Ojo con las cuentas bancarias olvidadas: el dinero puede acabar en manos del Estado
Mucha gente piensa que una cuenta bancaria queda cerrada automáticamente cuando se vacía y deja de utilizarse. Pero no es así. El Banco de España recuerda que una cuenta sigue activa hasta que el titular solicita expresamente su cancelación, lo que puede provocar desde el cobro de comisiones inesperadas hasta que el dinero acabe pasando al Estado si permanece abandonada durante años.
El problema afecta especialmente a las conocidas como “cuentas inactivas”, cuentas abiertas hace tiempo que los clientes dejaron de utilizar sin llegar a cerrarlas oficialmente. Aunque no tengan movimientos ni saldo, las entidades financieras pueden seguir aplicando gastos y comisiones si así estaba previsto en el contrato.
La situación no es menor. Según los últimos datos publicados por la Dirección General del Patrimonio del Estado, el Estado ingresó en 2024 un total de 18.334.607,99 euros procedentes de saldos bancarios abandonados.
Vaciar una cuenta no significa cancelarla
El Banco de España insiste en que retirar todo el dinero de una cuenta no implica que quede cerrada. Mientras continúe operativa, la entidad financiera puede seguir generando cargos asociados al mantenimiento o administración de la cuenta. Esto provoca situaciones relativamente frecuentes:
- Clientes que creen haber cancelado la cuenta y años después reciben reclamaciones por comisiones acumuladas.
- Personas que descubren que el saldo ha desaparecido parcial o totalmente debido a los gastos aplicados durante años.
Por ello, si una persona desea dejar de utilizar una cuenta bancaria, debe solicitar formalmente la cancelación a la entidad financiera.
Las entidades deben avisar de las cuentas sin actividad
Las entidades financieras también tienen obligaciones cuando detectan cuentas o depósitos sin movimientos aparentes. El Banco de España recuerda que los bancos deben informar al cliente de que la cuenta puede seguir generando gastos y comisiones, incluso aunque no se esté utilizando.
Además, no basta únicamente con dejar un aviso en la banca electrónica o en el buzón digital del cliente. La entidad debe asegurarse de que la información llega efectivamente al titular utilizando otros canales habituales, como el teléfono o el correo electrónico.
Cuándo una cuenta bancaria se considera abandonada
Existe una normativa específica que regula los llamados “saldos en presunción de abandono”. Según establece el artículo 18.3 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, una cuenta bancaria se considera legalmente abandonada cuando no registra ningún movimiento durante veinte años.
En esos casos, los fondos pasan a ser propiedad del Estado.
Las entidades financieras están obligadas a comunicar estos saldos al Ministerio de Hacienda siguiendo el procedimiento regulado en la Orden EHA/3291/2008.
Qué deben hacer los bancos antes de entregar el dinero al Estado
Antes de transferir el dinero de una cuenta abandonada al Estado, las entidades financieras deben cumplir varios pasos obligatorios:
- Comprobar que no ha existido ningún movimiento que demuestre que el titular sigue utilizando la cuenta.
- Notificar al titular con al menos tres meses de antelación que la cuenta está a punto de considerarse abandonada.
- Facilitar un certificado al titular o a sus herederos acreditando la entrega del dinero al Estado, indicando la fecha y la oficina de Hacienda correspondiente.
Cómo evitar problemas con cuentas olvidadas
Para evitar cargos inesperados o problemas futuros, el Banco de España recomienda revisar periódicamente las cuentas abiertas y cancelar formalmente aquellas que ya no se utilicen.
También es importante mantener actualizados los datos de contacto con la entidad financiera para poder recibir correctamente cualquier aviso relacionado con la cuenta.
Dónde consultar los saldos abandonados transferidos al Estado
La Dirección General del Patrimonio del Estado publica cada año información sobre los saldos bancarios abandonados transferidos al Estado en sus Memorias Dirección General del Patrimonio del Estado.
