Cárcel para un hombre que trató de entrar en una casa por la fuerza mientras la dueña estaba dentro

Cárcel para un hombre que trató de entrar en una casa por la fuerza mientras la dueña estaba dentro
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NOTICIA de Javi Navarro
28.04.2025 - 08:48 CET    Actualizado 28.04.2025 - 08:48 CET

La Audiencia Provincial de Balears ha confirmado la condena a un año y diez meses de prisión para un hombre que intentó forzar la puerta de una vivienda con su propietaria en el interior. El tribunal rechaza el recurso de apelación presentado por el acusado y ratifica la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Palma de Mallorca.

Intentó entrar con un cuchillo y amenazó a los testigos

Según los hechos probados, el 12 de febrero de 2022, sobre las 16:30 horas, el condenado, identificado como Héctor, se dirigió al domicilio habitual de una mujer con la intención de obtener un beneficio económico ilícito. Para ello, golpeó la cerradura de la puerta principal con un cuchillo con el objetivo de fracturarla y acceder al interior, aunque no logró su propósito.

Durante el intento, causó desperfectos que no fueron tasados pericialmente ni reclamados. El cuchillo que utilizó fue posteriormente intervenido por agentes de la Policía Local.

Mientras perpetraba el ataque, fue sorprendido por otra vecina, Micaela, y su hijo menor de edad. Cuando Micaela le instó a cesar su acción, el acusado la amenazó esgrimiendo el cuchillo y profiriendo expresiones como “y a ti qué te importa, hija de puta, fuera de aquí, a que os mato”.

Condenado por robo con fuerza en grado de tentativa y amenazas

La Audiencia Provincial confirma la condena por dos delitos: un delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada en grado de tentativa, por el que se le impone un año y un mes de prisión, y un delito de amenazas no condicionales, castigado con nueve meses de prisión. Además, se decreta la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

El tribunal avala la valoración de la prueba

El recurso de apelación planteaba un supuesto error en la apreciación de las pruebas y una infracción del principio de presunción de inocencia. No obstante, la Sala recuerda que, según doctrina reiterada del Tribunal Supremo, el tribunal de apelación no puede sustituir la valoración de la prueba realizada por el juez de instancia, salvo que se detecte un error manifiesto o una vulneración de garantías, lo que no ocurre en este caso.

Los magistrados consideran que las pruebas —principalmente testificales— fueron practicadas conforme a las garantías procesales y que las valoraciones realizadas en la instancia son “adecuadamente ponderadas y ajustadas”, lejos de cualquier irracionalidad o arbitrariedad.

Costas procesales y posibilidad de recurso

La Audiencia también impone al condenado el pago de las costas procesales correspondientes a la primera instancia, si bien declara de oficio las de la apelación. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación por infracción de ley, limitado al motivo previsto en el artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.



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