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¿Las amas de casa tienen derecho a pensión?

Las amas de casa tienen derecho a pensión no contributiva
NOTICIA de Javi Navarro
02.08.2021 - 10:00h    Actualizado 22.01.2024 - 09:51h

La respuesta es sí. Si eres ama de casa y no has podido cotizar a la seguridad social, no te preocupes, porque las amas de casa tienen derecho a solicitar una pensión de jubilación. Aunque hay que tener en cuenta que no es la misma que solicitan las personas que sí han cotizado a la Seguridad Social.

¿Se puede cotizar como ama de casa? Como las labores de ama de casa no están reconocidas como profesión ni remuneradas, no cotizan. Por tanto, este colectivo no puede solicitar una pensión tradicional de jubilación. Entonces, ¿qué pueden hacer las amas de casa para sobrevivir durante el periodo de jubilación? Deben solicitar una Pensión No Contributiva (PNC). Puedes consultar desde esta otra información la cuantía de pensión que pueden cobrar las amas de casa. En el caso de no tener derecho a la pensión, hay algunas ayudas que pueden pedir las amas de casa en España. Puedes consultar todos los detalles sobre cómo solicitar los subsidios de ayuda a amas de casa desde la información enlazada.

En este artículo explicamos paso a paso todo lo que necesitas saber sobre la pensión de jubilación sin haber cotizado a la Seguridad Social, es decir, no contributiva. O haber cotizado al haber trabajado, pero de forma insuficiente para recibir una pensión contributiva normal. Es decir, que esta es la pensión que queda si has cotizado menos de 15 años.

Descubre las ayudas al alquiler para pensionistas que puedes pedir si eres beneficiario de una pensión no contributiva por invalidez o por jubilación, como es el caso de las amas de casa.

¿Qué es una pensión no contributiva (PNC)?

Cuando llega tu edad de jubilación y no has podido cotizar los años mínimos exigidos para recibir una paga contributiva, tendrás a tu disposición otras opciones. Éstas van dirigidas a aquellas personas que no hayan podido cumplir el requisito anteriormente mencionado y se encuentren en situación de necesidad o que tengan alguna invalidez. Y también para las que no han cotizado nunca pero cumplan una serie de requisitos. Se les conoce por el nombre de ‘pensión no contributiva’ (PNC) y además, dan la oportunidad a los beneficiarios de disfrutar de una asistencia médica y farmacéutica gratuita.

Es decir, que la pensión no contributiva es la fórmula mediante la que personas como las amas de casa, que no han cotizado, pueden conseguir una remuneración. A través de la PNC, el Estado garantiza una prestación económica a toda persona mayor de 65 años que se ajuste a una serie de requisitos.

Existen dos clases de pensión no contributiva: De jubilación y de invalidez. En este artículo nos centraremos en la primera. La principal diferencia de la PNC con la pensión contributiva es que esta última establece un mínimo de años cotizados a la seguridad social para solicitarla. La PNC no.

¿Qué me ofrece una PNC?

La pensión no contributiva dota a las personas de tres ayudas:

  • Una prestación económica
  • Asistencia médico – sanitaria
  • Servicios sociales complementarios

Requisitos para solicitar la PNC

Pero atención, porque no todas las personas mayores de 65 años que no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente pueden pedir una pensión no contributiva. A continuación exponemos los requisitos necesarios para solicitar una PNC. En primer lugar, hay que tener en cuenta que pueden solicitarla tanto ciudadanos españoles como personas de otros países que posean la residencia legal en España.

Edad

Hay que tener 65 años cumplidos para poder solicitar una pensión de jubilación. Sea contributiva o no.

Lugar de residencia

Para poder solicitar la PNC el interesado debe haber residido durante al menos 10 años en territorio español. Y siempre entre los 16 años del demandante y la fecha de inicio para empezar a percibir la pensión. Por último, dos de estos años deben ser consecutivos y previos a la fecha de solicitud, por lo que habrá que haber residido en España entre los 63 y 65 años.

Es decir, no podemos solicitar una PNC si hemos vivido menos de 10 años en España. Tampoco si los dos previos a la fecha de solicitud no hemos residido en territorio nacional.

Carecer de ingresos anuales suficientes

Un requisito fundamental para solicitar una pensión no contributiva es carecer de ingresos suficientes. El Estado marca el límite de estos ingresos mínimos exigidos. En 2021 solo pueden solicitar esta pensión las personas que perciban menos de 5.639,20 euros anuales.

Si los ingresos anuales son inferiores a esta cantidad, pero convivimos con algún familiar, las cifras mínimas cambian. En este caso solo se permite solicitarla si la suma de los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad económica de convivencia es inferior a unos límites que marca el Estado.

