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¿Con cuánto tiempo tiene que avisar el casero de la subida del alquiler?

¿Con cuánto tiempo tiene que avisar el casero de la subida del alquiler?
NOTICIA de Jessica Pascual
24.05.2023 - 10:32h    Actualizado 24.05.2023 - 10:32h

¿Me pueden subir el precio del alquiler mientras dure un contrato? ¿O, el casero tiene que avisar con un tiempo de antelación de que va a aumentar la renta a pagar por el piso? Estas son algunas de las dudas más frecuentes entre los inquilinos que viven de alquiler ante la escalada generalizada de precios, tanto en el mercado inmobiliario, como en otros sectores. Y, sobre todo, teniendo en cuenta alguna de las novedades de la Ley de Vivienda que entran en vigor en junio y que contemplan supuestos como cuando son legales las subidas del precio del alquiler de hasta el 10 por ciento.

A pesar de ello, la buena noticia para los inquilinos es que el casero no puede subir el precio del alquiler sin previo aviso ni de un día para otro. Por el contrario, la legislación específica contempla unos plazos concretos en los que el propietario tiene que notificar que va a subir la renta, el porcentaje de aumento, así como una forma específica de comunicación.

¿Con cuánto tiempo me tiene que avisar el casero de que me va a subir el alquiler?

La normativa que regula esta situación, incluida en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), señala que los propietarios de un piso de alquiler que quieran subir la renta mensual deben avisar al inquilino con, al menos, un mes de antelación. Es decir, que esta comunicación debe efectuarse con un mínimo de 30 días de antelación a la fecha en la que quiera cobrarse este aumento de precio.

En el caso de que el aumento quiera aplicarse en los primeros días del mes de junio, como tarde, la notificación al inquilino debe realizarse en los mismos días del mes de mayo. Además, en este aviso el casero debe avisar de forma específica del porcentaje de la subida que quiere aplicar y de la cantidad a total a pagar a partir del momento en el que se apliquen estos cambios en la renta.

¿Pero, la norma permite que un casero pueda subir el alquiler en cualquier momento de manera legal? No. Este plazo de los 30 días de antelación solamente es válido si se dan unas circunstancias concretas, como que llegue la revisión anual del contrato y que en las cláusulas de este documento se contemple la posibilidad de subida y haya un previo acuerdo entre las partes.

¿Un casero puede subir el alquiler durante la vigencia de un contrato?

No de manera general. A pesar de lo explicado en el apartado anterior, los propietarios no tienen vía libre para subir el precio del alquiler en cualquier momento, aunque lo avisen con suficiente antelación.

Por el contrario, la LAU especifica que mientras dure un contrato de alquiler, el precio a pagar en concepto de renta solamente puede ser actualizado en la fecha en la que se cumpla un año de vigencia de contrato. Y siempre y cuando exista una cláusula que especifique que la renta queda sujeta a revisiones y posibles variaciones. En el caso de no existir este pacto o condición firmada por contrato, el propietario no puede subir el precio del alquiler mientras dure la vigencia del contrato inicialmente firmado.

Cómo me tiene que avisar el propietario de que va a subir el alquiler

La forma de comunicar al inquilino de esta subida es hacerlo mediante una notificación por escrito donde queden detallados todos los cambios al respecto de la renta y la fecha específica de la entrada en vigor. Lo más recomendable, para evitar conflictos o problemas entre las partes, es hacerlo por escrito y dejar constancia de ello.

Cuánto se puede subir el alquiler

Si te preguntas que cuánto puede subirte el casero el alquiler, no hay una respuesta única, sino que depende de lo firmado en el contrato. Eso sí, si la actualización de la renta está sujeta al Índice de Precios al Consumo, el precio a pagar podrá actualizarse, pero ajustándose a los nuevos topes a la subida del alquiler de la ley de Vivienda.

Excepción: Cuando el casero sí puede subir el alquiler

Otra situación distinta es que se acerque la fecha de finalización del contrato y, ante la redacción de uno nuevo, el propietario exija nuevas condiciones, entre las que se encuentra el aumento de la renta. En este supuesto, el propietario sí puede aumentar la renta y fijar un nuevo precio a pagar por el alquiler y el inquilino tiene derecho a no firmar y buscar otras ofertas de pisos para vivir a un menor precio.

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