36.892 € de indemnización por romperse el codo en un tobogán durante las fiestas del pueblo

36.892 € de indemnización por romperse el codo en un tobogán durante las fiestas del pueblo
Foto del periodista Javi Navarro
NOTICIA de Javi Navarro

Un vecino de Almudévar (Huesca) será indemnizado con 36.892,95 euros tras sufrir una fractura de codo mientras participaba en una carrera de obstáculos organizada durante las fiestas patronales de 2016. Así lo ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJAR), que condena al Ayuntamiento por no haber garantizado las condiciones mínimas de seguridad en el evento.

El accidente: disfrazado con una maceta, rebotó en un hinchable y cayó al asfalto

El afectado —nacido en 1969 y con 47 años de edad cuando se produjeron los hechos—, participaba en una yincana para mayores de 16 años en la que los corredores debían atravesar una instalación hinchable disfrazados con una especie de macetero de plástico que les cubría el tronco.

La estructura consistía en un tobogán de uso infantil, de dos metros de altura, al que se accedía por un lateral, pasando agachado por un arco superior. Desde allí se descendía por un talud inclinado que terminaba en una colchoneta hinchable.

Al lanzarse, el hombre rebotó con fuerza en la superficie hinchable y salió proyectado hasta caer sobre el asfalto, fracturándose el olecranon del codo izquierdo. Según testigos presenciales, otro adulto ya había tenido un percance similar momentos antes.

El tribunal ve “riesgo excesivo” por la falta de medidas

La Sala de lo Contencioso del TSJ destaca que el hinchable estaba claramente diseñado para niños y que no se adoptaron medidas exigidas por la normativa de seguridad UNE-EN 1460 y EN 1177, como revestimientos perimetrales para amortiguar impactos.

Además, subraya que los participantes no llevaban ninguna protección adicional (coderas, rodilleras, cascos), a pesar de ir disfrazados con un objeto que limitaba su movilidad.

“Es apreciable a la vista de cualquiera que el peso de una persona adulta y la maceta que les servía de disfraz hace que la carrera se tornara en exceso peligrosa”, concluyen los magistrados.

Una responsabilidad compartida: la víctima asumió parte del riesgo

Aunque el tribunal considera que el accidente fue consecuencia directa de una organización negligente, también aprecia cierta “impericia” del participante al no haber evitado la caída, pese a haber visto a otro vecino accidentarse previamente. Por ello, fija la responsabilidad del Ayuntamiento en un 50 % del daño, reduciendo la indemnización desde los 73.785,90 € reclamados inicialmente hasta los 36.892,95 € reconocidos en sentencia.

La sentencia: un aviso sobre los festejos populares

El TSJ recuerda que los Ayuntamientos no pueden delegar su deber de seguridad en terceros, aunque subcontraten actividades para las fiestas. La sentencia se alinea con jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exige a las corporaciones locales extremar las precauciones cuando se organizan eventos en los que puede haber riesgo físico para los participantes o el público.

¿Se puede reclamar por accidentes similares en fiestas?

Sí. Siempre que se demuestre que hubo negligencia en la organización o falta de medidas de seguridad, los afectados pueden pedir indemnización a la administración responsable, tal y como recoge la resolución del TSJAR.