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Cómo votar por correo desde el extranjero

Cómo votar por correo desde el extranjero
NOTICIA de Jessica Pascual
18.04.2023 - 15:58h    Actualizado 19.05.2023 - 12:36h

¿Se puede votar por correo desde el extranjero? Sí. La legislación española permite a los electores con derecho a sufragio en el país que emitan su voto y lo envíen por correo desde un país extranjero. Se trata de un proceso sencillo, aunque ligeramente distinto del que hay que efectuar para votar por correo desde dentro de España.

A continuación puedes consultar todos los detalles sobre las opciones para votar por correo desde el extranjero, quién puede hacerlo y los pasos específicos a seguir para formalizar la petición.

Cómo votar en las elecciones desde el extranjero

De manera general, hay varias fórmulas para ejercer el derecho a voto en España desde el extranjero. Por un lado, de forma presencial en el centro de votación que se habilite en el país de residencia del elector. Y, por otro, mediante el voto por correo disponible hasta el 22 de mayo.

Los españoles que vivan en países extranjeros tienen que estar obligatoriamente inscritos en el Registro de Matrícula Consular y en el censo de lectores residentes ausentes para ejercer su derecho a sufragio en España (CERA).

En este supuesto, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral son las encargadas de remitir a la dirección de cada persona con nacionalidad española la siguiente documentación:

  • Los sobres de votación
  • El certificado que acredite que el solicitante está inscrito en el censo de electores residentes ausentes que viven en el extranjero.
  • Sobre especial dirigido a la Junta Electoral Provincial.
  • Sobre específico que se dirige al Consulado o Embajada correspondiente.
  • De manera adicional, se incluye una hoja informativa donde se explica cómo ejercer el derecho a voto en este caso específico, así como la web oficial desde donde descargar las papeletas oficiales para emitir el voto.

Toda esta documentación la recibe el solicitante en su domicilio aproximadamente a finales del mes de abril. A partir de este momento, el elector puede introducir la papeleta correspondiente a la candidatura elegida y, en el sobre específico que se dirige a la Junta Electoral Central, introducir la siguiente documentación:

  • La papeleta de votación
  • El certificado de inscripción en el censo
  • Fotocopia del DNI o pasaporte expedidos por las autoridades españolas

Por último, formalizar el envío del voto a través de las oficinas específicas consulares correspondientes.

Cómo votar en las elecciones si estoy de vacaciones en el extranjero

En el caso de estar temporalmente viviendo en el extranjero o de vacaciones, el elector puede ejercer igualmente su derecho a voto por correo. Para el caso concreto de las elecciones autonómicas y municipales que se celebran en España el 28 de mayo, los electores disponen de plazo hasta el 29 de abril para cumplimentar y presentar el impreso de solicitud del voto por correo.

El proceso para conseguir los papeles específicos para votar por correo puede hacerse mediante el consulado o embajada del país específico en el que se encuentre o por internet, a través de las páginas web específicas y habilitadas para ello. Puedes consultar los procesos específicos sobre las elecciones autonómicas y municipales de mayo desde esta información oficial.

Como requisito obligatorio, el solicitante debe estar inscrito en el registro de matrícula consultar del país. En cuanto a la documentación obligatoria a presentar, los papeles exigibles para ejercer el derecho a voto por correo son los siguientes:

  • Un documento informativo
  • Todas las papeletas disponibles a elegir y el sobre de votación
  • Certificado de inscripción en el censo electoral
  • Un sobre dirigido a la mesa electoral que corresponde en cada caso
  • El impreso específico para solicitar la devolución de los gastos de envío del voto por correo

Una vez dispongas de toda esta documentación, para formalizar la presentación del voto por correo hay que introducir los siguientes papeles en el sobre:

  • La papeleta de votación
  • Certificado de inscripción en el censo
  • Impreso para solicitar la devolución de los gastos

El plazo para el envío debe efectuarse días antes de la celebración de las elecciones. En concreto, para las de mayo, el último día es el 24 de mayo 25 de mayo.

Para que el voto por correo desde el extranjero sea válido, en la documentación debe incorporarse un matasellos oficial de la oficina de Correos correspondiente al estado en el que se encuentra. Y donde se especifique que se ha remitido el voto en el plazo previsto.