Cómo pagar hasta 2.550 euros menos en la Renta por tener una persona mayor a cargo
Los contribuyentes que convivan con personas mayores de 65 años pueden beneficiarse de una deducción en el IRPF para pagar menos a Hacienda. Esta medida se incluye dentro de las ventajas fiscales de la Agencia Tributaria para aliviar la carga económica de quienes cuidan a ascendientes y es especialmente relevante al acercarse el inicio de la campaña de la Renta 2025.
Además de las deducciones por alquiler de vivienda o las autonómicas por discapacidad, esta deducción permite ahorrar entre 1.150 y 2.550 euros anuales por cada persona mayor a cargo con la que conviva el contribuyente.
Contenido de la información:
- ¿Quién puede aplicar la deducción por personas mayores a cargo?
- Cuantía de la deducción por mayores a cargo
- Requisitos para acceder a la deducción
- Cómo aplicar la deducción en la Declaración de la Renta
- Por qué Hacienda aplica este beneficio
- Documentos necesarios para justificar la deducción
- Consejo fiscal
¿Quién puede aplicar la deducción por personas mayores a cargo?
Pueden solicitarla los contribuyentes que convivan con ascendientes mayores de 65 o 75 años, o con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que cumplan determinados requisitos de convivencia e ingresos.
Este beneficio fiscal también puede combinarse con las deducciones autonómicas por discapacidad o dependencia, que varían según la comunidad autónoma.
Cuantía de la deducción por mayores a cargo
La cuantía depende de la edad y situación de la persona mayor:
- Por cada ascendiente mayor de 65 años o con una discapacidad reconocida superior al 33 %, se puede aplicar una deducción mínima de 1.150 euros al año.
- Si el ascendiente supera los 75 años, el importe aumenta en 1.400 euros adicionales, alcanzando un máximo total de 2.550 euros anuales.
Esta reducción del IRPF se aplica dentro del apartado “Mínimo por ascendientes”, cuyo objetivo es adaptar la carga fiscal a las circunstancias personales y familiares del contribuyente.
Requisitos para acceder a la deducción
Para beneficiarse de esta deducción, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Edad o discapacidad: el ascendiente debe tener al menos 65 años cumplidos a 31 de diciembre del ejercicio fiscal, o contar con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Convivencia: la convivencia debe mantenerse durante al menos la mitad del periodo impositivo (seis meses).
- Límite de ingresos del ascendiente: no puede haber obtenido rentas anuales superiores a 8.000 euros, sin contar las rentas exentas.
- Declaración del ascendiente: no debe haber presentado una declaración con rentas superiores a 1.800 euros.
- Vínculo familiar: debe existir parentesco directo por consanguinidad o adopción (padres, abuelos o bisabuelos).
Cómo aplicar la deducción en la Declaración de la Renta
La solicitud se realiza al cumplimentar la Declaración de la Renta, dentro del epígrafe “Mínimo por ascendientes”. El contribuyente deberá:
- Marcar las casillas correspondientes en el programa Renta WEB.
- Indicar los datos del ascendiente (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, DNI y parentesco).
- Aportar la documentación que acredite la convivencia y los ingresos: certificado de empadronamiento, justificantes de rentas y, si procede, certificado de discapacidad.
La Agencia Tributaria podrá solicitar estos documentos para comprobar que se cumplen los requisitos exigidos.
Por qué Hacienda aplica este beneficio
La deducción busca reconocer el esfuerzo económico y emocional de las familias que cuidan de sus mayores, promoviendo el cuidado intergeneracional en el entorno familiar.
Sin embargo, algunos colectivos reclaman su actualización, ya que el límite de ingresos de 8.000 euros no se revisa desde hace más de una década. Muchas pensiones contributivas o no contributivas ya superan esa cifra, lo que excluye a numerosos hogares del beneficio, a pesar de afrontar gastos elevados por cuidados y dependencia.
Documentos necesarios para justificar la deducción
Para evitar incidencias o requerimientos de Hacienda, se recomienda conservar:
- Certificado de empadronamiento conjunto.
- Documento que acredite el grado de discapacidad, si procede.
- Justificante de rentas e IRPF del ascendiente.
- Documentación de parentesco (libro de familia o certificado civil).
Consejo fiscal
Aunque el contribuyente no esté obligado a presentar la declaración, sí es recomendable hacerlo si convive con mayores a cargo, ya que podría obtener un resultado favorable gracias a esta deducción.
Además, al aplicarla correctamente, se consigue reducir la base imponible del IRPF y pagar menos a Hacienda, optimizando la carga fiscal de la unidad familiar.
