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Abono social telefónico o cómo ahorrar un 95 % en la tarifa del teléfono fijo si eres jubilado

Abono social telefónico o cómo ahorrar un 95% en la tarifa del teléfono fijo si eres jubilado
NOTICIA de Jessica Pascual
03.07.2021 - 17:54h    Actualizado 22.02.2024 - 12:23h

El Abono social telefónico permite a los jubilados y pensionistas disfrutar de un 95 % de ahorro en su tarifa de teléfono fijo. El servicio, que en España lo ofrece Movistar y está promovido por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, permite a este colectivo beneficiarse de la contratación de una línea fija de teléfono para hacer llamadas a un precio más económico.

Este ahorro en la tarifa del teléfono fijo se suma a la lista de ventajas que ofrece la tarjeta de pensionista y con la que se ofrecen grandes descuentos. Además del abono social telefónico, puedes consultar otras promociones, como la oferta de tarifa social de teléfono por 10 euros desde la información enlazada.

Descuentos del Abono Social

El Abono social telefónico está recogido en la Carta de Derechos de los Usuarios del Servicio Universal de Telecomunicaciones, publicada en el Boletín Oficial del Estado, y tiene como objetivo garantizar el acceso de todos los ciudadanos a una línea de teléfono fijo a un precio asequible.

A través de esta tarifa los jubilados y pensionistas pueden disfrutar de un descuento de hasta el 70 % en el coste del alta de una línea telefónica fija y de hasta un 95 % en la tarifa del teléfono contratada. Pero los descuentos son sólo para las llamadas desde un teléfono fijo, puesto que se trata de un servicio que no ofrece la posibilidad de contratar Internet, sino que sólo permite la contratación de una línea de teléfono fija.

Requisitos

Las personas interesadas en solicitar este abono social tienen que cumplir una serie de requisitos:

  • Los ingresos familiares no pueden superar el 120 % del IPREM, es decir, 9.023,50 euros al año.
  • El domicilio en el que se instale y contrate la nueva tarifa debe coincidir con el domicilio en el que está empadronado el titular.
  • El solicitante tiene que cobrar una pensión pública o una privada, siempre que pueda acreditarlo.

Para beneficiarse de este abono el solicitante no puede estar disfrutando de otro abono de esta categoría. Y tampoco pueden solicitar este servicio los jubilados que estén incluidos en algún paquete con otras líneas como con Movistar Fusión.

Solicitud

Todos los jubilados y pensionistas que quieran solicitar el abono social telefónico tienen que hacerlo por las siguientes vías:

  • A través del envío de un fax al número 901503700
  • A través de una carta por correo postal al apartado de correos 423, con el código postal 48080, en Bilbao
  • Por correo electrónico enviando un mensaje a la siguiente dirección abonosocial@telefonica.com

Documentación

Para solicitar el abono social hay que presentar la siguiente documentación:

  • Nombre y apellidos del titular.
  • DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o cualquier otro documento oficial que pueda acreditar la edad de las personas empadronadas en el domicilio.
  • Número de teléfono para el que solicita el abono social.
  • Volante de empadronamiento.
  • Fotocopias del Libro de Familia.
  • Certificado de IRPF de las personas empadronadas en el domicilio del solicitante. Este documento puede presentarse a través de dos impresos:
  1. Si el titular ha hecho la declaración, tiene que presentar una copia de la declaración de la Renta.
  2. Si no la hace, copia del certificado de imputaciones de IRPF.
  • Acreditar los ingresos recibidos del año en curso, tanto del titular, como de las personas de su unidad de convivencia que estén empadronadas en el domicilio.
  • Si el solicitante es pensionista mayor de 65 años, pero la pensión no es de jubilación, debe adjuntar también el informe de vida laboral. Y además:
  1. Sí está en activo, la última nómina o acreditación de ingresos.
  2. Si no está en activo, el certificado del SEPE de la prestación que perciba.
  • Si el solicitante no es pensionista y tiene más de 65 años, debe adjuntar el certificado de la Seguridad Social que acredite que no recibe pensión.
  • Si es menor de 65 años debe acreditar el informe de vida laboral además de la última nómina si está en activo o el certificado el SEPE en caso de no estarlo.