Navarra, A Coruña y dos municipios del País Vasco se suman a las zonas con limitación de precios del alquiler

Navarra, A Coruña y dos municipios del País Vasco se suman a las zonas con limitación de precios del alquiler
Foto del periodista Javi Navarro
NOTICIA de Javi Navarro

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha publicado la resolución correspondiente al segundo trimestre de 2025 en la que se actualiza la lista de zonas declaradas como mercado residencial tensionado. En esta nueva actualización, han sido declaradas como zonas tensionadas distintas localidades de Navarra, Galicia y el País Vasco, con implicaciones directas sobre la regulación del precio del alquiler, el concepto de gran tenedor y las condiciones para nuevos contratos de arrendamiento.

Esta medida pretende frenar los aumentos desproporcionados de los precios de los alquileres —ante la gran demanda y escasa oferta de inmuebles— y facilitar el acceso a la vivienda.

Municipios afectados por comunidad autónoma

  • Navarra: Pamplona/Iruña, Tudela, Valle de Egüés/Eguesibar, Burlada/Burlata, Barañáin/Barañain, Zizur Mayor, Estella-Lizarra, Aranguren, Berriozar, Tafalla, Ansoáin/Antsoain, Villava/Atarrabia, Corella, Valle de Elorz/Elortzibar, Cintruénigo, Baztan, Altsasu/Alsasua, Huarte/Uharte, Berrioplano/Berriobeiti, San Adrián y Peralta/Azkoien.
  • Galicia: A Coruña.
  • País Vasco: Distrito 2 del municipio de Galdakao y la ciudad de Donostia/San Sebastián.

¿Qué implica vivir en una zona tensionada?

Tal como detalla la resolución, estos municipios y distritos tendrán en vigor las medidas previstas en la Ley 12/2023, entre las que se incluyen:

  • Limitación del precio del alquiler en los nuevos contratos cuando no haya existido uno anterior en los últimos cinco años. En estos casos, el precio deberá ajustarse a los índices de referencia establecidos por el sistema estatal.
  • Aplicación de la definición particularizada de gran tenedor en cada zona, que puede variar respecto a la definición general de la ley.
  • Obligación de publicar la memoria y documentación técnica de la declaración en los portales oficiales de vivienda, ya sean autonómicos, o en la web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

¿Quién es considerado gran tenedor en estas zonas?

La ley establece de forma general que un gran tenedor es quien posee más de diez inmuebles urbanos de uso residencial —sin contar garajes ni trasteros—. Sin embargo, en el caso del País Vasco, esta definición se ha ajustado: basta con poseer cinco o más inmuebles residenciales en el mismo municipio para ser considerado gran tenedor.

Periodo de vigencia y efectos legales

La declaración de zona tensionada conlleva efectos durante un periodo determinado, que debe estar recogida en la memoria correspondiente de cada comunidad. Durante ese tiempo, los propietarios no podrán subir libremente los alquileres en los nuevos contratos y, en el caso de los grandes tenedores, deberán aplicar las condiciones más restrictivas que fija la normativa vigente.