Así puedes darte de baja en Cl@ve

Darse de baja en cl@ve
NOTICIA de Jessica Pascual
04.05.2024 - 11:01h    Actualizado 04.05.2024 - 11:01h

Renunciar al sistema de firma digital Cl@ve es una gestión fácil y rápida que puede hacerse tanto desde el teléfono móvil, como en un ordenador. La baja en este tipo de firma es una opción para que, si por ejemplo, te han hecho la Renta, el gestor o cualquier otra persona que te haya ayudado, no tenga acceso a tu sistema de firma digital. Porque con este trámite es posible inutilizar la Cl@ve PIN de forma permanente y, garantizar así la privacidad de los datos. En el caso de necesitar una nueva firma, solamente hay que iniciar el proceso de nuevo para registrarte en Cl@ve y obtener una nueva firma.

Cómo renunciar a Cl@ve

Lo primero a tener en cuenta es que es posible darse de baja y eliminar esta firma digital en cualquier momento. Es un proceso rápido que permite dar de baja este método de identificación y garantizar la protección y privacidad de los datos personales. Los usuarios pueden darse de baja en este sistema de identificación a través de dos vías:

  • Por un lado, de forma presencial, en una oficina de Registro.
  • Por otro, a través de un certificado digital o con un DNI electrónico.

Pero antes de realizar el proceso, es importante tener en cuenta, tal y como explican desde la AEAT, que tras formalizar la renuncia por cualquiera de las vías disponibles, el usuario solamente puede registrarse de nuevo en este sistema mediante certificado electrónico o de manera presencial.

Darse de baja en Cl@ve por internet

El proceso para darse de baja por internet de Cl@ve, a través del certificado digital o con DNI electrónico, es el siguiente:

  • Lo primero que hay que hacer es acceder a la sección específica de la sede electrónica de Hacienda para hacer gestiones con Cl@ve. Una vez aquí, pulsar en el botón que dice ‘Renunciar a Cl@ve‘.

Registro en clave

  • A continuación se abre una nueva pantalla en la que el usuario debe indicar su número de DNI o NIE. Y, en función del tipo de documento indicado, completar el proceso aportando datos adicionales asociados a cada uno de estos documentos.
  • En el caso del DNI, hay que indicar la fecha de validez del documento o la fecha de expedición del DNI. Este último dato es el que hay que indicar en el caso del DNI permanente, que es el documento que no tiene fecha de validez. Por otra parte, en el caso de indicar un NIE, el sistema solicita el número de soporte del documento.
  • Lo siguiente que hay que hacer, previa identificación de estos datos, es indicar el tipo de firma digital o certificado que quieres usar para darte de baja. Ya sea un certificado digital, como un DNI electrónico.

Seleccion certificados

  • Una vez seleccionado, se muestran los datos asociados a este servicio en Cl@ve, en concreto, el número de teléfono móvil y correo electrónico, el nombre y los apellidos del titular y su número de DNI.

Datos en clave

  • Una vez indicados estos datos, aparece una pantalla informativa en la que el usuario tiene que aceptar los términos y condiciones de la renuncia a este sistema y pulsar el botón que dice ‘Aceptar’ o ‘Enviar’.
  • Tras formalizar la renuncia, aparecen nuevamente los datos del usuario y un botón que da acceso a un documento PDF que permite descargar el justificante de la renuncia.

Justificante renuncia

Puedes iniciar el proceso para renunciar Cl@ve por internet desde la web de Hacienda.

Darse de baja por la aplicación de Cl@ve

Además de en la sede electrónica de Hacienda, los usuarios pueden formalizar la baja en Cl@ve a través de la aplicación de la firma digital. El proceso para presentar la renuncia es el siguiente:

  • En la pantalla principal de la aplicación hay que acceder al menú y pulsar en la categoría que dice ‘Gestiones’ que se encuentra en la parte inferior de la pantalla.

Gestiones de renuncia

  • A continuación, pulsar en el botón que dice ‘Mis datos en Cl@ve’ y, en la nueva pantalla que se abre, localizar la sección ‘Renunciar a Cl@ve’.
  • Para formalizar el proceso por esta vía no es necesario contar con certificado digital o DNI electrónico, pero sí indicar el factor de desbloqueo del teléfono, ya sea una huella digital, un patrón o el número PIN del móvil.

Renunciar en clave

Hecho esto, hay que aceptar las condiciones para renunciar. Después, aparece un aviso de confirmación asociado a un código CSV y un botón para ver el documento justificante de la renuncia.

Darse de baja en Cl@ve de forma presencial

Otra opción es formalizar la renuncia, de manera presencial, en las Oficinas de Registro. Para ello, el usuario debe pedir una cita a estas entidades y proceder con la petición de formalizar la baja el día asignado. Los trabajadores públicos realizarán el proceso en ese mismo instante.

Desde la página oficial que gestiona este sistema de firma digital detallan que tienen consideración de Oficina de Registro toda la red de oficinas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.



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