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¿Me pueden denegar que abra una cuenta de pago básica?

¿Me pueden denegar que abra una cuenta de pago básica?
NOTICIA de Jessica Pascual
08.08.2023 - 12:13h    Actualizado 08.08.2023 - 12:13h

¿Un banco puede negarse a que un cliente abra una cuenta bancaria? De manera general, no. Siempre y cuando el cliente cumpla con los requisitos de acceso o contratación de la misma. O no tenga deudas contraídas con la entidad, lo que le impida contratar nuevos productos hasta que salde sus deudas.

Situación diferente es lo que sucede con las cuentas de pago básicas, que son las específicas que pueden abrir las personas vulnerables para que tengan acceso a los servicios bancarios básicos.

Cuándo un banco puede denegar la contratación de una cuenta bancaria

¿Hay algún motivo por el que un banco pueda denegar la contratación de este tipo de cuentas? El Banco de España detalla que hay tres circunstancias en las que las entidades podrían negarse a ofrecer este servicio:

  • Si el cliente ya es titular de otra cuenta corriente en España
  • Que la apertura de la cuenta sea contraria a los intereses de la seguridad nacional o de orden público
  • Que el cliente no aporte la información que solicite la entidad para cumplir con las obligaciones en materia de blanqueo de capitales o de financiación de terrorismo.



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