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Qué gastos se pueden deducir los autónomos

Qué gastos se pueden deducir los autónomos
NOTICIA de Javi Navarro
28.05.2018 - 20:01h    Actualizado 21.01.2021 - 11:13h

Los impuestos pueden llegar a ser un verdadero problema para los profesionales autónomos, pero conocer los gastos deducibles en la Declaración de la Renta, puede ayudar a hacerlos frente. Te contamos qué gastos se pueden deducir los autónomos y qué requisitos existen para ello.

Requisitos para los gastos deducibles

Para que los autónomos puedan deducirse gastos, es fundamental asegurarse de que estos cumplen con los requisitos de Hacienda. Por lo general, existen 4 condiciones:

Deben ser gastos vinculados a la actividad económica del autónomo: Hay que demostrar que esos gastos corresponden exclusivamente a su actividad profesional y no a la privada.

Deben estar convenientemente justificados mediante facturas: No son válidos tickets o facturas simplificadas al no identificar quién ha realizado el gasto. Por eso siempre hay que pedir la factura en restaurantes, gasolineras, etc.

Deben estar registrados contablemente: Es indispensable que los gastos aparezcan registrados en los libros de gastos e inversiones del autónomo.

Deben estar imputados al ejercicio correspondiente: Los gastos a deducir deben estar asociados al periodo en el que se han generado.

Gastos deducibles autónomos

Los gastos deducibles dependen del régimen de tributación al que esté acogido el autónomo y del tipo de actividad que desarrolle, pero hay varios gastos deducibles generales para todos los autónomos. Son los siguientes.

1. Vivienda y suministros:

Trabajar desde casa permite deducir gastos como la hipoteca, el agua, la luz… Eso sí, solo lo que corresponda a los días y horas trabajadas. Es realmente complicado justificar lo que se utiliza para la actividad profesional y lo que no. De hecho, en el caso de la luz, se necesitarían dos contadores. En cualquier caso, la deducción de estos gastos puede ser de al menos el 50 %. Si la vivienda es alquilada, hay que presentar dos facturas, puesto que la destinada a notificar el uso de la vivienda como actividad profesional debe contemplar el IVA.

2. Local de la empresa:

Los gastos asociados al local elegido para la actividad profesional del autónomo también son deducibles. En concreto, el alquiler, el mantenimiento, los suministros o el seguro.

3. Dietas:

El dinero invertido en comidas de trabajo con clientes también se puede deducir, siempre y cuando se produzca en días laborables y se justifique mediante el pago electrónico o vales comida. Desde 2018, el autónomo puede deducirse 26,67 euros diarios cuando no pernocta y 53,34 euros diarios cuando sí lo hace.

4. Desplazamientos, viajes y hoteles:

Estos gastos son deducibles siempre y cuando estén relacionados con la actividad profesional del autónomo.

5. Vehículo particular:

El vehículo y los gastos derivados de su uso se pueden deducir hasta un 50 % del IVA. Si además este se utiliza para el transporte de viajeros o mercancías (taxis, repartidores…), el porcentaje asciende al 100 %.

6. Teléfono móvil:

Se considera gasto deducible siempre y cuando se tengan dos líneas de teléfono diferenciadas, una personal y otra profesional.

Qué gastos se pueden deducir los autónomos

7. Seguro por enfermedad y asistencia médica:

Son gastos deducibles en el IRPF las primas que cubran al autónomo, su cónyuge o sus hijos menores de 25 años que vivan en el mismo hogar, hasta un máximo de 500 euros al año.

8. Consumo de explotación:

Las compras de mercaderías, materias primas y material de oficina también se cuentan como gastos deducibles.

9. Sueldos y salarios de los trabajadores.

10. Seguridad Social a cargo de la empresa.

11. Gastos de personal:

Formación, indemnizaciones, seguros de accidentes del personal, planes de pensiones… Todo ello también se puede deducir.

12. Arrendamiento y cánones.

13. Reparaciones y conservación.

14. Servicios de profesionales independientes:

En este grupo entran los gastos referidos a los honorarios de economistas, abogados, asesores fiscales, etc.

15. Servicios exteriores:

Publicidad, relaciones públicas, servicios bancarios…

16. Tributos:

El IBI, el IAE y otros tributos son fiscalmente deducibles.

17. Gastos financieros:

Son deducibles los intereses de préstamos ICO y créditos y otro tipo de intereses.

18. Amortizaciones:

Gastos relativos al deterioro o depreciación del material afecto a la actividad. Su cálculo está estipulado en el Impuesto de Sociedades.

19. IVA soportado:

Sólo es deducible cuando no se hayan presentado las declaraciones trimestrales de IVA y, por tanto, no tengan derecho a deducirse las cuotas soportadas.

Gastos no deducibles

– Multas, sanciones y recargos – Donativos – Pérdidas del juego – Gastos realizados con personas o empresas residentes en paraísos fiscales – IVA soportado que sea deducible en la declaración del IVA

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