La nueva norma afectará a los "trabajadores que tengan un contrato de trabajo o una relación laboral con una empresa de trabajo temporal, y que se pongan a disposición de empresas usuarias a fin de trabajar de manera temporal bajo su control y dirección". Los Estados miembros de la UE podrán decidir si aplican la directiva a los contratos de trabajo o relaciones laborales concluidos en el marco de un programa público específico o apoyado por los poderes públicos de formación, inserción y reconversión profesionales.
Los países tendrán un máximo de tres años para aplicar la nueva legislación, que no supondrá un menoscabo del Derecho nacional en lo referente a la definición de remuneración, contrato de trabajo, relación laboral o del trabajador.
Esta directiva, acordada por el Parlamento Europeo y el Consejo, comenzó su tramitación en 2002 y recoge la mayoría de las enmiendas propuestas por el Parlamento en primera lectura. Además, está enmarcada dentro de las acciones previstas para cumplir los objetivos de la Estrategia de Lisboa.
Sanciones
Los Estados miembros establecerán las medidas adecuadas en el caso de que la empresa de trabajo temporal o la empresa usuaria no cumplan la directiva. En este sentido, garantizarán que disponen de procedimientos judiciales o administrativos adecuados para hacer cumplir las obligaciones derivadas de esta norma.
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