Cuentas conjuntas: Lo que debes saber antes de abrir una
Abrir una cuenta bancaria conjunta no implica automáticamente que el dinero depositado pertenezca a todos los titulares de manera equitativa. En el contrato firmado con la entidad financiera se detallarán quiénes son los titulares y cómo se puede disponer de los fondos —lo que abarca quién tiene la capacidad para realizar retiros o hacer transferencias—, pero no se establecerá quién es el propietario real de los saldos.
Por tanto, según explica el Banco de España, quienes compartan la cuenta deberán acordar el régimen de disposición de los fondos. Existen dos opciones principales:
- Régimen de disposición solidaria:
- Cualquiera de los titulares puede acceder y disponer libremente de los fondos sin el consentimiento de los otros.
- Este tipo de cuentas suelen ser abiertas entre personas de confianza, como familiares o socios.
- Hay una clara separación entre lo estipulado en el contrato y los acuerdos privados entre los titulares. Por ejemplo, si uno de los titulares debe dinero a otro, esta deuda no afectará la titularidad de los fondos, a menos que se notifique a la entidad financiera o exista una orden judicial al respecto.
- Régimen de disposición mancomunada:
- Cualquiera de los titulares puede ingresar dinero en la cuenta sin autorización de los demás.
- Para retirar fondos o llevar a cabo operaciones —como transferencias— que disminuyan el saldo de la cuenta, es necesario obtener el consentimiento de todos los titulares, salvo que se haya pactado en el contrato que solo se requiera la autorización de una parte.
- La entidad financiera tiene la obligación de prevenir cualquier disposición de fondos sin la autorización de los titulares cuya firma sea requerida, ya sea de todos ellos o de algunos, según lo acordado.
Si el contrato no especifica cómo se podrá usar la cuenta, por defecto se aplicará el régimen mancomunado. Es posible cambiar el régimen de disposición de la cuenta:
- Una cuenta mancomunada puede convertirse en solidaria si todos los titulares lo autorizan expresamente.
- Si uno de los titulares se opone al funcionamiento solidario o solicita el bloqueo de la cuenta, la entidad deberá abstenerse de realizar operaciones no autorizadas y debe informar a los titulares sobre esto a la mayor brevedad.
“El uso de cuentas conjuntas puede facilitar la gestión de recursos entre personas de confianza, pero es esencial entender los términos contractuales”, asegura un portavoz del Banco de España. Información sin duda muy útil a valorar para quienes, por ejemplo, empiezan a vivir en pareja.
