¿El paro cotiza para la jubilación?

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NOTICIA de Jessica Pascual
06.04.2024 - 11:48h    Actualizado 06.04.2024 - 11:48h

Las personas que se han quedado en el paro y cobran la prestación por desempleo, ¿están cotizando? Sí. El Servicio Público de Empleo Estatal detalla que todos los trabajadores que sean beneficiarios de esta prestación contributiva siguen cotizando para la jubilación durante este periodo.

La normativa regulatoria vigente en España detalla que el derecho a la cotización se mantiene también durante el tiempo en el que un ciudadano se queda en paro y es beneficiario de la prestación, como si estuviera en activo. La misma norma se aplica en el caso de los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, que es el único que cotiza para la jubilación.

¿Si cobro el paro, sigo cotizando?

Sí, el SEPE explica que durante todos los periodos en los que un ciudadano recibe una prestación contributiva, en este caso, el paro, cotiza para la jubilación. Es precisamente este mismo organismo el encargado de ingresar las cotizaciones por esta contingencia.

El derecho a seguir cotizando en los periodos en los que un ciudadano se queda sin trabajo es una situación que beneficia a los trabajadores de cara a su futuro retiro, dado que la jubilación tiene en cuneta el número de años cotizados y las bases reguladoras. Lo que se traduce en una mejor cuantía de la pensión que si no se cotizara.

La Seguridad Social explica el motivo por el que se mantienen estas cotizaciones aun cobrando el paro. En concreto, el organismo detalla que durante el cobro de la prestación por desempleo, el trabajador permanece dado de alta en la Seguridad Social. Y, por tanto, este periodo también cotiza para la jubilación.

Esto permite tanto que el ciudadano tenga acceso a asistencia sanitaria durante este tiempo y que el periodo cuente a la hora de calcular la pensión de jubilación.

Cómo es la cotización mientras se cobra el paro

El SEPE da todos los detalles acerca de cómo cotiza un ciudadano mientras está cobrando el paro. En concreto, explica que en el caso específico de que un trabajador acceda al paro por la extinción de un contrato de trabajo, cotiza a la Seguridad Social por las siguientes contingencias comunes:

  • De jubilación
  • De invalidez permanente
  • Por muerte y supervivencia
  • Por incapacidad temporal
  • De protección a la familia
  • De asistencia sanitaria

Por el contrario, el SEPE explica que en estos casos no se cotiza por desempleo, accidente de trabajo y enfermedad profesional. Tampoco como Fondo de Garantía Salarial y de Formación Profesional.

Cuánto se cotiza estando en el paro

Respecto a la base de cotización a la Seguridad Social del paro, el SEPE explica que la cantidad es la misma que la base reguladora de esta. Porque se calcula con el promedio de las bases de los últimos seis meses del trabajador.

Además, explica que durante este tiempo que se recibe la prestación por desempleo, el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social lo realiza el SEPE. Porque este es el organismo encargado de hacer la correspondiente aportación empresarial en su totalidad. Mientras que la aportación correspondiente al trabajador será íntegra a cargo de este.



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