Reincidente y con varias condenas: así operaba el estafador del “piso fantasma” en un portal inmobiliario
La Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a dos años y seis meses de prisión y a una multa de 1.620 euros a un hombre que estafó 1.200 euros a una mujer mediante un anuncio falso de alquiler publicado en un portal inmobiliario. La sentencia, dictada por la Sección Quinta de la Audiencia, le obliga además a indemnizar a la víctima con 1.200 euros más intereses legales.
Según el tribunal, el condenado publicó un anuncio fraudulento del alquiler de un piso en la calle Velázquez Moreno de Vigo, pese a saber que no podía ofrecer la vivienda. La víctima, que buscaba piso con urgencia, contactó con él a través del chat del portal y realizó tres pagos por Bizum —de 500, 450 y 250 euros— bajo la promesa de que se le devolvería el dinero si el inmueble no le convencía.
El tribunal subraya que el acusado firmó incluso un documento donde se comprometía a devolver el dinero en un plazo de tres días si la arrendataria rechazaba el piso, y remitió fotografías de su DNI para generar confianza. Sin embargo, pese a concertar varias citas, no acudió a ninguna y terminó bloqueando a la afectada sin devolverle el dinero .
Una estafa agravada por aprovechar la necesidad de vivienda
La Sala considera que los hechos encajan en un delito de estafa agravada, al haberse aprovechado de la necesidad de vivienda de la víctima para obtener un beneficio económico ilícito. El tribunal explica que el engaño fue “bastante”, es decir, lo suficientemente elaborado como para provocar un error esencial en la afectada y obtener de ella un desplazamiento patrimonial.
La sentencia recuerda que este tipo de fraudes en el mercado del alquiler —realizar falsas ofertas en internet simulando disponer de viviendas— requiere una especial protección, dado que afectan a “bienes de primera necesidad como la vivienda”.
Reincidencia y condenas previas
En la resolución se aplica la agravante de reincidencia, ya que el acusado había sido condenado por estafa en dos ocasiones anteriores: el 23 de enero de 2025 y el 29 de abril de 2024, por hechos cometidos en 2022 y 2024, respectivamente.
Para el tribunal, esta reiteración delictiva evidencia un mismo patrón: la captación de víctimas necesitadas de vivienda mediante anuncios falsos, la solicitud de reservas y fianzas, y la posterior desaparición sin cumplir lo acordado.
Condena y responsabilidad civil
Por todo ello, la Audiencia impone al acusado:
- Dos años y seis meses de prisión.
- Multa de nueve meses con cuota diaria de 6 euros (total 1.620 euros).
- Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena.
- Pago de una indemnización de 1.200 euros a la víctima, más los intereses legales del artículo 576 de la LEC.
- Pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en un plazo de diez días.
“Engaño precedente y bastante”: así operaba el condenado
El fallo detalla que la víctima declaró de forma “sincera” y “persistente”, y que su testimonio se vio refrendado por otros testigos y por la documentación aportada: recibos de Bizum, conversaciones mantenidas por WhatsApp y el contrato firmado vía móvil. Según la Sala, el acusado actuó “con ánimo de lucro” desde el principio.
Los agentes de Policía que declararon ratificaron que la cuenta bancaria y la línea telefónica utilizada estaban vinculadas al condenado, reforzando así las pruebas en su contra.
