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Cómo reclamar los daños de la DANA al Consorcio de Compensación de Seguros

Cómo reclamar los daños de la DANA al Consorcio de Compensación de Seguros
NOTICIA de Jessica Pascual
04.09.2023 - 10:48h    Actualizado 04.09.2023 - 10:48h

Los daños ocasionados por el temporal de lluvias por tormenta torrencial y DANA han provocado destrozos en muchos hogares y en los vehículos. Inundaciones de viviendas, pérdida de objetos materiales, desperfectos en los coches y rotura de materiales estructurales, así como deterioro de objetos personales de las viviendas. ¿Cómo reclamar todos estos daños para recibir una indemnización? El proceso debe gestionarse a través del Consorcio de Compensación de Seguros.

A quién reclamar los daños provocados por la DANA en casa y en el coche

El Consorcio de Compensación de Seguros o CCS es la entidad encargada de cubrir a los usuarios los daños ocasionados por la DANA que ha azotado el país en los primeros días de septiembre. Así se establece en la normativa estatal, dado que las inundaciones extraordinarias son una de las catástrofes naturales que no cubren los seguros del hogar y que corren a cargo de esta entidad.

Por tanto, todas las personas que han sufrido daños y desperfectos en sus hogares a causa de las lluvias torrenciales de la DANA, pueden reclamar a esta entidad para conseguir una indemnización. En concreto, el Consorcio señala que para poder disfrutar de una indemnización por daños derivados de estas inundaciones, este fenómeno tiene que estar considerado como un acontecimiento extraordinario. Esta es, precisamente, la clave para saber si las inundaciones por tormenta torrencial o DANA las cubre el seguro de hogar. La norma entiende como estas situaciones inundaciones extraordinarias, así como tempestad ciclónica atípica.

Cómo presentar una reclamación al CCS por la DANA

El Consorcio permite presentar las reclamaciones por su página web, de forma telemática. En concreto, desde la sección específica de Guía rápida de solicitud de indemnización del CCS es posible iniciar la solicitud de reclamación de los daños. Aunque además de por internet, es posible hacer esta gestión por teléfono, llamando al 900 222 665 y en horario de 09:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

Una vez presentada la reclamación ante el Consorcio, el organismo debe enviar un perito y procederá a compensar por los daños sufridos. Por este motivo, desde FACUA señalan que es recomendable no tocar los desperfectos o conservarlos hasta que acuda un perito del Consorcio a revisar los daños.

Qué documentación presentar para reclamar los daños de la DANA

Desde FACUA-Consumidores en Acción recuerdan a los usuarios la importancia de reunir toda la documentación posible para asegurarse de recibir la indemnización por los daños sufridos. Desde fotografías de todos los desperfectos, una fotocopia de la póliza de seguro, condiciones generales y particulares de la misma, así como el recibo de estar al corriente del pago de seguro.

También es importante añadir presupuestos y facturas de reparación de daños, datos de la póliza del asegurado y de quién presenta la reclamación. No hay que olvidar los datos bancarios para que se efectúe el pago de la indemnización.

Tipos de daños que puede cubrir el CCS

En la normativa se detallan cuáles son los tres tipos de daños que puede cubrir el Consorcio en estas situaciones:

  • Para cubrir los daños materiales, el Consorcio señala que la póliza de seguros de cada ciudadano debe cumplir un requisito. Y es contar con alguno de los siguientes riesgos en su cobertura: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores o algún modelo combinado de estos.
  • En cuanto a los daños personales, en el caso de que se produzca, lesión, invalidez o incluso fallecimiento, solamente estarán sujetos a indemnización si la póliza contratada tenía cobertura de riesgo ante accidentes.
  • La pérdida de beneficios queda indemnizada si este riesgo se encuentra de forma expresa detallado en la póliza y solo si este procede directamente de un baño a bines asegurados que sean de la propiedad o estén a disposición del asegurado.

De manera general, el Consorcio señala que solo están cubiertos y, por tanto, son indemnizables, los daños que afectan a personas o bienes sobre los que se ha contratado un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada. Solo siempre que la póliza esté vigente en el momento de producirse los daños y el asegurado se encuentre al corriente del pago de la prima.



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