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Las 4 aerolíneas en problemas por cobrar el equipaje de mano

Las 5 aerolíneas en problemas por cobrar el equipaje de mano
NOTICIA de Jessica Pascual
03.08.2023 - 11:09h    Actualizado 03.08.2023 - 11:36h

Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea. Estas son cinco de las compañías expedientadas por el Ministerio de Consumo por cobrar el equipaje de mano a sus pasajeros y vulnerar la legislación específica y derechos de los consumidores. Un expediente sancionador que llega tras la denuncia de la organización FACUA-Consumidores en Acción, que lleva comunicando esta situación desde el año 2018.

Pero hay más. La cartera encabezada por Alberto Garzón ha expedientado también a determinadas compañías por no permitir el pago en metálico en los aeropuertos, así como cobrar un extra a menores y personas dependientes por sentarse junto a sus acompañantes.

Expedientes por cobrar equipaje de mano indebidamente

De momento se ha abierto un expediente sancionador a cargo de la Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador del Ministerio de Consumo. Una actuación que llega tras la denuncia de los hechos por parte de FACUA ante distintas autoridades de consumo a nivel autonómico. En concreto, la asociación interpuso la primera denuncia ante el ministerio por este cobro del equipaje de mano en octubre de 2021, en una denuncia contra Vueling.

Aunque anteriormente, en 2018 presentó otra denuncia contra Ryanair y Wizzair ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y Comisión Nacional de Mercados y la Competencia por este mismo motivo, aunque ninguno de los organismos, tal y como explican fuentes de FACUA, les comunicara ningún tipo de actuación al respecto.

De forma paralela, la asociación también ha denunciado estas irregularidades desde hace cinco años ante diferentes autoridades autonómicas de consumo. Una de ellas es la Dirección General de Consumo del Govern Balear, organismo que ha materializado determinadas actuaciones tras la presentación de estas denuncias. En concreto, durante marzo de 2021, Baleares abrió un expediente sancionador a Ryanair por estas prácticas como consecuencia de una denuncia de Facua. En abril de 2022 abrió otro contra Vueling y también a Easyjet y Volotea. Pero este año, ha decidido archivar todos estos expedientes sancionadores para que sea el ministerio el que multe.

Normativa acerca del cobro del equipaje de mano

La cartera de Garzón tiene potestad para denunciar a las aerolíneas por este hecho desde mayo de 2022, momento en el que se modificó la ley general para la defensa de los consumidores. Motivo por el que la denuncia se centra en que el cobro del equipaje de mano vulnera tanto la legislación del sector aéreo, como el de la defensa de los consumidores.

De forma específica, la legislación de Navegación Aérea establece que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo“. Solo contempla como excepciones las “razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave”.

Norma que se completa con el artículo 82 del Real decreto de la Ley de defensa de consumidores y usuarios, que detalla que todas las “estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato”. Así como aquellas que “limiten los derechos del consumidor y usuario”, “determinen la falta de reciprocidad en el contrato” y “resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato”, entre otras.

Posibles sanciones por cobrar el equipaje

De momento se ha iniciado un expediente sancionador, pero en el caso de que las compañías finalmente acusadas de cobrar indebidamente este equipaje, el Ministerio de Consumo recuerda que estas prácticas pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves. Y, por tanto, sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

En el caso de que el beneficio obtenido superara dichas cantidades, advierte Consumo, las sanciones que se pueden imponer podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves, concluyen desde FACUA.



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