Cómo pedir y cobrar el subsidio de Renta Agraria

Cómo pedir y cobrar el subsidio de Renta Agraria
NOTICIA de Jessica Pascual
06.05.2022 - 12:37h    Actualizado 01.09.2023 - 12:54h

La Renta Agraria es una prestación por desempleo dirigida a personas que son trabajadoras eventuales incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) y que viven en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

Requisitos para acceder a la Renta Agraria

Para acceder a esta ayuda los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Pertenecer al colectivo de trabajado eventual agrario por cuenta ajena.
  • Debe estar empadronado y tener residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura durante un mínimo de diez años.
  • No puede ser beneficiario del subsidio por desempleo agrario en los tres años anteriores
  • Debe estar inscrito en el censo del SEASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Los mayores de 45 años deben haber estado inscritos en el censo entre 5 y 20 años.
  • Los solicitantes deben estar al corriente del pago de la cuota fija.
  • Deben haber cotizado con el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo durante un mínimo de 35 jornadas reales.
  • No pueden tener rentas que en términos anuales superen la cuantía del SMI.
  • Deben inscribirse como demandantes de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

Todas las solicitudes presentadas entre el 17 de marzo y el 31 de diciembre se les aplica también la reducción a 20 el número de jornadas mínimo exigido para acceder a este subsidio para personas que no trabajan.

Cuantía del subsidio

La cuantía de esta ayuda se fija en función del número de jornadas reales que se trabajen y justifiquen y el IPREM:

  • Las personas que hayan trabajado entre 35 y 64 jornadas reciben hasta el 80 % del IPREM.
  • Las personas que hayan trabajado entre 65 y 94 jornadas reciben el 85 % del IPREM.
  • Las personas que hayan trabajado entre 95 y 124 jornadas reales reciben el 91 % del IPREM.
  • Las personas que hayan trabajado entre 125 y 154 jornadas reciben hasta el 96 % del IPREM.
  • Las personas que hayan trabajado entre 155 y 179 jornadas reales reciben el 101 % del IPREM.
  • Los trabajadores que hayan realizado más de 180 jornadas reciben el 107 % del IPREM.

Cuánto tiempo puede cobrarse esta ayuda

La duración de la renta depende de la edad del solicitante, de las cargas familiares que tenga en la fecha de solicitud y de las jornadas trabajadas en los 12 meses anteriores.

  1. Si tiene entre 16 y 24 años puede recibir un máximo de 180 días, la ayuda tenga o no cargas familiares.
  2. Si tiene entre 25 a 51 puede recibir la ayuda 180 días tenga o no cargas familiares.
  3. Con 52 años o más puede recibir la ayuda durante 300 días, tenga o no cargas familiares.

Cómo solicitar esta ayuda

Para poder pedir esta ayuda, los solicitantes deben estar inscritos como demandantes de empleo. Puede presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del SEPE, en las oficinas o por correo postal.

Para solicitar la ayuda hay que presentar la siguiente documentación:

  • Formulario oficial de solicitud. Puedes descargarlo en la web del SEPE.
  • Identificación del solicitante y familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que aparezcan en la solicitud
  • Documento bancario en el que el solicitante aparezca como titular de la cuenta
  • Libro de familia
  • El SEPE además puede solicitar documentos específicos según cada caso.



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