La guía más completa para hacer la Renta 2025 sin errores y con todas las deducciones posibles

La guía más completa para hacer la Renta 2025 sin errores y con todas las deducciones posibles
Foto del periodista Javi Navarro
NOTICIA de Javi Navarro

Ni confirmes ni pagues sin revisar que tu borrador esté incompleto o se te olvide añadir algo que puedas deducir. Para ello consulta nuestra guía definitiva para exprimir la Renta 2025. Y es que la campaña de la Renta 2025 ya ha arrancado y llega con cambios, avisos de Hacienda y un amplio catálogo de deducciones que pueden marcar la diferencia entre pagar más de la cuenta o ajustar al máximo la declaración. Para elaborar esta guía súper completa hemos reunido las claves aportadas por GESTHA —el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda—, los expertos de Banco Mediolanum y Antonio Gallardo, experto de Banqmi, además de las advertencias sobre fiscalidad de la inversión trasladadas por XTB y TaxDown.

La idea es clara: repasar qué no debes hacer, qué conviene revisar antes de confirmar el borrador y qué conceptos sí puedes incluir para exprimir al máximo la declaración de la renta.

Fechas clave de la campaña de la Renta 2025 que no debes perder de vista

Desde el 18 de marzo ya se puede acceder a los datos fiscales. El plazo para presentar la declaración por internet se abrió el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio.

Además, la Agencia Tributaria mantiene varias vías de ayuda para confeccionar y presentar la declaración:

  • Presentación por internet: del 8 de abril al 30 de junio.
  • Ayuda telefónica de la AEAT: del 6 de mayo al 30 de junio.
  • Solicitud de cita para atención telefónica: del 29 de abril al 29 de junio.
  • Atención presencial en oficinas de la AEAT: del 1 al 30 de junio.
  • Solicitud de cita presencial: del 29 de mayo al 29 de junio.
  • Domiciliación del pago en declaraciones a ingresar: hasta el 25 de junio.
  • Pago directo si el resultado es a ingresar: hasta el 30 de junio.

El gran error de esta campaña: confirmar el borrador sin revisarlo

Una de las grandes novedades de este año es la llamada “Renta Directa”, que permite presentar la declaración sin modificar el borrador en aquellos casos en los que el contribuyente no tenga nada que añadir ni corregir.

Pero aquí está, precisamente, uno de los mayores riesgos. Desde Banco Mediolanum lanzan una advertencia muy clara: “En cualquier caso es importante revisar que el borrador de la Agencia Tributaria se ajusta a la realidad económica. Ya que, en caso de discrepancias, Hacienda puede reclamar cuotas adicionales y, en última instancia, como contribuyentes, somos los responsables de la declaración presentada”.

La recomendación se repite en las tres fuentes: no des por bueno el borrador solo porque lo haya preparado Hacienda. Puede haber datos incompletos, inmuebles mal reflejados, ayudas sin incorporar, deducciones autonómicas sin aplicar o errores en alquileres, inversiones y circunstancias familiares.

Quién está obligado a presentar la declaración y qué ha cambiado

GESTHA recuerda que en esta campaña de la Renta 2025 siguen vigentes los límites de obligación de declarar para trabajadores que ingresen menos de 15.876 euros, con independencia del número de pagadores, o de 22.000 euros anuales si no han recibido más de 1.500 euros del conjunto de otros pagadores.

Los Técnicos de Hacienda aclaran que no hay que confundirse con el anuncio del Gobierno de elevar a 2.500 euros la cuantía total procedente del segundo y restantes pagadores para 2025, porque esa y otras medidas fueron derogadas. Por eso, en la campaña actual se mantienen los límites vigentes, salvo la excepción de los contribuyentes fallecidos entre el 1 y el 22 de enero de 2025.

Parados, desempleo e ingreso mínimo vital

En este punto también había dudas y GESTHA zanja la cuestión. Las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo no tienen obligación de presentar la declaración del IRPF si no superan los límites anteriores.

Además, los técnicos precisan que este año no se exige presentar la declaración como requisito para percibir las prestaciones por desempleo y que, de forma definitiva para futuras campañas, esa obligación se suprime para las personas desempleadas desde el 1 de enero de 2026.

