,17 €/m2.

Nuevos niveles máximos de ruido

El texto reglamentario, que sustituye a la normativa de 1988, reducirá el ruido de los hogares. En el aéreo, que es el que supone oír, por ejemplo, las voces del piso contiguo, se aumenta la exigencia de aislamiento de 42 a 50 decibelios. En relación con los impactos se reduce el ruido percibido entre viviendas de 88 a 65 dB.

La nueva normativa introduce dos cambios fundamentales. El nivel de ruido no se medirá, de ahora en adelante, en laboratorio sino in situ, en la propia vivienda; y las exigencias de insonorización frente al ruido exterior dependerán de la zona en la que se ubique la casa para garantizar los mismos niveles de silencio a todos los ciudadanos.



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