Cómo reclamar los daños por viento y lluvia del temporal Leonardo en viviendas y coches
Mucho viento, lluvias intensas y numerosos desperfectos. El temporal Leonardo ha afectado a distintas zonas de España, dejando a su paso daños en viviendas, vehículos y bienes asegurados. Y, como suele pasar tras cada borrasca, vuelve la misma duda: quién paga los daños y cómo se reclaman correctamente.
FACUA recuerda que, según el tipo de siniestro y la intensidad del fenómeno meteorológico, la reclamación debe dirigirse a tu aseguradora o al Consorcio de Compensación de Seguros.
Contenido de la información:
- Plazo para reclamar los daños por el temporal Leonardo
- A quién reclamar los daños por viento y lluvia
- Daños por viento: cuándo paga la aseguradora y cuándo interviene el Consorcio
- Qué daños cubre el Consorcio y qué exige la póliza
- Cómo reclamar los daños por el temporal Leonardo paso a paso
- Documentación recomendada para reclamar
- Cancelaciones de servicios por el temporal
Plazo para reclamar los daños por el temporal Leonardo
FACUA aconseja a los afectados comunicar el siniestro cuanto antes, incluso aunque todavía no se tenga una valoración completa de los desperfectos.
De forma general, la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, establece que el tomador o asegurado debe notificar el siniestro en un plazo máximo de siete días desde que lo conoce, salvo que la póliza marque un plazo más amplio.
Avisar pronto ayuda a:
- Iniciar la reparación sin demoras.
- Evitar problemas por notificación tardía.
- Facilitar la visita del perito y la valoración del daño.
A quién reclamar los daños por viento y lluvia
Depende del origen del daño y de si estamos ante un fenómeno ordinario o uno considerado extraordinario.
En general:
- Daños por viento o lluvia “ordinarios”: se tramitan con la aseguradora, según lo que cubra tu póliza (hogar, comunidad o coche).
- Daños por acontecimientos extraordinarios: pueden corresponder al Consorcio de Compensación de Seguros.
Qué se considera “acontecimiento extraordinario”
FACUA recuerda que el Consorcio indemniza pérdidas derivadas de riesgos como inundaciones extraordinarias o tempestad ciclónica atípica, entre otros supuestos, según el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios (Real Decreto 300/2004).
En estos casos, el Consorcio solo indemniza daños sobre bienes o personas que estén asegurados, con póliza vigente y con el asegurado al corriente del pago.
Daños por viento: cuándo paga la aseguradora y cuándo interviene el Consorcio
En los daños por viento, la regla práctica es esta:
- Si las rachas no superan los 120 km/h, normalmente responde tu aseguradora, conforme a la póliza.
- Si en tu municipio se han registrado rachas superiores a 120 km/h y aparece en el listado oficial, puede corresponder al Consorcio.
El Consorcio es quien hace público el listado de municipios donde se superaron los 120 km/h para determinar a quién corresponde la indemnización.
Qué daños cubre el Consorcio y qué exige la póliza
Daños materiales en vivienda y bienes
Para que el Consorcio cubra daños materiales directos, la póliza del afectado debe incluir la cobertura de alguno de estos riesgos:
- Incendio
- Robo
- Rotura de cristales
- Daños a maquinaria
- Equipos electrónicos
- Ordenadores
Daños en coches por temporal e inundaciones
En el caso de los vehículos, si el daño deriva de un fenómeno extraordinario, el Consorcio puede indemnizar con independencia de la cobertura contratada.
Y si lo que te preocupa es el agua (garajes anegados, coches arrastrados o inundados), aquí tienes una guía específica sobre si tu seguro del coche cubre los daños por inundaciones.
Daños personales y pérdida de beneficios
Los daños personales (lesiones, invalidez o fallecimiento) pueden ser indemnizables si la póliza cubre el riesgo de accidentes o si es un seguro de vida que garantice principalmente el fallecimiento.
La pérdida de beneficios solo se indemniza si:
- Está expresamente incluida en la póliza.
- Es consecuencia directa de un daño material a bienes asegurados.
Cómo reclamar los daños por el temporal Leonardo paso a paso
El proceso cambia según la intensidad del viento y la calificación del fenómeno.
Si el viento supera los 120 km/h en tu municipio
Si tu localidad aparece en el listado del Consorcio, el procedimiento habitual es el de reclamar los daños al Consorcio de Compensación de Seguros.
Si el viento no alcanza esa intensidad
Debes contactar con tu aseguradora (hogar, comunidad o coche) para abrir parte y solicitar la reparación o indemnización, siempre según las condiciones de tu póliza.
En ambos supuestos, FACUA insiste en lo mismo: reúne pruebas y documentación desde el primer momento.
Documentación recomendada para reclamar
FACUA aconseja aportar:
- Fotografías de todos los desperfectos (mejor varias, desde distintos ángulos).
- Copia de la póliza y sus condiciones generales y particulares.
- Recibo que acredite estar al corriente del pago del seguro.
- Presupuestos y facturas de reparación (si ya existen).
Además, es recomendable no tocar ni reparar lo dañado hasta que acuda el perito, salvo que haya riesgo para las personas o se trate de una actuación urgente.
Si un organismo público te obliga a mover un vehículo o retirar elementos por seguridad, es útil solicitar un certificado, un acta u otro documento oficial que refleje el estado real de los daños.
Cancelaciones de servicios por el temporal
Si por el temporal has sufrido la cancelación o pérdida de un servicio contratado (trenes, vuelos, hoteles, espectáculos u otros), FACUA recuerda que se puede reclamar y recomienda valorar cada caso concreto para defender los derechos del consumidor.
