De la promesa de rentabilidades millonarias al banquillo: dos años de cárcel por mala gestión en criptomonedas
Criptomonedas y promesas rotas llevan a dos años de cárcel por perder el dinero de sus inversores. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado una sentencia condenatoria contra un hombre, al que se le impone una pena de dos años de cárcel por la comisión de un delito de administración desleal. Este fallo surge tras la pérdida total del dinero invertido por tres personas en criptomonedas, en lo que prometía ser una oportunidad de inversión con rendimientos muy atractivos.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJ ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por los tres afectados, revocando así la decisión de la Audiencia Provincial de Valladolid, que en febrero anterior había absuelto al acusado de los cargos de apropiación indebida, estafa continuada e intrusismo profesional.
El caso: una inversión fallida en criptomonedas
Los hechos, que ocurrieron en 2021, involucran al condenado, quien, a pesar de tener formación en mecánica industrial, ofrecía sus servicios como profesor en una academia virtual especializada en inversiones en criptomonedas. Según se detalla en la sentencia, también participaba en un grupo de WhatsApp, donde prometía a sus integrantes inversiones garantizadas con rentabilidades de entre el 10% y el 15% mensual.
El tribunal sostiene que el acusado recibió “unos fondos de los denunciantes con el compromiso de invertirlos en el producto o servicio ‘Modesta’, que ofrecía importantes rendimientos”. Sin embargo, el resultado fue completamente opuesto: al no generar los beneficios esperados, el condenado canceló la inversión y devolvió lo que pudo a su cuenta en BINANCE. Posteriormente, realizó sin autorización de los denunciantes una inversión en futuros sobre Bitcoin, confiando en que el precio aumentaría; no obstante, esta estrategia dio como resultado una caída de precios, lo que llevó a la pérdida total de los fondos.
Los magistrados del TSJ concluyen que “se reúnen así todos los requisitos del delito de gestión o administración desleal del artículo 252 del Código Penal, que cabe atribuir al acusado como responsable criminalmente del mismo, sin que sea preciso que concurra un enriquecimiento personal por su parte.” Este último aspecto queda en duda, ya que, como se indica en el fallo, el acusado solo ha afirmado que los fondos se perdieron, sin esclarecer si se benefició económicamente de la situación.
El fallo del TSJ se erige en una importante advertencia para aquellos involucrados en el marketing de inversiones de alto riesgo, resaltando la necesidad de una gestión adecuada y ética de los fondos ajenos. Los denunciantes, por su parte, han logrado que la justicia reconozca el perjuicio sufrido, marcando un precedente en el ámbito de las inversiones en criptomonedas en la comunidad autónoma.
