Pensión de viudedad en parejas de hecho: todas las claves

Pensión de viudedad en parejas de hecho: todas las claves
Foto del periodista Javi Navarro
NOTICIA de Javi Navarro

Las parejas de hecho tienen acceso a la pensión de viudedad bajo los mismos requisitos que los matrimonios tradicionales, después de la equiparación establecida en 2022. Esto implica que, a partir de este año, sus derechos y procedimientos son equivalentes a los de las parejas casadas.

¿Cómo solicitar y cobrar la pensión de viudedad para parejas de hecho?

La solicitud y el cobro de la pensión de viudedad para parejas de hecho exigen cumplir ciertos requerimientos y entender las novedades que pueden surgir en el futuro. A continuación se detallan los requisitos necesarios.

Requisitos para solicitar la pensión de viudedad en parejas de hecho

Requisitos de la pareja de hecho:

  • Inscripción en el Registro de la comunidad autónoma donde residan.
  • Al menos dos años antes del fallecimiento de uno de los miembros.
  • Demostrar una convivencia ininterrumpida de, al menos, cinco años—lo que se puede hacer mediante certificados de empadronamiento, recibos de suministros, escrituras de vivienda, contratos de alquiler o incluso testimonios de amigos.
  • Dependencia económica: los ingresos del sobreviviente durante el año anterior al fallecimiento no pueden exceder el 50% de la suma de los ingresos de ambos o el 25% si no hay hijos con derecho a pensión de orfandad.

Requisitos de la persona que causa pensión de viudedad:

  • Haber cotizado un mínimo de 500 días en los cinco años anteriores al fallecimiento y estar dado de alta en la Seguridad Social—o en una situación asimilada, como percibir un subsidio.
  • Si no cumple con el primer requisito, debe haber cotizado al menos 15 años durante su vida laboral.
  • Si el fallecimiento ocurre debido a un accidente o enfermedad profesional, no se exige un periodo de cotización previo.
  • Estar percibiendo o haber percibido una prestación por incapacidad permanente o ser perceptor de una pensión contributiva.

¿Cuál es la cuantía de la pensión de viudedad?

La cuantía de la pensión de viudedad para parejas de hecho se sitúa entre el 52% y el 70% de la base reguladora. El porcentaje más bajo—un 52%—será el que se aplique por defecto si no existen cargas familiares o si el beneficiario no está en edad de cobrar una pensión de jubilación.

Es posible que se aplique un porcentaje más elevado en ciertas condiciones:

  • Un 60% si se cumplen las siguientes condiciones:
    • Tener 65 años o más.
    • No ser beneficiario de otra pensión en España o en el extranjero.
    • No tener ingresos laborales que superen los 7.347,99 euros anuales.
  • Un 70% si se cumplen simultáneamente estas tres condiciones:
    • Tener cargas familiares.
    • Los ingresos de la unidad familiar no llegan al 75% del salario mínimo interprofesional.
    • La pensión de viudedad es la principal fuente de ingresos, por lo que al menos el 50% de los ingresos mensuales deben proceder de esta.

Cuantía de la pensión de viudedad en 2025

A partir de 2025, las cuantías serán:

  • Con cargas familiares: 1.127,60 € mensuales (15.786,40 € anuales, 14 pagas).
  • Con 65 años o con discapacidad igual o mayor al 65%: 874,40 € mensuales (12.241,60 € anuales).
  • Entre 60 y 64 años: 818 € mensuales (11.452 € anuales).
  • Menor de 60 años: 662,50 € mensuales (9.275 € anuales).

¿Quién cobra la pensión de viudedad, el primer cónyuge o la segunda pareja?

En caso de que la persona fallecida haya estado casada anteriormente, tanto el primer cónyuge como la pareja de hecho pueden tener derecho a cobrar la pensión de viudedad, siempre y cuando el primero esté percibiendo una pensión compensatoria o de manutención del fallecido. La cantidad a recibir se repartirá en función del tiempo de convivencia de cada uno con el causante de la pensión.

La distribución del importe se realiza teniendo en cuenta el periodo total de convivencia, que se calcula desde la fecha del primer matrimonio hasta la muerte, considerando las partes del tiempo que cada relación tuvo lugar. Es importante destacar que la última pareja tiene garantizado un mínimo del 40% del importe de la pensión.

Además, si alguno de los beneficiarios fallece, la última pareja conservará la totalidad de la prestación. En el caso de que esta sea la fallecida, el importe se dividirá entre los restantes beneficiarios, si los hubiera.

Causas de extinción de la pensión

Asimismo, la pensión de viudedad en parejas de hecho no es vitalicia y puede extinguirse bajo tres condiciones:

  • Nuevo matrimonio o pareja de hecho—aunque puede mantenerse si se demuestran ciertos requisitos, como la existencia de una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Culpabilidad en la muerte del causante.