La UCE denuncia la venta sin garantía del Iphone

La UCE denuncia la venta sin garantía del Iphone
NOTICIA de Javi Navarro
12.12.2007 - 18:24h    Actualizado 22.04.2021 - 16:21h

La Unión de Consumidores de España – UCE remitirá al Instituto Nacional del Consumo y a las comunidades autónomas una denuncia contra Apple y los distribuidores de productos electrónicos por la venta sin garantías del nuevo modelo de teléfono iPhone.

Tal y como publicó el diario El País el pasado 24 de noviembre, “al menos una docena de tiendas con web en internet comercializan el teléfono de Apple (…) sin garantías”.

La venta de un producto sin garantía supone un grave perjuicio para los consumidores y un claro fraude de ley puesto que este tipo de comercialización debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la Ley 23/2003 de Garantías de Bienes de Consumo y la Ley 44/2006 de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. Para UCE resulta además intolerable que se anuncie a través de los medios de comunicación la venta sin garantías de un producto y que las autoridades en materia de consumo no hayan tomado ninguna medida al respecto.

Producto tóxico
Esta falta de actuación por parte de la administración resulta todavía más preocupante si tenemos el cuenta el informe realizado por Greenpeace en el que se indica que el teléfono de Apple contiene sustancias tóxicas que pueden suponer un grave perjuicio para los consumidores y el medioambiente. El informe de la organización ecologista indica que “se ha confirmado la presencia de compuestos bromados en la mitad de las muestras analizadas, incluida la antena”.

Greenpeace indica además que “dos de los plastificantes de ftalato encontrados en altos niveles en los cables de los auriculares están clasificados en la UE como tóxicos para la reproducción, categoría 2 dada su capacidad para interferir en el desarrollo sexual de los mamíferos”. “Aunque no están prohibidos en los teléfonos móviles, estos ftalatos están prohibidos en todos los artículos infantiles que se venden en la UE”, señala Greenpeace.

Además, la asociación ecologista afirma que la batería del teléfono está inusualmente pegada y soldada lo que impide su separación para su posterior reciclado.

Incumplimiento de la Ley de Garantías
Aunque hace más de cuatro años que entró en vigor la Ley 23/2003 de Garantías de Bienes de Consumo reguladora de los derechos de los consumidores, esta norma está siendo incumplida sistemáticamente por comerciantes y fabricantes. UCE recibe diariamente reclamaciones de los consumidores ante la negativa de ejecutar las garantías de los productos adquiridos. Las principales quejas en este sentido están relacionadas con productos de telefonía móvil, electrónica e informática.

La mayor parte de los fabricantes sólo garantiza sus productos durante un año y no dos, tal y como exige la ley. Este extremo será denunciado por la Unión de Consumidores de España – UCE ante el Instituto Nacional del Consumo para corregir esta conducta e imponer las correspondientes sanciones.

Responsabilidades
El responsable de cumplir la garantía frente al consumidor es el vendedor del producto. Aunque la anterior normativa era ambigua al respecto, la actual Ley de Garantías no deja lugar a dudas: el vendedor debe responder de la garantía de los artículos que vende. Además, es cada vez más frecuente que los servicios técnicos estén localizados fuera del lugar de la venta, lo que dificulta la reclamación del consumidor que se ve obligado a esperar mayores plazos de espera de la reparación.

Además, resulta casi imposible que el comerciante sustituya el producto defectuoso por uno nuevo. Aunque la ley prevé esta posibilidad, son frecuentes las quejas de consumidores que indican que el comerciante siempre opta por la reparación del producto defectuoso y nunca por la sustitución del mismo. Esta práctica resulta frecuente en el caso de la telefonía móvil, donde se dan casos de terminales averiados en más de diez ocasiones, por lo que queda de manifiesto la imposible reparación.

Algunas grandes superficies exigen además al consumidor que aporte un informe pericial que demuestre que el defecto que causó la avería es de fabricación y no consecuencia de un mal uso. Esto supone un coste añadido al usuario, a quien, en la mayoría de las ocasiones no compensa económicamente el trámite y opta por desistir en la reclamación.



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