¿Estás pasando el verano en tu segunda residencia? Comprueba que aparezca en tu declaración de la renta

¿Estás pasando el verano en tu segunda residencia? Comprueba que aparezca en tu declaración de la renta

La casa de la playa también se declara aunque solo la uses unas semanas al año. Y aunque la campaña de la Renta 2025 terminó el pasado 30 de junio, muchos contribuyentes podrían descubrir este verano que olvidaron incluir la casa de la playa, el apartamento de la montaña o cualquier otra segunda residencia. TaxDown recuerda que estos inmuebles deben aparecer en el IRPF aunque permanezcan vacíos, solo se utilicen durante las vacaciones y no generen ingresos. Corregir la declaración antes de recibir un aviso de Hacienda permite evitar una posible sanción, que puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad dejada de ingresar.

Pasar las vacaciones en una segunda residencia puede servir también para recordar una obligación que muchos propietarios pasan por alto: la casa debe figurar en la declaración de la renta aunque no esté alquilada y se utilice únicamente durante unas semanas al año.

La campaña correspondiente a la Renta 2025 finalizó el 30 de junio de 2026. Sin embargo, quienes hayan presentado su declaración sin incluir una vivienda vacacional todavía pueden corregir el error.

Los expertos fiscales de TaxDown señalan que las segundas residencias constituyen una de las omisiones frecuentes en el IRPF. El error puede producirse porque muchos contribuyentes creen que una vivienda que no genera alquileres tampoco genera obligaciones fiscales.

No es así. Hacienda no grava en este caso el uso de la casa, sino su disponibilidad para el propietario mediante la denominada imputación de rentas inmobiliarias.

“Es importante saber cómo declarar correctamente nuestras residencias en la declaración de la renta, ya sean para uso personal o si las tenemos alquiladas”, explica Enrique García, CEO y cofundador de TaxDown.

Una segunda residencia debe declararse aunque esté vacía

Una casa de vacaciones que no constituye la vivienda habitual y que tampoco está alquilada debe incluirse en el apartado correspondiente a los bienes inmuebles no afectos a actividades económicas.

Esta obligación se aplica aunque el propietario:

  • Solo utilice la vivienda durante el verano.
  • La ocupe unos pocos fines de semana al año.
  • No reciba ningún ingreso por ella.
  • La mantenga cerrada durante la mayor parte del ejercicio.

El artículo 85 de la Ley del IRPF establece para estos inmuebles una imputación de renta inmobiliaria. Se trata de una renta fiscal teórica que se incorpora a la base imponible general del contribuyente por ser propietario o titular de un derecho de disfrute sobre una vivienda distinta de su residencia habitual.

El 2% del valor catastral no es el impuesto que tendrás que pagar

Uno de los errores más habituales consiste en pensar que el propietario debe pagar directamente a Hacienda el 2% del valor catastral de la vivienda.

Ese porcentaje no representa la cuota final del impuesto, sino la renta inmobiliaria que debe añadirse al resto de los ingresos del contribuyente.

Con carácter general, la imputación se calcula aplicando:

  • El 2% del valor catastral que aparezca en el recibo del IBI.
  • El 1,1% en los supuestos de actualización o revisión catastral contemplados por la normativa.

La cantidad obtenida se incorpora a la base imponible general y tributa después según el tipo marginal que corresponda a cada contribuyente.

Ejemplo de cuánto puede costar declarar una casa de vacaciones

TaxDown plantea el ejemplo de una segunda residencia con un valor catastral de 75.000 euros a la que se aplica el porcentaje general del 2%.

La renta imputada sería:

  • Valor catastral: 75.000 euros.
  • Renta inmobiliaria imputada: 1.500 euros.
  • Tipo marginal utilizado en el ejemplo: 30%.
  • Impacto aproximado en el IRPF: 450 euros.

Por tanto, el propietario no paga directamente 1.500 euros. Esa es la cantidad que se suma como renta teórica, sobre la que después se aplica el tipo de IRPF correspondiente.

Cuando la vivienda permanece a disposición del propietario, no pueden deducirse de esta renta gastos como el IBI o las cuotas de la comunidad de propietarios.

Qué hacer si ya presentaste la Renta 2025 y olvidaste incluir la vivienda

El contribuyente que detecte ahora la omisión puede acceder nuevamente a Renta WEB y utilizar la opción “Modificar declaración presentada”.

Para completar o corregir una declaración del ejercicio 2025, deberá presentar una autoliquidación rectificativa en la que incorpore la vivienda y los datos necesarios para calcular la imputación de renta correspondiente.

Actuar voluntariamente antes de recibir una comunicación de Hacienda resulta determinante, porque permite regularizar la situación mediante los recargos por presentación fuera de plazo y evita que la corrección se inicie directamente mediante un procedimiento sancionador.

Corregir el error antes que Hacienda puede evitar la sanción

Cuando el contribuyente corrige la declaración fuera de plazo y sin haber recibido previamente un requerimiento, se aplica el recargo por presentación extemporánea previsto en el artículo 27 de la Ley General Tributaria.

El recargo es:

  • Un 1% inicial.
  • Otro 1% adicional por cada mes completo de retraso.
  • Un 15% cuando han transcurrido más de 12 meses, al que se añaden los intereses de demora correspondientes desde el final de ese periodo.

Durante los primeros 12 meses, este sistema excluye tanto la sanción como los intereses de demora.

Por ejemplo, si la regularización se realiza después de dos meses completos de retraso, el recargo aplicable sería del 3% sobre la cantidad adicional que hubiera que ingresar.

