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Estos son los trabajadores que podrán jubilarse antes a partir de octubre

Estos son los trabajadores que podrán jubilarse antes a partir de octubre
NOTICIA de Jessica Pascual
12.09.2023 - 09:37h    Actualizado 10.10.2023 - 07:06h

A partir del mes de octubre de 2023 cambia el método para calcular el periodo de cotización de cara a la jubilación de los trabajadores con jornada parcial. En concreto, el cambio que entra en vigor el día 1 de octubre equipara la jornada parcial con el día completo de trabajo de cara a calcular el periodo mínimo de cotización obligatorio para jubilarse.

De tal manera que un empleado con 15 años cotizados a jornada completa y otro con el mismo tiempo cotizado a jornada parcial, podrán jubilarse a la misma edad. Aunque no con las mismas condiciones ni retribuciones. Esta es una de las medidas planteadas en la reforma de las pensiones aprobada el pasado mes de marzo y cuyas actuaciones están incorporándose de manera progresiva. Y ojo, porque no hay que confundir la cotización de cara a la jubilación con el paro que corresponde por trabajar a tiempo parcial en cuanto al cómputo de la cotización.

El cambio que afecta a los trabajadores que quieran jubilarse a partir de octubre

El cambio que entra en vigor desde este 1 de octubre está contemplado en el Real Decreto Ley 2 / 2023. En concreto, se modifica el artículo 247 de dicha norma y la nueva normativa queda redactada de la siguiente manera:

A efectos de acreditar los periodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, se tendrán en cuenta los distintos periodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos.

Una norma que también se aplica de forma directa para el cómputo de los periodos cotizados de cara a la solicitud de las siguientes pensiones:

  • Incapacidad permanente
  • Muerte y supervivencia
  • Incapacidad temporal
  • Nacimiento y cuidado de menor

En la práctica, esta modificación significa que se equiparan las condiciones en cuanto a periodos de cotización de los trabajadores de cara a acceder a la jubilación, independientemente de cuál sea la jornada de su trabajo. Un cambio que permite que los trabajadores con periodos de cotización a tiempo parcial permiten llegar antes al acceso a la jubilación.

Ejemplo de cálculo de la pensión con la nueva norma

Vemos un ejemplo del cambio que supone la implementación de esta nueva norma:

  • Un trabajador con contratos de trabajo a jornada completa, es decir, de 8 horas, cuenta con un total de 36 años cotizados.
  • Un trabajador con contratos a jornada parcial ha estado el mismo periodo trabajando que en el caso anterior, pero con un contrato de trabajo parcial, de 4 horas.

Hasta la fecha, para el cálculo de acceso a la pensión, el primer trabajador podía acreditar los 36 años de cotización para jubilarse. Mientras que el segundo trabajador solamente podía acreditar la mitad de ese tiempo, es decir, un total de 18 años cotizados, por haber trabajado a jornada parcial.

Con la nueva normativa esto cambia y ambos trabajadores pueden acreditar un periodo de cotización de 36 años, independientemente de las horas de trabajo que haya efectuado cada uno.

Cómo repercute este cambio en el cobro de la pensión

Hay que tener un aspecto claro y es diferenciar entre el periodo necesario de cotización para jubilarse entre la cantidad de dinero que puede cobrarse por la pensión de jubilación. En concreto, para calcular la pensión de jubilación se tienen en cuenta distintos factores:

  • El tiempo de cotización con un mínimo de 15 años para poder jubilarse
  • Por otro, la base reguladora de los periodos de cotización de los últimos 25 años.

Esto significa que aunque ambos trabajadores, el de jornada completa y el de la parcial, con los mismos años trabajados, puedan jubilarse al mismo tiempo, no van a recibir la misma cantidad de dinero en concepto de jubilación. Porque la base reguladora del trabajador a tiempo completo es mayor y, por tanto, recibe más dinero que el que ha trabajado la mitad de horas y, por tanto, este último no tiene acceso a la pensión máxima de jubilación.



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