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Los 5 motivos por los que te pueden quitar la pensión de viudedad

Los motivos por los que te pueden quitar la pensión de viudedad
NOTICIA de Jessica Pascual
16.02.2023 - 15:02h    Actualizado 16.02.2023 - 15:02h

¿Me pueden quitar el derecho a cobrar la pensión de viudedad? Sí, pero solamente en algunos casos. La concesión de la ayuda por el fallecimiento del cónyuge está ligada al cumplimiento de una serie de requisitos y obligaciones del beneficiario. Por tanto, a pesar de haber realizado la solicitud de la pensión de viudedad y obtener un resultado positivo, en el caso de incumplir alguna de ellas, el beneficiario se expone a la pérdida de la pensión de viudedad.

En concreto, la Seguridad Social establece una lista de motivos por los que un beneficiario de la pensión de viudedad pierde el derecho a cobrarla, entre los que se incluyen condenas por sentencia firme, o, en algunos casos, contraer un nuevo matrimonio. A continuación puedes consultar cuáles son estas extinciones según el organismo que gestiona la ayuda.

¿Puedo cobrar la pensión de viudedad si me vuelvo a casar?

De manera general, no. La Seguridad Social se expresa con claridad respecto a este punto. El beneficiario pierde el derecho a cobrar la pensión de viudedad si contrae un nuevo matrimonio o constituye una nueva pareja de hecho.

No obstante, aclara, que podrá seguir recibiendo la ayuda independientemente a que vuelva a casarse o a contraer pareja de hecho, si se ajusta al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Que el beneficiario sea mayor de 61 años y tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez. O pueda acreditar una discapacidad en grado superior al 65 %.
  2. Que la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos de la persona beneficiaria. Se entiende que se cumple este requisito cuando el importe de la ayuda supone el 75 % de los ingresos totales en cómputo anual.
  3. Que el matrimonio o pareja de hecho recientemente formado tenga unos ingresos anuales de cualquier naturaleza, incluyendo la pensión de viudedad, que sean inferiores a dos veces al cómputo anual del Salario Mínimo Interprofesional. Esto es, desde la subida del sueldo mínimo en 2023 a 1.080 euros, un total de 30.240 euros al año.

4 motivos por los que pueden quitarte la ayuda de la pensión de viudedad

Además de por contraer matrimonio, tal y como está explicado en el apartado anterior, hay otros motivos detallados por la Seguridad Social que suponen la extinción directa de la ayuda. Estos son los siguientes:

  1. Por declaración de la culpabilidad de la muerte de la persona causante de la pensión de viudedad bajo sentencia firme.
  2. Por fallecimiento del beneficiario de la pensión de viudedad
  3. Por comprobarse que la persona que causó la pensión de viudedad no falleció, sino que se trató de una desaparición.
  4. También se extingue si el beneficiario es condenado bajo sentencia firme, por realizar un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas o lesiones, siempre que la víctima fuera la causante de la pensión. Se contempla la excepción de que se produzca la reconciliación entre ambos y, bajo este supuesto, la pensión de viudedad que hubiera tenido que reconocerse incrementará la de orfandad en el caso de que la hubiere.

¿Si trabajo me pueden quitar la pensión de viudedad?

Esta es otra de las dudas habituales y recurrentes por parte de los beneficiarios de la pensión de ciudad y la respuesta es que no, no pueden quitarte la pensión si trabajas. El motivo es sencillo y es que, tal y como explica la Seguridad Social, esta pensión es compatible con cualquier renta procedente de un trabajo.

Sin embargo, si el causante no estuviera en situación de alta o asimilada, será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquier régimen de la Seguridad Social, con la excepción de que las cotizaciones acreditadas superpongan, al menos, durante 15 años.

¿La pensión de viudedad y de jubilación son compatibles?

Sí. Otra de las preguntas más frecuentes que nos hacemos es si la pensión de viudedad y jubilación es compatible, por ejemplo. Es decir, si es posible cobrar al mismo tiempo dos tipos de prestaciones diferentes. En este sentido, la pensión de viudedad sí es compatible con las rentas del viudo, así como con su jubilación o ayuda de incapacidad permanente si la tuviera.

Por el contrario, no es posible solapar dos pensiones de viudedad al mismo tiempo. Es decir, si de forma excepcional conseguiste mantener tu pensión de viudedad a pesar de haberte vuelto a casar, debes saber que cuando fallezca tu nueva pareja, no podrás cobrar otra pensión de la misma naturaleza.



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