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Todos los requisitos que hay que cumplir para cobrar la pensión de viudedad

Todos los requisitos que hay que cumplir para cobrar la pensión de viudedad
NOTICIA de Jessica Pascual
14.03.2023 - 12:58h    Actualizado 27.03.2023 - 09:43h

La solicitud de la pensión de viudedad es un trámite que pueden hacer aquellas personas que han perdido a su cónyuge y se ajustan a una serie de requisitos. La ayuda consiste en una prestación económica para evitar que la persona que ha enviudado se quede en situación de desprotección ante la falta de recursos económicos. La cantidad exacta a cobrar depende de cada caso. Puedes consultar con detalle cuánto se cobra de la pensión de viudedad desde la información enlazada.

En cuanto a los posibles beneficiarios, para que el superviviente de una relación pueda ser beneficiario de la pensión de viudedad, ambos miembros de la pareja han de cumplir con toda una serie de requisitos. Estos serán diferentes en función de cada caso en concreto. Para simplificar los trámites, la compañía de contenido jurídico Lefebvre, señala cuáles son los principales requisitos y las claves más importantes que deben cumplir las personas que quieran solicitar la pensión de viudedad.

Requisitos de la pensión de viudedad

Requisitos obligatorios para pedir la pensión de viudedad

Para que su pareja pueda optar a recibir una pensión de viudedad, el fallecido tendrá que cumplir con tres requisitos básicos y comunes para todos los casos:

  • Formar parte del Régimen General de la Seguridad Social.
  • Estar afiliado y en situación de alta o asimilada a la de alta. Debe tener cubierta una cotización de 500 días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante.
  • En el caso de que esté dado de alta o asimilada al alta sin obligación de cotizar, el periodo en este casi de los 500 días de cotización debe estar comprendido dentro de los cinco años anteriores a la fecha en la que dejó de estar obligado a cotizar.
  • Tener las cotizaciones necesarias dependiendo del motivo del fallecimiento. En el caso de que la causa de la muerte fuera por un accidente, sea o no laboral, o por una enfermedad, no es necesario acreditar ningún periodo de cotización previo.
  • Si la persona fallecida no estaba en situación de alta o asimilada, debe tener cubiertos, al menos, 15 años de cotización.
  • Si el fallecido era pensionista no se le exige periodo previo de cotización.

Supuestos especiales del fallecido

Otros supuestos. Conviene puntualizar que existen otros casos en los que el cónyuge tendrá derecho a recibir una pensión de viudedad. Entre estos supuestos hay destacar los siguientes:

  1. Fallecidos que cobraban subsidios de incapacidad temporal, prestación por riesgo durante el embarazo, paternidad o maternidad o la prestación por riesgo durante la lactancia. En todos estos casos se estipulará un tiempo mínimo de cotización particular para cada prestación.
  2. Fallecidos cobrando una jubilación contributiva. En este grupo podemos incluir a aquellos que ya se hayan jubilado, pero fallezcan antes de poder pedir la pensión.
  3. Fallecidos con una incapacidad permanente o invalidez por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Al morir, se considerará que lo han hecho precisamente por ese accidente laboral. Por tanto, los requisitos serán los mismos que los pautados para esta categoría.
  4. En el caso especial en el que el fallecimiento de una persona se produzca por enfermedad común anterior al matrimonio, para recibir la prestación, el cónyuge debe acreditar alguna de estas condiciones:
  • Existan hijos en común
  • Que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación al fallecimiento.
  • Solamente en estas situaciones se podrá pedir una prestación temporal de viudedad de dos años.

Requisitos de las parejas de hecho para pedir una pensión de viudedad

En el caso de que el fallecido tuviera una pareja de hecho, las condiciones y requisitos cambian. En este supuesto, hay que acreditar una convivencia estable e ininterrumpida durante los cinco años anteriores al fallecimiento. Requisito que no debe demostrarse en el caso de que existan hijos comunes.

De manera específica, las personas que hayan fallecido después del 31 de diciembre de 2021, la pareja de hecho debe haberse realizado con una antelación mínima de dos años.

En el caso de haberte quedado viudo de una persona de la que te has separado, aquí puedes consultar todos los detalles acerca de cómo los separados o divorciados pueden cobrar una pensión de viudedad.



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