Una contable logra la incapacidad absoluta por síndrome de fatiga crónica post-COVID después del rechazo del INSS

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJ) ha confirmado la incapacidad permanente absoluta de una contable diagnosticada con síndrome de fatiga crónica post-COVID y cefaleas persistentes. La Sala de lo Social del TSJ ratifica así la sentencia previa del Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, que reconoció su derecho a percibir una prestación económica del 100% de una base reguladora de 1.825,53 euros mensuales, con efectos desde el 8 de noviembre de 2022.
La trabajadora, nacida en 1961 y afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, vio rechazada su solicitud inicial por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que consideró que sus lesiones no alcanzaban el grado suficiente de incapacidad. Sin embargo, la demandante recurrió y el tribunal ha determinado ahora que su cuadro clínico la inhabilita completamente para cualquier actividad laboral.
Síntomas incapacitantes y diagnóstico médico
Según el informe médico de síntesis, la mujer sufrió neumonía bilateral provocada por COVID, tras lo cual desarrolló astenia, cefaleas intensas y deterioro cognitivo, con una evolución negativa. El tribunal resalta que su sintomatología incluye cefaleas crónicas diarias, alteraciones de memoria, labilidad emocional, crisis de ansiedad y fatiga extrema, lo que afecta gravemente a su capacidad para desempeñar cualquier trabajo.
La sentencia recuerda que la incapacidad absoluta se concede cuando, tras recibir tratamiento, la persona presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, objetivamente demostrables y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Además, la ley establece que no habrá posibilidad de recuperación si esta se considera incierta o a largo plazo.
La resolución del TSJ y posibles recursos
Ante estos hechos, la Sala de lo Social ha concluido que la sentencia previa está debidamente fundamentada y desestima el recurso presentado por el INSS. El fallo subraya que la gravedad y persistencia de las secuelas justifican el reconocimiento de la incapacidad absoluta, dado que la trabajadora no puede desempeñar ninguna actividad con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y continuidad.
La resolución del TSJ de Asturias puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.