Eso sí, en el caso del ingreso mínimo vital, se mantiene la obligación de declarar para todos los miembros de la unidad de convivencia, incluidos los menores, que deberán presentar declaración individual o conjunta con sus progenitores.

La nueva autoliquidación rectificativa y otro cambio útil si no estabas obligado a declarar

GESTHA recuerda que en la campaña de Renta 2024 se introdujo un sistema único para corregir autoliquidaciones, en sustitución del antiguo sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación.

Este año ese sistema se mejora con una novedad práctica: se incluye una casilla para pedir que la autoliquidación de 2025 ya presentada se tenga por no presentada si en realidad no estabas obligado a declarar.

Planes de pensiones: la disposición anticipada que ya se puede aplicar

Desde el 1 de enero de 2025 se puede disponer anticipadamente de los derechos consolidados de planes de pensiones y sistemas análogos correspondientes a aportaciones realizadas con al menos diez años de antigüedad.

Subida de impuestos para las rentas del ahorro más elevadas

Otra novedad destacada es la modificación de la escala aplicable a la base liquidable del ahorro. Desde 2025, las bases liquidables superiores a 300.000 euros tributan a un tipo marginal del 30%, frente al 28% anterior.

Mutualistas: cómo pedir la devolución del IRPF si todavía no la has solicitado

GESTHA recuerda que desde el 2 de abril de 2025 puede solicitarse la devolución del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos mediante un nuevo formulario disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Esta nueva vía dejó sin efecto las solicitudes anteriores —ya fueran vía autoliquidación, rectificación o formulario— si la devolución no se había acordado antes del 22 de diciembre de 2024, aunque esas solicitudes sí interrumpieron la prescripción.

En esta campaña aparece, además, un aviso informativo para quienes todavía no la han pedido. Tras ratificar el domicilio fiscal y acceder a los datos fiscales y al servicio de tramitación del borrador, se activa una pantalla con enlace al nuevo formulario.

GESTHA añade que en el borrador del IRPF la reducción fiscal se aplica automáticamente, como ya ocurrió en 2024, a quienes cotizaron en mutualidades laborales o sustitutorias de la Seguridad Social y tengan en sus datos fiscales el concepto “Ajuste por Mutualidades – DT2 LIRPF”.

Qué no debes hacer si quieres exprimir de verdad la declaración

El primer consejo que recorre toda esta guía es no presentar con prisas. GESTHA avisa de que la mayoría de los ciudadanos confirma precipitadamente el borrador tras descargarlo en Renta Web. Por eso recomienda revisar el índice del Manual práctico de Renta para incluir rentas de alquileres, ayudas públicas, reducciones y deducciones, especialmente las autonómicas.

Desde Banco Mediolanum insisten en la misma idea: “Debe asegurarse de que incluye todos los rendimientos del ejercicio, tanto nacionales como extranjeros, y revisar cualquier discrepancia entre la información que consta en los datos fiscales y la que finalmente se va a declarar. La Agencia Tributaria podría revisar estas discrepancias y debemos estar en disposición de argumentarlas”.

Y añaden un aviso concreto sobre alquileres: “Entre los errores más comunes en los ingresos de alquileres es no deducir algunos gastos como determinados seguros (como el de impagos), el IBI o gastos en pequeñas reparaciones. Otro error muy común es la clasificación entre gastos de conservación y reparación deducibles frente a inversiones en el inmueble que aumentan su valor de adquisición, o la aplicación de la nueva escala de reducciones en función de la zona y perfil del inquilino”.

La nueva deducción ligada al salario mínimo interprofesional

Entre las novedades, GESTHA destaca una nueva deducción desde el 1 de enero de 2025 para que no tributen los perceptores del nuevo salario mínimo interprofesional, que asciende a 16.576 euros anuales, y para reducir el gravamen de quienes cobren entre esa cifra y 18.276 euros anuales.

La deducción puede llegar a 340 euros anuales, siempre que no existan otras rentas —salvo exentas— distintas de las salariales por encima de 6.500 euros.

GESTHA precisa que el límite es que esta deducción no supere la parte proporcional de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica correspondiente a los rendimientos netos del trabajo derivados de la prestación efectiva de servicios.

Los Técnicos de Hacienda añaden que han pedido ampliar esta deducción a pensionistas y desempleados, al entender que no debería limitarse solo a trabajadores en activo con ingresos hasta el nuevo SMI.