Pero antes de explicar cada situación concreta y los límites de ingresos anuales. Hay que tener clara una cuestión. ¿Sabemos qué es una unidad económica de convivencia?

¿Qué es una unidad económica de convivencia?

Existe unidad económica de convivencia cuando el solicitante de la pensión convive con otras personas que perciben ingresos. La unión entre ellas puede ser a través de diferentes vías:

  • Matrimonio
  • Lazos de parentesco de consanguinidad
  • Adopción hasta segundo grado (Padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante).

Ahora tenemos claro qué es una unidad económica de convivencia. Vamos a detallar por tanto los diferentes casos de convivencia del solicitante de una pensión con familiares.

Caso 1
El solicitante convive sólo con su cónyuge o pariente cosanguíneo de segundo grado. La suma de ingresos anuales de los miembros debe ser inferior a:

Nº convivientes Ingresos
anuales
2 9.586,64
3 13.534,08
4 17.481,52

– Es decir, con dos miembros de la familia o unidad económica, se establece el límite en 9.586,64 euros anuales.
– Si son tres convivientes, entonces el mínimo es de 13.534,08 euros anuales.
– Y si son cuatro convivientes, en 17.481,52 euros anuales.

Caso 2
Alguno de los parientes consanguíneos con los que vive el solicitante son padres o hijos. La suma de ingresos anuales de los miembros debe ser inferior a:

Nº convivientes Ingresos
anuales
2 23.966,60
3 33.835,20
4 42.703,80

– Con dos convivientes, 23.966,60 euros anuales.
– Con tres convivientes, 33.835,20 euros anuales
– Con cuatro convivientes, 42.703,80 euros anuales.

El cumplimiento de todos los requisitos descritos es imprescindible para beneficiarse de una PNC. El derecho a disfrutar de esta pensión acaba cuando se incumple alguna de estas condiciones.

¿Y si no he cotizado los años suficientes?

También tienes derecho a pensión. Para poder solicitar una pensión contributiva necesitas haber cotizado un número mínimo de años. Según datos que establece la Seguridad Social para este 2021, debes haber cotizado 37 años y 3 meses para poder solicitar el 100 % de la pensión.

Pero no es imprescindible haber cotizado todos estos 37 años y 3 meses para poder solicitar la pensión contributiva mínima. Basta con tener cotizados 15 años y ajustarse a una serie de requisitos. En este caso, no cobrarás el 100 % sino la parte proporcional tal y como establece la Seguridad Social.

Requisitos pensión mínima

Los requisitos pasan por estar afiliado a la Seguridad Social. Además, dos de los años trabajados deben estar dentro de los 15 previos a haber dejado de cotizar. De esta forma cobrarás la pensión mínima, concretamente, el 50 % de tu base reguladora.

Para cobrar el 100 % de la pensión, en 2021 debes tener 37 y tres meses o más años cotizados y así podrás jubilarte a los 65 años. Si tienes menos de 37 años y tres meses cotizados deberás seguir trabajando hasta los 66 años.

En caso de no llegar a los 15 años cotizados, podrán solicitar la PNC siempre que se cumplan los requisitos mencionados anteriormente. En concreto el de carecer de ingresos mínimos.

Obligaciones de los solicitantes

Las personas que se beneficien de la PNC deben presentar la declaración de los ingresos del año anterior. O bien individuales o de la unidad económica de convivencia. En él se deben incluir las posibles variaciones y previsiones del año en curso. Debe entregarse de forma obligatoria durante el primer trimestre del año.

Si no se presenta la declaración en el plazo indicado queda suspendido el pago de la pensión.

No confundir la PNC con las ayudas a desempleados mayores de 52 años

Si tienes 52 años o más y has agotado la ayuda del paro, existen otras alternativas para obtener una prestación antes de alcanzar los 65 años y, por tanto, poder solicitar una pensión. El Gobierno adelantó en 2019 la prestación desde los 52 años, antes concedida a partir de los 55 años Así, este subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica destinada a personas que han agotado la prestación de desempleo.

La cuantía de esta ayuda se sitúa en los 430 euros mensuales y todos los beneficiarios la cobran de forma íntegra. Se percibe hasta los 65 años, edad a partir de la cual podrás solicitar una pensión. Se trata además de un subsidio que cotiza para la jubilación en un 125 %. Los requisitos para solicitarla son haber cotizado al menos 15 años y dos previos a solicitarlo. Al solicitar esta ayuda a diferencia de la PNC solo se tendrán en cuenta los ingresos de la persona interesada y no los de la unidad familiar.