El carnet de coche ya no valdrá para conducir una moto de hasta 125

Moto
NOTICIA de Jessica Pascual
05.01.2024 - 12:42h    Actualizado 25.04.2024 - 08:48h

Los nuevos conductores que se saquen el carnet de coche no podrán conducir una moto de hasta 125 con este mismo permiso. Esta es una de las medidas anunciadas por el ministro del Interior, Grande-Marlaska, ante la elevada cifra de siniestralidad de los motoristas en carretera. Y que se dirige a reducir los datos de fallecimiento de los conductores de motos en carretera, que han aumentado en un 19 % en el último año.

Por el momento, se trata de un anuncio y que debe someterse a su posterior aprobación. Si la norma finalmente sigue adelante, los conductores con permiso B que quieran conducir una moto sin sacarse el carnet específico, tendrán que superar un curso obligatorio de formación. Junto a esta novedad, también vas a poder conducir nuevos vehículos con el carnet de coche.

Aumenta la siniestralidad de los motoristas en carretera

Los datos de siniestralidad que afectan a los motoristas han llevado a la Dirección General de Tráfico a plantearse una serie de medidas específicas que reduzcan estas cifras. Durante 2023, fallecieron un total de 299 motoristas en las carreteras españolas, una cifra que supone un 19 % más que el año anterior. Situación ante la que se ha planteado una nueva batería de medidas que afecta a los motoristas cuando se apruebe esta normativa.

Qué cambia con la nueva medida de la DGT

Una de las medidas anunciadas afecta directamente a los conductores con carnet de coche que se ponen al mando de motocicletas de 125 sin contar con un permiso específico.

La nueva medida anunciada por el ministro impone como nuevo requisito la obligación de superar un curso de formación para conducir una moto de 125 a los titulares de un permiso de conducir de coche. Se trata de un curso obligatorio de perfeccionamiento que tendrán que superar los nuevos conductores, dado que esta medida no afecta a quienes ya tengan el carnet de conducir B y la experiencia necesaria para conducir una moto según la normativa actual.

La norma actual establece que una persona con carnet B en vigor y más de tres años de experiencia puede conducir moto de la clase A1, esto es, de máximo 125 cilindradas. Situación que podría cambiar una vez entre en vigor esta nueva medida.



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