Deducciones por eficiencia energética: las tres siguen vivas y pueden suponer un gran ahorro

Esta es una de las áreas más destacadas tanto por GESTHA como por Banqmi. Antonio Gallardo, experto del comparador financiero, subraya que estas deducciones siguen siendo una de las grandes vías de ahorro fiscal.

Según la información recogida, para 2025 se mantienen los tres niveles de deducción del 20%, 40% y 60% por obras que mejoren el comportamiento energético de la vivienda o del edificio residencial.

GESTHA recuerda que hubo un auténtico vaivén normativo. En un primer momento solo se mantenía una de las tres modalidades, la de rehabilitación energética de edificios residenciales. Después, el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, que ampliaba un año la aplicación de estas deducciones, fue rechazado en el Congreso. Más tarde, el Real Decreto-ley 16/2025, también de 23 de diciembre, retrotrajo las deducciones al 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026. Aunque también fue rechazado, como estuvo en vigor el 31 de diciembre de 2025, las otras dos deducciones resultan de aplicación en el periodo impositivo 2025.

1. Deducción del 20% por reducir la demanda de calefacción y refrigeración

Se aplica, por ejemplo, a obras como la sustitución de ventanas por otras con doble acristalamiento o el cambio de una caldera por otra de biomasa, siempre que se reduzca en un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración.

  • Base máxima anual: 5.000 euros.
  • Porcentaje de deducción: 20%.
  • Momento de aplicación: en el periodo en que se expida el certificado de eficiencia energética tras las obras.

2. Deducción del 40% por reducir el consumo de energía primaria no renovable

Incluye actuaciones como la instalación de paneles aislantes en paredes, aislamiento térmico en falsos techos o sistemas de calefacción y aire acondicionado por aerotermia.

Es necesario lograr una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda para obtener una clase A o B.

  • Base máxima anual: 7.500 euros.
  • Porcentaje de deducción: 40%.
  • Momento de aplicación: en el periodo en que se expida el certificado energético tras las obras.

3. Deducción del 60% por rehabilitación energética de edificios residenciales

Se aplica a obras destinadas a mejorar la eficiencia energética del edificio donde se ubica la vivienda.

  • Base máxima anual por declaración: 5.000 euros.
  • Exceso deducible: hasta 15.000 euros en los cuatro ejercicios siguientes.
  • Porcentaje de deducción: 60%.
  • Momento de aplicación: en el periodo en que se expida el certificado energético tras las obras.

Qué viviendas pueden acogerse

Las dos primeras deducciones afectan a propietarios de vivienda habitual o de viviendas permanentes en alquiler o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso se alquilen antes del 31 de diciembre de 2027. Quedan excluidas plazas de garaje, trasteros y similares, así como inmuebles afectos a actividades económicas.

La tercera deducción puede aplicarse a cualquier tipo de vivienda de la que sea propietario el contribuyente —habitual, segunda residencia o vivienda arrendada— salvo las afectas a actividades económicas. Aquí sí se asimilan a vivienda las plazas de garaje y trasteros adquiridos con ella.

Requisitos que no puedes pasar por alto

GESTHA insiste en tres aspectos clave:

  • Hay que obtener el certificado de eficiencia energética tras las obras antes del 1 de enero de 2026.
  • No se pueden pagar las obras en efectivo.
  • La parte de las obras subvencionada no da derecho a deducción, aunque esas subvenciones están exentas del IRPF como ganancias patrimoniales.

Deducción por coche eléctrico y punto de recarga: sigue vigente

A diferencia de las deducciones por eficiencia energética, GESTHA señala que estas sí se prorrogaron para 2025 con mayor celeridad.

Compra de vehículo eléctrico enchufable o de pila de combustible

La deducción es del 15% sobre una base máxima de 20.000 euros, formada por el valor de adquisición del vehículo, con gastos y tributos incluidos, restando subvenciones y ayudas públicas.

Se practica en el periodo impositivo en que el vehículo se matricule antes del 31 de diciembre de 2025 o cuando se haya abonado al vendedor al menos un 25% del valor desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, debiendo completarse el pago y la compra antes de que finalice el segundo periodo impositivo desde ese abono.