Qué pasa si Hacienda detecta primero la segunda residencia

El escenario cambia cuando es la Agencia Tributaria la que descubre la omisión antes de que el contribuyente la corrija.

Hacienda puede iniciar un procedimiento de comprobación, recalcular la declaración y reclamar:

  • La cuota que no se ingresó.
  • Los intereses de demora correspondientes.
  • Una posible sanción tributaria.

La sanción por dejar de ingresar una deuda tributaria puede comenzar en el 50% de la cantidad no pagada y alcanzar el 150% en los supuestos más graves, en función de las circunstancias de la infracción.

De ahí el contraste destacado por TaxDown: un mismo olvido puede resolverse con un recargo reducido cuando el contribuyente actúa por iniciativa propia o derivar en una sanción mucho mayor cuando Hacienda se adelanta.

“En el caso de declarar las residencias de manera errónea, nos enfrentamos a pagos de intereses de demora o incluso a un procedimiento sancionador por parte de Hacienda”, advierte Enrique García.

Hacienda cruza los datos del IRPF con el Catastro

Confiar en que una segunda residencia pase inadvertida resulta cada vez menos realista.

La Agencia Tributaria dispone de la información catastral de los inmuebles y puede contrastarla con los datos incluidos por el contribuyente en su declaración del IRPF.

Si una persona aparece como titular de una vivienda que no constituye su residencia habitual, el inmueble debe tener un tratamiento fiscal: puede generar una imputación de renta por estar a disposición del propietario o rendimientos del capital inmobiliario si ha sido alquilado.

TaxDown explica que este cruce de información facilita que Hacienda detecte diferencias entre las propiedades atribuidas al contribuyente y los inmuebles realmente declarados.

Qué ocurre si alquilas la casa de vacaciones durante unas semanas

El tratamiento fiscal cambia durante los días en los que la segunda residencia está alquilada.

Los ingresos cobrados deben declararse como rendimientos del capital inmobiliario e integrarse en la base general del IRPF.

El propietario debe diferenciar dos periodos:

  • Días en los que la vivienda estuvo alquilada: se declaran los ingresos y los gastos fiscalmente deducibles correspondientes.
  • Días en los que permaneció a disposición del propietario: se aplica la imputación de rentas inmobiliarias de forma proporcional.

Por tanto, alquilar la casa durante julio y agosto no elimina la imputación correspondiente al resto del año. Ambos tratamientos deben prorratearse según el número de días.

Qué gastos pueden deducirse durante el periodo alquilado

Cuando la vivienda genera ingresos por alquiler, pueden deducirse determinados gastos vinculados al arrendamiento, siempre en la proporción correspondiente al periodo durante el que estuvo alquilada.

Entre los gastos mencionados por TaxDown se encuentran:

  • IBI y tasa de basuras.
  • Cuotas de la comunidad de propietarios.
  • Primas de seguros.
  • Suministros asumidos por el propietario.
  • Intereses del préstamo utilizado para adquirir la vivienda.
  • Amortización del inmueble.
  • Gastos de conservación y reparación.

Estos gastos no pueden atribuirse íntegramente a todo el ejercicio si el inmueble solo se alquiló durante unas semanas. Deben vincularse y prorratearse conforme al periodo arrendado y a las condiciones establecidas por la normativa fiscal.

El alquiler vacacional no tiene la reducción del alquiler de vivienda habitual

Otro error frecuente consiste en aplicar al alquiler turístico o de temporada la reducción prevista para determinados arrendamientos destinados a vivienda habitual del inquilino.

Según advierten los especialistas de TaxDown, esa reducción no se aplica a los alquileres vacacionales.

El propietario sí puede descontar los gastos fiscalmente admisibles asociados al periodo alquilado, pero no beneficiarse automáticamente de la reducción reservada al arrendamiento que cubre la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

Las plataformas informan sobre los alquileres a la Agencia Tributaria

El margen para ocultar los ingresos procedentes del alquiler turístico o de temporada se ha reducido con las nuevas obligaciones de información de las plataformas digitales.

A través del modelo 238, relacionado con la normativa europea DAC7, los operadores de plataformas deben comunicar información sobre las actividades desarrolladas por los vendedores o arrendadores que utilizan sus servicios.

Esta información puede incluir:

  • La identidad del titular.
  • Los inmuebles anunciados.
  • Los importes obtenidos a través de la plataforma.
  • Otros datos relacionados con las operaciones realizadas.

Además, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026 incluye entre sus actuaciones la vigilancia de los alquileres turísticos y de temporada, especialmente aquellos gestionados mediante plataformas digitales.

Cómo comprobar si declaraste correctamente tu segunda residencia

Quien tenga dudas puede revisar la copia de la Renta 2025 presentada y comprobar que el inmueble aparece identificado correctamente.

Conviene revisar:

  • La referencia catastral.
  • El porcentaje de propiedad.
  • El número de días a disposición del titular.
  • Los días durante los que estuvo alquilada.
  • El valor catastral utilizado.
  • La imputación de renta calculada.
  • Los ingresos y gastos del alquiler, cuando existan.

Si la vivienda no figura o los datos no reflejan correctamente su uso durante 2025, el contribuyente puede modificar la declaración mediante Renta WEB antes de recibir una eventual comunicación de la Agencia Tributaria.

La recomendación de los especialistas es clara: revisar la declaración y corregir voluntariamente cualquier omisión suele resultar mucho menos costoso que esperar a una comprobación de Hacienda.