¿Cuándo hay que comunicar las vacaciones de verano en el trabajo?

Cogerse días de vacaciones
NOTICIA de Jessica Pascual
28.04.2024 - 09:56h    Actualizado 28.04.2024 - 09:58h

¿Con cuánto tiempo hay que avisar al jefe de los días que quiero cogerme de vacaciones? ¿Hay un plazo marcado por ley? Depende. El Estatuto de los Trabajadores, que es la norma encargada de regular todos los aspectos relacionados con el derecho a vacaciones de los empleados, no establece un plazo de tempo al que deba ajustarse un trabajador para comunicar las fechas en las que quiere cogerse un descanso. Pero sí que pone un límite en el caso de que la empresa imponga los días de vacaciones a sus trabajadores.

No obstante, es recomendable avisar cuanto antes a la empresa para poder quedarte con esos días que te gustaría cogerte y que la empresa pueda cuadrar con el resto de empleados el calendario de vacaciones. El objetivo de este preaviso es que durante el periodo de verano la compañía pueda asegurar el buen funcionamiento, planificación y desarrollo de las tareas.

Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre los días de vacaciones

El derecho a las vacaciones de los trabajadores está regulado en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. Esta norma fija el tiempo mínimo de días de vacaciones que corresponde a cada trabajador, que es de 30 días naturales o de 22 hábiles, así como otras cuestiones relacionadas con este asunto. Y aunque no establece un límite de tiempo en el que los empleados deban comunicar a la empresa los días que quieran cogerse de vacaciones, sí que fija un plazo máximo en el caso de que la empresa sea la que decida los días de vacaciones de sus empleados.

Por otra parte, más allá de la normativa general, la existencia de un plazo límite para comunicar las vacaciones depende de si en el convenio colectivo de cada compañía hay algún artículo al respecto de este tema. En este caso, cada trabajador debe ajustarse a lo que ponga en su convenio concreto.

Tiempo de aviso si es el trabajador el que elige sus vacaciones

La legislación señala que los periodos de vacaciones se fijan de común acuerdo entre empresario y trabajador. En la práctica, es el empleado el que propone qué días quiere irse y el empresario el que acepta o no. En este segundo caso, se abre la puerta a las negociaciones entre las partes para llegar a un acuerdo.

En estos casos en los que el trabajador tiene libertad para indicar qué días quiere irse de vacaciones, la normativa no establece un tiempo de preaviso en el que deba comunicar esta petición a su jefe. Pero es recomendable que lo haga con suficiente antelación, principalmente, para evitar que otro empleado pueda cogerse antes esos mismos días.

El objetivo de comunicar esta decisión con tiempo suficiente es permitir que la empresa pueda llevar a cabo una buena planificación durante estos periodos que les permita mantener el ritmo normal y productividad de trabajo.

¿Con cuánto tiempo tengo que saber las vacaciones si las decide mi empresa?

En este caso, el tiempo mínimo de antelación en los que los empleados deben conocer qué días de descanso les toca se sitúa en dos meses, tal y como se desprende de la normativa. Esto significa que, a los trabajadores que les toque cogerse vacaciones en uno de los primeros turnos de verano, a partir del 1 de junio, deben saberlo y recibir la comunicación correspondiente por parte de su empresa dos meses antes, esto es, como tarde, el 1 de mayo.

Plazo para avisar de las vacaciones no disfrutadas de años anteriores

Por otra parte, la normativa que se aplica a los trabajadores que tienen vacaciones no disfrutadas de 2023 y que quieren gastar este año es distinta. En estos casos, cada convenio colectivo puede fijar una fecha máxima en la que pueden gastarse estos días y el tiempo con el que hay que avisar. Los trabajadores que no lo cumplan, pierden el derecho a disfrutar estos días pendientes.



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