Instalación de punto de recarga

También existe una deducción del 15% de las cantidades satisfechas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2025 para instalar sistemas de recarga en un inmueble de propiedad del contribuyente no afecto a actividad económica.

  • Base máxima anual: 4.000 euros.
  • Formas de pago válidas: tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
  • La deducción se aplica: en el periodo en que finalice la instalación, que no podrá ser posterior a 2025.

GESTHA recuerda que si posteriormente el vehículo o el sistema de recarga pasan a estar afectos a una actividad económica, se pierde el derecho a la deducción practicada.

Qué deben tener en cuenta los autónomos

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que los autónomos pueden aplicar la libertad de amortización en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga, cualquiera que sea el método de determinación de su rendimiento neto.

También podrán amortizar libremente en 2025 las inversiones en instalaciones destinadas a autoconsumo de energía eléctrica o a uso térmico de consumo propio con energía procedente de fuentes renovables, que sustituyan instalaciones basadas en fuentes fósiles no renovables, siempre que hayan entrado en funcionamiento en 2023, 2024 o 2025 y se cumplan requisitos de mantenimiento de plantilla.

GESTHA añade dos advertencias más:

  • La ayuda del Plan Moves III hay que declararla en el IRPF.
  • Probablemente sea una de las deducciones menos equitativas, porque, salvo pago aplazado, no podrán aprovecharla en su totalidad las personas con rendimientos por debajo de 23.238 euros, la mediana de ingresos según los técnicos.

Donativos: una deducción clásica que sigue marcando diferencias

El borrador calcula estas deducciones si la entidad beneficiaria ha enviado correctamente la información. Si no lo ha hecho, el contribuyente puede modificar el borrador si dispone de la certificación expedida por la entidad.

La deducción es del:

  • 80% para los primeros 250 euros donados.
  • 40% para el resto.
  • 45% si existe reiteración de donaciones a una misma entidad.

El límite máximo es del 10% de la base imponible. Además, se incluye como donativo con derecho a deducción la cesión de uso de un bien mueble o inmueble sin contraprestación, siendo la base los gastos soportados por el cedente durante el periodo de cesión, con los requisitos correspondientes.

Los donativos destinados a actividades prioritarias de mecenazgo pueden elevar en cinco puntos porcentuales esos porcentajes y límites.

Antonio Gallardo, experto de Banqmi, resume la importancia de esta deducción así: “Es una deducción clásica, pero conviene no minusvalorarla ya que no solo beneficia a quien dona de forma habitual, sino que puede tener un efecto visible incluso en aportaciones modestas”.

Deducciones autonómicas: las grandes desconocidas que más pueden cambiar el resultado

Aquí coinciden GESTHA, Banco Mediolanum y Banqmi: el borrador no incluye la mayor parte de las deducciones autonómicas, porque muchas dependen de circunstancias, gastos o inversiones que Hacienda no conoce previamente.

Por eso, estas deducciones son las que más a menudo se quedan fuera y las que pueden hacer que una declaración que salía a pagar acabe incluso a devolver.

Antonio Gallardo insiste en ello y Banco Mediolanum subraya que conviene detenerse unos minutos más en la comunidad de residencia, revisar justificantes y comprobar los requisitos concretos.

