Viajar con equipaje de mano ya está más cerca de no tener sobrecoste: multa de 150 millones a cuatro aerolíneas

No se pueden aplicar recargos por viajar con equipaje de mano.
NOTICIA de Javi Navarro
31.05.2024 - 11:49h    Actualizado 01.06.2024 - 13:57h

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha multado con más de 150 millones de euros a cuatro aerolíneas por el cobro del equipaje de mano, entre otras prácticas prohibidas. FACUA-Consumidores en Acción llevaba denunciando estas prácticas irregulares desde 2018. Esta multa es de las primeras sanciones impuestas por el ministerio y de las más altas de la historia procedentes una autoridad de consumo. Por su parte, algunas de las compañías aéreas multadas han destacado que seguirán cobrando estos recargos, además de recurrir la multa.

La multa de Consumo incluye otras tres prácticas ilícitas: el cobro por selección de asiento cuando se viaja con personas dependientes, como discapacitados y niños pequeños, que al igual que el asunto del equipaje de mano ha sido clasificado como infracción muy grave. Y otras dos por infracciones calificadas como graves: prohibir el pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos y la “falta de transparencia en la información contractual” sobre precios, que dificulta la comparabilidad entre ofertas.

Seis años de denuncias

La Secretaría General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha resuelto un expediente sancionador por el que multa con más de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por el cobro de un cargo extra a los usuarios que llevan equipaje de mano en cabina. La asociación de consumidores FACUA ya lo había denunciado con anterioridad.

FACUA valora muy positivamente este hito histórico en la protección de los derechos de los consumidores llevado a cabo desde el ministerio de Pablo Bustinduy. El secretario general de la asociación, Rubén Sánchez, ha destacado el papel de quien fuera director general de consumo del Govern balear en la anterior legislatura, Félix Alonso: “Decidió archivar tanto los expedientes sancionadores que había abierto tras las denuncias de FACUA contra Ryanair y Vueling, como los que inició de oficio después contra EasyJet y Volotea, para pedir al Ministerio de Consumo que asumiese las actuaciones a fin de que las multas fuesen mucho más elevadas”.

Tras seis años de denuncias, “hemos logrado que las autoridades actuasen contra unas prácticas por las que las aerolíneas vienen inflando ilícitamente sus beneficios y por fin lo hemos logrado”, señala Sánchez, que anima a los usuarios afectados a reclamar su dinero.

Ahora es posible reclamar

Los consumidores, por tanto, tienen derecho a reclamar la devolución de estos cargos extra. FACUA señala que ya está tramitando numerosos casos en defensa de afectados. En caso de recibir respuesta negativa de las aerolíneas, la asociación les insta a interponer denuncias ante las autoridades de consumo de sus comunidades autónomas solicitando sanciones y a acudir a los tribunales. Pueden hacerlo sin coste, ya que para cantidades inferiores a 2.000 euros no es obligatorio acudir con abogado ni procurador.

La multa más alta, para Ryanair

La compañía que ha recibido la mayor sanción es Ryanair, la primera que comenzó a cobrar por el equipaje de mano, en noviembre de 2018. Tras ella, Vueling, y a continuación, a mucha mayor distancia, EasyJet y Volotea.

Se trata de las primeras multas impuestas por la autoridad de Consumo del Gobierno de España desde que asumió la potestad sancionadora en mayo de 2022. Lo hizo como consecuencia de una modificación de la ley general para la defensa de los consumidores introducida a raíz de reivindicaciones históricas de FACUA que fueron asumidas por el ministro Alberto Garzón. Hasta entonces, se trataba de una competencia exclusiva de las administraciones de consumo autonómicas y municipales.

Las sanciones son también las más altas que ha aplicado en la historia una autoridad de protección de los consumidores. De hecho, la impuesta a Ryanair multiplica por mucho los importes de las que hasta ahora ocupaban los dos primeros puestos de la lista de multas por cuantía, en ambos casos también consecuencia de denuncias de FACUA. “Se trata de los ridículos 3,15 millones de euros con los que la Junta de Andalucía multó a Unicaja en 2017 por la cláusula suelo de sus hipotecas y los 2,9 millones de multa de la Comunidad de Madrid en 2007 por el redondeo al alza en la facturación de las llamadas, otro fraude denunciado por FACUA que cada año reportaba a las compañías de móvil más de mil millones de euros”, indica el portavoz de la asociación FACUA.

Qué dice la ley

En sus denuncias ante el ministerio y las autoridades autonómicas de consumo, FACUA viene argumentando que el cobro por el equipaje de mano vulnera tanto la legislación del sector aéreo como la de defensa de los consumidores. Así, la asociación advierte de que incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo”. Únicamente se contemplan como excepciones “razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave”.

De igual forma, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que sea aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge como cláusulas abusivas todas aquellas “estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato”, así como aquellas que “limiten los derechos del consumidor y usuario”, “determinen la falta de reciprocidad en el contrato” y “resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato”, entre otras.



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