Condenan a BBVA a devolver 5.977 euros a una clienta estafada tras un fraude bancario
El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Murcia ha condenado a BBVA a devolver 5.977 euros, más los intereses legales desde la fecha del cargo, a una clienta víctima de una estafa bancaria cometida en junio de 2023. La resolución declara que el banco incumplió el contrato de cuenta bancaria y los anexos de servicios de pago y banca a distancia al ejecutar operaciones no autorizadas.
El engaño: llamadas y SMS que simulaban ser del banco
La demandante recibió varios mensajes y llamadas que parecían proceder del propio BBVA. Una interlocutora, identificada como “Micaela”, le indicó que había un intento de cargo fraudulento sobre su cuenta y que debía transferir su dinero a una supuesta cuenta provisional a su nombre para protegerlo. La clienta, convencida de la autenticidad, realizó dos transferencias por 3.000 y 2.977 euros.
Tras percatarse del engaño, intentó bloquear la operativa: llamó en repetidas ocasiones al servicio de atención al cliente y envió correos electrónicos al banco el mismo día de los hechos, pero no obtuvo respuesta eficaz.
Doctrina del Supremo y ausencia de negligencia de la clienta
El magistrado Juan J. Hurtado Yelo subraya que no se aprecia negligencia grave por parte de la usuaria, ya que la operativa era “tan completa en cuanto a su apariencia de autenticidad que no se le puede exigir a la actora una diligencia mayor”.
La sentencia cita la doctrina del Tribunal Supremo (STS 571/2025, de 9 de abril), que establece que en los casos de operaciones de pago no autorizadas el banco debe devolver el importe salvo que pruebe fraude o negligencia grave del cliente.
Deficiencias en los sistemas de control del banco
El fallo critica duramente las carencias de BBVA:
- Permitir transferencias a cuentas donde el beneficiario no coincide con el titular real.
- Autorizar SMS de validación incluso tras el bloqueo de las claves de acceso del cliente.
- No disponer de mecanismos automáticos para detectar operaciones anómalas y bloquearlas a tiempo.
“No es de recibo que lleguen transferencias a cuentas corrientes con beneficiarios distintos al titular y que el banco permita disponer de ese dinero. Esas prácticas deben erradicarse para evitar fraudes”, señala la resolución.
Condena y recurso
El juzgado condena a BBVA a abonar a la demandante los 5.977 euros, junto con los intereses legales desde junio de 2023, además de las costas del proceso. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia.