Deducciones autonómicas llamativas o poco conocidas que recogen las fuentes

  • Galicia: 500 euros por cada vivienda vacía que se ponga en alquiler como vivienda habitual.
  • La Rioja: deducciones para jóvenes emancipados por acceso a Internet y por suministro de luz y gas de uso doméstico, con porcentajes del 15%, 20% o 25% según perfil y municipio; además, deducciones ligadas a movilidad sostenible, como la compra de bicicletas de pedaleo no asistido.
  • Murcia: deducción del 30% de los gastos veterinarios de animales domésticos, con máximo de 100 euros y obligación de justificarlos con factura.
  • Andalucía: deducción del 15% de los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática.
  • Aragón: deducción del 15% por gastos de guardería de hijos menores de tres años, con un límite de hasta 300 euros por hijo.
  • Cantabria: deducción del 15% y límite de 300 euros por hijo, que sube al 30% y tope de 600 euros cuando se reside en municipios en riesgo de despoblamiento.
  • Castilla-La Mancha: deducción del 100% de los gastos de libros de texto y del 15% por enseñanza extraescolar de idiomas y otros gastos educativos, sujetos a límites y tramos de renta.
  • Islas Baleares: deducción del 100% de los gastos derivados de la ELA, con límite de 3.500 euros.
  • Comunidad Valenciana: hasta 100 euros, o 150 euros en familias numerosas o monoparentales, por determinados gastos de salud vinculados a enfermedades crónicas complejas, raras, daño cerebral adquirido o alzhéimer; además, deducción del 30% en gastos de salud bucodental no estética y salud mental, con límites concretos; y deducción por gastos deportivos y actividades saludables del 30% en general, del 50% para mayores de 65 años o personas con discapacidad y del 100% para mayores de 75 años o personas con discapacidad más intensa, con tope general de 150 euros por contribuyente.
  • Asturias: los residentes en concejos en riesgo de despoblamiento o crisis demográfica pueden deducirse el 100% del gasto en abonos de transporte público, con máximo de 100 euros.
  • Extremadura: deducción específica por residir habitualmente en municipios y entidades locales menores con menos de 3.000 habitantes, con límites de renta de 28.000 euros en individual y 45.000 euros en conjunta.
  • Islas Canarias: 300 euros para quienes trasladen su residencia habitual a otra isla por motivos laborales o para desarrollar una actividad económica.
  • Castilla y León: deducciones del 15% por cantidades invertidas o donadas para recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural y también para fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación.
  • Madrid: deducción del 30% del alquiler de la vivienda habitual, con máximo de 1.237,20 euros, para jóvenes arrendatarios que cumplan requisitos de edad, renta y esfuerzo económico.
  • Cataluña: deducción por alquiler del 10%, que puede alcanzar 1.000 euros en familias numerosas y monoparentales.

Alquileres, alquiler turístico, Wallapop, Vinted, eBay, Milanuncios y criptomonedas: lo que Hacienda ya sabe

Uno de los grandes avisos de GESTHA en esta campaña es que la AEAT dispone de más información de la que muchos contribuyentes creen.

Compra y venta de inmuebles

GESTHA recomienda verificar que el borrador no incluya inmuebles ya vendidos o, al contrario, que sí figuren los inmuebles adquiridos en 2025. También pide comprobar que la vivienda habitual esté correctamente identificada como tal.

Reducciones en alquiler de vivienda habitual

Los arrendadores de vivienda permanente deben revisar qué reducción les corresponde sobre los rendimientos netos positivos:

  • 90% cuando se formaliza un nuevo contrato en una zona tensionada con una reducción del precio del 5% respecto al contrato anterior.
  • 70% cuando el propietario alquila por primera vez su vivienda en una zona tensionada a jóvenes de entre 18 y 35 años o la alquila a las administraciones públicas.
  • 60% cuando la vivienda haya sido rehabilitada dos años antes de la fecha del contrato o en contratos anteriores al 26 de mayo de 2023.
  • 50% en cualquier otro caso de alquiler para residencia habitual.

GESTHA remite a la web del Ministerio de Vivienda para consultar las zonas tensionadas, que se concentran fundamentalmente en País Vasco, Navarra, Cataluña y Galicia.

Alquiler turístico

Los Técnicos de Hacienda recuerdan que las plataformas online facilitan a la AEAT información sobre:

  • Rentas del alquiler.
  • Cuenta bancaria.
  • Número de días que se ha arrendado cada vivienda.
  • Comisiones.
  • Fianzas.
  • Tarifas.
  • Cantidades retenidas o cobradas por el operador de la plataforma en cada trimestre.

Ventas en Wallapop, Vinted, eBay o Milanuncios

Con la transposición de la directiva DAC 7, desde el 1 de enero de 2023 las plataformas de comercio electrónico deben suministrar información de las ventas realizadas por particulares o empresas cuando las transacciones superen las 30 operaciones al año o el importe de las mismas exceda los 2.000 euros anuales.

Criptomonedas

GESTHA avisa de que la AEAT cuenta con información sobre saldos y operaciones en monedas virtuales, incluyendo adquisición, transmisión, permuta, transferencias, cobros y pagos, suministrada por entidades residentes en España que intervienen en esas operaciones.

