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¿Puedo pedir el paro si se me acaba el contrato y tengo días de vacaciones no disfrutados?

¿Puedo pedir el paro si se me acaba el contrato y tengo días de vacaciones no disfrutados?
NOTICIA de Jessica Pascual
31.07.2023 - 09:03h    Actualizado 31.07.2023 - 09:03h

No, no se puede. Si a un trabajador se le acaba el contrato y tiene días pendientes de vacaciones por disfrutar, no puede tramitar y cerrar la prestación por desempleo hasta que agote esos días de vacaciones.

Aunque sí puede ir gestionando la solicitud y, entre otros, pedir cita previa al SEPE para tramitar la prestación por desempleo y pedir el paro el primer día que se encuentre en situación legal de desempleo.

Qué hacer si se me acaba el contrato y tengo días de vacaciones pendientes

Si al finalizar el contrato de trabajo un empleado tiene días de vacaciones pendientes, antes de que llegue la fecha de fin de la relación laboral, tiene que disfrutar esos días.

Lo vemos con un ejemplo. A Juan se le acaba el contrato de trabajo el 31 de julio, pero tiene tres días de vacaciones por disfrutar. En esta situación, Juan debe disfrutar esos días de vacaciones antes del 31. Puede hacerlo justo al final del contrato, es decir, los días 29, 30 o 31, siempre y cuando sean días laborales.

En la práctica, dejaría de trabajar el día 28 de julio y es habitual que surja la duda acerca de si ese mismo día puede pedir el paro. La respuesta es que no. El día 28 Juan sigue siendo un trabajador y hasta el 31 no podría pedir el paro. Porque a efectos prácticos, los trabajadores que tengan días de vacaciones no disfrutadas y se les acabe el contrato, hasta que no agoten esos días de vacaciones, no están en situación legal de desempleo. Lo que es un requisito indispensable para cobrar el paro.

En concreto, la situación de desempleo llega tras agotar el periodo de vacaciones no disfrutado y que la empresa ha pagado en la liquidación o finiquito. Son unos días en los que el trabajador sigue cotizando a la Seguridad Social.

Cuándo se puede pedir el paro si tengo días de vacaciones

Una vez agotado el periodo de vacaciones, el trabajador tiene un plazo de 15 días hábiles para solicitar y tramitar la prestación. Y, de manera adicional, darse de alta como demandante de empleo en el SEPE de cada comunidad autónoma.



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