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Así es el fraude del regalo del carro de la compra de 1.000 euros si llamas a un teléfono con prefijo 807

Así es el fraude del regalo del carro de la compra de 1.000 euros si llamas a un teléfono con prefijo 807
NOTICIA de Javi Navarro
08.07.2014 - 19:47h    Actualizado 29.05.2023 - 09:59h

Si recibes un SMS anunciándote la posibilidad de ganar un carro de la compra por valor de mil de euros, desconfía, porque en realidad estás ante uno de los mensajes que han hecho saltar todas las alarmas. Ello es debido a que el regalo se convierte en fraude desde el mismo momento en que te invita a llamar a un número de teléfono 807 (tarificación adicional). Una llamada que se puede traducir en un buen susto en la siguiente factura del teléfono. La federación de asociaciones de consumidores Facua no ha tardado en alertar a los usuarios. Pero, ¿en qué consiste este fraude?, ¿cómo evitar el engaño?

Como regalo no estaría nada mal: un carro de la compra valorado en mil euros. Pero cuidado, porque en realidad es un gancho para que los usuarios uno de los SMS enviados llamen a un número de pago 807 de tarificación especial.

Los SMS están siendo enviados desde un número de teléfono que, en principio, no genera desconfianza (677 10 28 78). Sin embargo, este número no está operativo y, si llamamos, solo recibiremos la respuesta del contestador.

El mensaje que están recibiendo los usuarios dice textualmente: ¡Enhorabuena! Su número (número del usuario) ha sido elegido para un carro de la compra valorado en mil euros. Completamente gratis. Para ello, continúa el mensaje, solo tiene que llamar al número 807 50 56 37. Sin embargo, no hay ni carro de la compra ni premio, pero sí una llamada a un número con coste adicional.

Tal y como informan desde Facua, cuando el usuario llama a este número de teléfono se encontrará con que esta pertenece a una persona que responde al nombre de Antonio Carlos Méndez de Mello, aunque la única información o dato adicional es un aparto de correos ubicado en Madrid. Una operadora se encarga de recabar una serie de datos del usuario, a través de unas preguntas que, en realidad, su único objetivo es mantener la comunicación durante el máximo tiempo posible.

Tal y como señala la secretaria de Estado de Telecomunicaciones para la Sociedad de la Información (SETSI), los números con prefijos 807, 806 y 803 tienen un coste adicional. A la hora de facturas estas llamadas, no solo se tiene en cuenta el tiempo de duración, sino también la cuarta cifra, o la primera después del prefijo. Si esta es superior a 5, el coste de llamar a este número será de 1,21 euros/minuto llamando desde un teléfono fijo, y de 1,51 euros si se llama desde un teléfono móvil. En estos casos, cuando se realiza una llamada a números con estos prefijos, antes de continuar, el usuario debe ser debidamente informado del coste de la llamada, así como del tipo de servicio y nombre del proveedor. Tanto la Secretaría de Estado como la Agencia Española de Consumo ya han recibido denuncias por lo que se considera un fraude de publicidad engañosa. De igual manera, la Agencia Española de Protección de Datos considera que esta publicidad vulnera la normativa al no haber sido solicitada por el usuario.

Fraude a través de SMS
Desde Facua existe una especial preocupación por este tipo de fraudes cometidos a través del envío masivo de mensajes. Para concienciar e informar a los usuarios han creado un hashtag (#fraudeSMS). De hecho, este mismo año han sido denunciadas cuatro empresas por un fraude de mensajes en los que se hacen pasar por conocidos que quieren contactar con los receptores de los SMS a través de Facebook o de WhatsApp. Otro tipo de fraude son los falsos mensajes en el buzón de voz.

¿Cómo actuar?
Si hemos realizado una llamada a un número con prefijo 807, tal y como recomienda Facua, lo más aconsejable es informar a la compañía telefónica y solicitar que el coste de la llamada no se cargue a nuestra factura. De igual manera, hay que presentar una denuncia en la oficina de Consumo y en la de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria. Tal y como recoge el artículo cinco de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, se considera desleal y engañosa toda aquella conducta que contenga información falsa o poco veraz, tanto en su contenido como presentación y que pueda inducir a error de los usuarios, siendo además susceptible de alterar su comportamiento económico.

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