Además, recuerdan que el 31 de marzo terminó el plazo para presentar el modelo 721 informativo sobre monedas virtuales situadas en el extranjero correspondiente a 2025, obligación que afecta a quienes tengan monedas virtuales fuera de España por valor conjunto superior a 50.000 euros, salvo determinados supuestos de declaración previa sin variaciones superiores a 20.000 euros.

Ayudas, subvenciones y cambios familiares que debes reflejar sí o sí

GESTHA insiste en modificar el borrador cuando cambie la situación civil o familiar, ya sea por matrimonio, nacimiento o adopción.

Como novedad, para evitar errores, no se incluirán en el borrador los ascendientes o descendientes que perciban rentas entre 1.800 y 8.000 euros y que tengan obligación de declarar.

Separación, divorcio y pensiones

En caso de separación o divorcio con pensión compensatoria o pensiones de alimentos, GESTHA recuerda cómo debe tratarse:

  • La pensión compensatoria pagada reduce la base imponible general del pagador y, si queda remanente, la base imponible del ahorro, sin que ninguna pueda resultar negativa por ello.
  • La pensión compensatoria recibida por el perceptor es un rendimiento del trabajo no sometido a retención.
  • Las anualidades por alimentos a favor de los hijos, cuando no se tenga derecho a aplicar el mínimo por descendientes, se someten a gravamen separadamente para limitar la progresividad del impuesto.
  • Para los hijos perceptores, esas anualidades están exentas.

Ayudas y subvenciones que conviene revisar

Los técnicos recomiendan rectificar el borrador para incluir ayudas o subvenciones públicas o de otras instituciones que no estén exentas. Citan expresamente:

  • Ayuda de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, si se cobró en 2025, aunque no se haya reeditado para ese ejercicio.
  • Bono alquiler joven.
  • Bono cultural joven.
  • Bono social térmico, que este año cuenta con casilla específica.

Estas ayudas deben declararse como ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones.

GESTHA añade que el bono social térmico tiene ya su propia casilla tras las quejas de contribuyentes al Defensor del Pueblo, a quienes se denegaban becas por haber percibido esta ayuda. Hasta esta campaña, la información fiscal suministrada por la AEAT a Educación recogía de forma genérica la casilla 304 —otras ganancias patrimoniales— sin poder excluir este concepto a efectos de umbrales de becas.

Venta de vivienda habitual: la exención por reinversión es un derecho

Tras una Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 2025, GESTHA recuerda que la posibilidad de acoger la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la vivienda habitual a la exención por reinversión en otra vivienda habitual no es una opción, sino un derecho.

Ese derecho puede ejercerse en la declaración del año en que se obtuvo la ganancia o incluso con posterioridad, mediante rectificación de la declaración ya presentada.

También están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual por contribuyentes mayores de 65 años y por personas dependientes.

Además, para estas personas también está exenta la transmisión de cualquier otro bien o derecho hasta un máximo de 240.000 euros, siempre que con ese importe se constituya, en un plazo de seis meses, una renta vitalicia asegurada.

Inversión en startups y empresas nuevas: una deducción potente que no es para todo el mundo

Banqmi destaca como una de las deducciones estatales más importantes la de inversión en empresas de nueva o reciente creación, que permite deducir el 50% de las cantidades invertidas con una base máxima de 100.000 euros anuales.

Antonio Gallardo la señala como una de las más relevantes por su importe y por el incentivo que representa a la inversión privada en proyectos empresariales.

GESTHA añade más detalle: esta deducción para amigos y familiares de emprendedores subió desde 2023 del 30% al 50%. La participación, junto con cónyuge y familiares hasta segundo grado, no puede superar el 40% del capital de la entidad, y los fondos propios de esta no pueden superar los 400.000 euros al inicio del periodo en el que se adquieran las acciones.

Además, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad si se reinvierte en otra entidad nueva o de reciente creación.

GESTHA añade que las sociedades emergentes tienen un tratamiento ampliado para la entrega de acciones propias a trabajadores, elevando la exención general de 12.000 a 50.000 euros, sin necesidad de que la oferta se haga en idénticas condiciones para todos los empleados, siempre que se encuadre en la política retributiva general y favorezca la participación en la sociedad.

