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Nueva multa por conducir con el móvil en la mano, 200 euros y 6 puntos

Nueva multa por conducir con el teléfono en la mano, 200 euros y 6 puntos.
NOTICIA de Jessica Pascual
11.12.2020 - 10:10h    Actualizado 30.12.2023 - 14:59h

Si te pillan con el teléfono en la mano en el interior del vehículo aunque sea parado en un semáforo en rojo, te pueden multar con 200 euros y quitarte 6 puntos del carnet. De igual manera, te pueden poner una multa por tocar la pantalla táctil del coche si no lo haces en un lugar adecuado.

La Dirección General de Tráfico es tajante sobre el uso de los teléfonos en los coches para evitar accidentes por posibles distracciones a la hora de contestar o leer un WhatsApp.

Esta norma también se aplica aunque el coche no esté en movimiento. Esto es, que te pueden poner una multa por usar el móvil si estás parado en un semáforo en rojo porque es una infracción que acarrea una sanción económica y la pérdida de puntos del carnet.

No se puede coger el móvil

Con el fin de evitar la utilización del teléfono en el interior de los vehículos, la DGT propone una reforma al Congreso sobre la normativa del uso del móvil en el coche.

En concreto, la DGT presenta una propuesta de multas de la retirada de 6 puntos del carnet y 200 euros por sujetar el teléfono con la mano mientras se conduce.

Sujetar el teléfono no implica consultarlo, ni siquiera desbloquearlo. La nueva propuesta que han presentado pasa por multar a todas las personas que tengan el móvil en la mano, aunque sea con la pantalla en negro.

En la actualidad, el apartado referente a las infracciones con retirada de puntos del Reglamento General de Circulación establece multas de 200 euros y retirada de 3 puntos del carnet si utilizas el teléfono mientras conduces.

El principal cambio de esta propuesta de la DGT es que la multa y retirada de puntos sea efectiva tan solo por sujetar el teléfono en la mano mientras conduces, sin necesidad de utilizarlo.

Es importante puntualizar que cuando un vehículo para en un semáforo no se encuentra estacionado. Por este motivo, si mientras estamos parados en un semáforo cogemos el teléfono, con la nueva propuesta sería objeto de sanción económica y de retirada de 6 puntos.

Por eso te recomendamos que pruebes nuevas formas que te permiten contestar un WhatsApp por voz.

Entrada en vigor

La sanción entra en vigor con la aprobación de la nueva Ley de Tráfico y las nuevas multas de la DGT en 2022. Además, con esta nueva reforma, para que la multa sea válida tan solo será necesario una prueba fotográfica de una persona con el teléfono en la mano.

Qué se puede hacer con el móvil en el coche

Desde la DGT aclaran que si el teléfono está en alguna zona del coche en un soporte homologado y no se manipula, no habrá sanción.

Por tanto, no te pueden poner una multa si desarrollas una conversación por teléfono, siempre y cuando no utilices las manos ni auriculares, pinganillos o similares. Ni para colgar o descolgar. Recuerda que coger el móvil con la mano sí implicaría sanción.

Las multas menos conocidas

En el Reglamento de Circulación hay una serie de multas que no suelen conocer muchos de los conductores. A continuación te contamos las infracciones menos conocidas que te pueden poner, sobre todo, en invierno.

Una de ellas afecta a prácticamente todos los conductores que no tienen garaje donde guardar el vehículo y les toca rascar el hielo de las lunas prácticamente todas las mañanas. Según la normativa pueden multarte con hasta 80 euros por no rascar por completo el hielo de las lunas o llevar los cristales sucios. Si un transporte tiene las escobillas dañadas, la multa asciende también a los 80 euros.

También te pueden multar si llevas ropa muy voluminosa o poco adecuada para conducir. En este caso no hay una cuantía fija, depende de lo que el agente de tráfico considere.

Te pueden poner una multa de 200 euros en todas las siguientes situaciones:

  • Por no tener las luces de cruce encendidas en determinados momentos, como es el caso de los túneles o en la M30.
  • Por dar las largas cuando no corresponde.
  • Por dejar el coche estacionado en el arcén o en la calzada sin indicarlo con las luces de posición.
  • Por no llevar la luz de la matrícula encendida.
  • Por tener el parabrisas roto o llevar pegatinas en las lunas que dificulten la visibilidad.
  • Por no llevar las cadenas puestas cuando la climatología lo requiera o cuando lo indiquen las señales R-412.



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