El Banco de España aclara la verdad sobre mitos relacionados con comisiones bancarias

El Banco de España aclara la verdad sobre mitos relacionados con comisiones bancarias
Foto del periodista Javi Navarro
NOTICIA de Javi Navarro

¿Conoces los mitos sobre las comisiones bancarias? El Banco de España lo aclara tras una reciente publicación en su web. Para ello, ha desmentido y confirmado diversas creencias erróneas acerca de las comisiones bancarias, poniendo a prueba el conocimiento de los usuarios sobre este tema, que a menudo genera confusión. A continuación, se presentan algunas afirmaciones comunes, junto con su veracidad y aclaraciones relevantes sobre las mismas.

1. ¿Las comisiones tienen un importe máximo fijado por ley?

Respuesta: Falso. A excepción de contadas situaciones, no existe un límite establecido por ley sobre el importe de las comisiones que un banco puede cobrar. Estos costos dependen de lo que se acuerde en el contrato. Por lo tanto, es crucial que los clientes revisen las comisiones indicadas en los contratos que firman, así como en las páginas web y sucursales de sus bancos.

2. ¿Sólo me pueden cobrar comisiones si me informan previamente sobre sus condiciones y las acepto?

Respuesta: Verdadero. Los bancos deben informar a los clientes sobre las comisiones antes de cobrarles, y los usuarios deben aceptar esas condiciones, ya sea de manera expresa o tácita.

3. ¿Puede el Banco de España determinar si una comisión es abusiva?

Respuesta: Falso. La capacidad de determinar si una comisión es abusiva solo corresponde a los jueces y tribunales. Sin embargo, el Banco de España tiene la facultad de establecer criterios de buenas prácticas sobre determinadas comisiones, que las entidades deben seguir para asegurar un cobro correcto.

4. ¿Siempre hay un servicio prestado detrás de las comisiones?

Respuesta: Verdadero. Cada comisión debe estar justificada por un servicio proporcionado por la entidad bancaria.

5. ¿Solo me pueden cobrar las comisiones que se encuentran en mi contrato?

Respuesta: Falso. En ocasiones, los contratos no contienen todas las comisiones aplicadas a los servicios que ofrece el banco. A pesar de esto, es obligatorio que el banco informe al cliente sobre cualquier comisión antes de su cobro. Además, esta debe estar claramente publicada en la web de la entidad y ser accesible en sus sucursales.

6. ¿Pueden los bancos cambiar las comisiones a su antojo?

Respuesta: Falso. El cambio de comisiones depende de lo que estipule el contrato. Además, los bancos tienen la obligación de informar al cliente sobre las modificaciones con antelación. Si un cliente no está de acuerdo con las nuevas condiciones, tiene derecho a cancelar el contrato sin coste alguno.

  • Es crucial que los clientes revisen las comisiones que aceptan.
  • Los bancos están obligados a mantener a sus clientes informados sobre cualquier cambio en las comisiones.
  • El Banco de España se dedica a establecer buenas prácticas en el sector bancario.
  • Siempre debe existir un servicio asociado a las comisiones cobradas.

Y ante la duda, todos los bancos tienen un documento de consulta que puedes pedir sobre las comisiones que cobran.