Maternidad y guardería: otra de las deducciones que conviene revisar con calma

Banqmi recuerda que la deducción por maternidad sigue siendo una de las más importantes. Puede alcanzar 1.200 euros al año por hijo, con posibilidad de incremento en determinados supuestos.

La Agencia Tributaria recuerda, además, la existencia del complemento por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados, un punto que sigue siendo muy relevante para muchas familias con niños pequeños.

Antonio Gallardo resume su importancia así: “Hay que revisar con cuidado, porque su aplicación correcta sigue marcando diferencias en miles de declaraciones”.

Fiscalidad de las inversiones: por qué muchos contribuyentes dejan dinero sin recuperar

La tercera gran pata de esta guía llega de la mano de XTB y TaxDown, que ponen el foco en un perfil de contribuyente cada vez más común: el pequeño inversor.

Ambas compañías explican que el crecimiento de la inversión minorista en España ha aumentado el interés por saber cómo tributan acciones, ETF, intereses y dividendos, pero también ha sacado a la luz que muchos inversores siguen desconociendo cuestiones básicas como la compensación de pérdidas y ganancias, la fiscalidad de los dividendos o las distintas vías para optimizar la declaración.

Según los datos de la colaboración entre ambas firmas, los usuarios de XTB que utilizaron TaxDown durante el último año lograron un ahorro medio de 202,89 euros en su declaración, y el 38% consiguió reducir su factura fiscal.

Javier Urones, responsable de negocio de XTB España, lo resume así: “Estamos muy contentos de nuestra colaboración con una compañía como TaxDown, que aporta un valor añadido a nuestros clientes y ayuda a que, con el creciente número de personas que se inician en el mundo del ahorro y la inversión, cada vez más inversores puedan hacer frente a sus obligaciones tributarias de una forma sencilla y con la seguridad de maximizar su ahorro fiscal”.

Por su parte, Borja Muñoz, CCO de TaxDown, añade: “Cada vez más españoles dan el paso de invertir, pero a menudo la fiscalidad sigue siendo una barrera que genera dudas e inseguridad a la hora de hacer la declaración. Nuestra colaboración con XTB nos permite llegar a esos inversores en el momento en que más lo necesitan y demostrarles que optimizar sus impuestos no tiene por qué ser complicado. Que el 38% de los usuarios de XTB que han utilizado TaxDown haya logrado reducir su factura fiscal es la mejor prueba de que, con las herramientas adecuadas, invertir y tributar bien van de la mano”.

Decálogo práctico para no meter la pata en la declaración

  • No confirmes el borrador sin revisarlo.
  • Comprueba tus datos fiscales y tus rendimientos reales.
  • Revisa si te corresponden deducciones estatales y autonómicas.
  • Incluye ayudas y subvenciones que no estén exentas.
  • Verifica alquileres, gastos deducibles y reducciones aplicables.
  • Comprueba si Hacienda ya tiene información de criptomonedas, ventas online y alquiler turístico.
  • Revisa si ha cambiado tu situación familiar o civil.
  • No olvides certificados y formas de pago válidas en deducciones por obras o recarga.
  • Si inviertes, revisa dividendos, intereses, pérdidas y ganancias.
  • Guarda justificantes y prepárate para argumentar discrepancias con Hacienda.

La conclusión de los expertos: la renta no se liquida en dos clics si quieres aprovecharla bien

La conclusión que dejan las tres fuentes va en la misma dirección. La campaña de la Renta 2025 llega con novedades, deducciones muy potentes y más información en manos de la Agencia Tributaria, pero también con más margen para que el contribuyente se equivoque si presenta deprisa.

Desde Banco Mediolanum recuerdan que una revisión superficial puede salir cara. Antonio Gallardo, experto de Banqmi, insiste en que muchas diferencias se juegan en los detalles y en las deducciones autonómicas. Y GESTHA pone sobre la mesa el mensaje más práctico de todos: revisar el borrador, acudir al Manual de la Renta y no dar por hecho que Hacienda ya lo ha incluido todo.

Gallardo lo resume con una idea muy clara: “Quien quiera sacar partido a su declaración haría bien en no conformarse con una revisión superficial, detenerse unos minutos más en la comunidad de residencia y revisar los justificantes y requisitos concretos. En muchas ocasiones es ahí en donde a menudo se decide si la renta sale simplemente correcta o realmente bien aprovechada”.