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Cómo solicitar la ayuda de 600 euros para reformar la cocina y el baño de tu casa

Cómo solicitar la ayuda de 600 euros para reformar la cocina y el baño de tu casa
NOTICIA de Jessica Pascual
04.02.2022 - 12:54h    Actualizado 23.01.2024 - 10:11h

¿Tu casa necesita una reforma? Si quieres realizar obras en la cocina o el baño de tu vivienda o ya estás en medio de la reforma y resides en la Comunidad Valenciana, puedes pedir una ayuda de 600 euros para cubrir los gastos.

Se trata de las ayudas del Plan Renhata de la Generalitat Valenciana, que subvencionan dos tipos de actuaciones. Por un lado, las reformas de los cuartos húmedos del interior de las casas de más de 20 años y, por otro, aquellas que se dirigen a adaptar las estancias a personas con diversidad funcional y mayores de 70 años. A continuación te explicamos cómo pedir estas ayudas para reformar tu vivienda, las reformas subvencionables, los requisitos y la cantidad máxima de ayuda que puedes conseguir.

>> Similar ayuda en otras comunidades: Galicia da hasta 1.500 euros de ayuda para cambiar los electrodomésticos de la cocina

Qué reformas son subvencionables

Las ayudas del Plan Renhata en 2022 subvencionan la mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de la vivienda. En concreto, se establecen dos líneas de ayuda:

  1. La reforma de cuartos húmedos, es decir, de la cocina y el baño para adaptarlo y mejorar las condiciones de habitabilidad y sostenibilidad.
  2. Obras en la vivienda con el objetivo de adaptarla a personas con diversidad funcionalidad reconocida de un 33 % o superior y movilidad reducida así como de personas mayores de 70 años. Dentro de esta segunda línea también se incluye la instalación de sistemas integrados de domótica para mejorar el acceso y autonomía de la vivienda a personas con diversidad funcional.

La reforma tiene que acometerse por empresas de técnicos colaboradores que puedes encontrar en la web de la Generalitat Valenciana.

Quién puede pedir las ayudas

Para poder beneficiarse de estas ayudas, los solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda que se encuentre en la Comunidad Valenciana
  • Personas con discapacidad reconocida superior al 33 % o tener más de 70 años.
  • En cuanto a la reforma, para que sea subvencionable, el coste debe ser de mínimo 2.000 euros y de máximo 12.000 euros. La reforma integral puede tener un coste superior a 12.000 euros, pero la cantidad que se toma para la subvención no será superior a este límite. Los requisitos económicos no se aplican para las reformas de la diversidad funcional y mayores de 70 años.

Cómo tiene que ser la vivienda

Para optar a la ayuda, las viviendas deben ajustarse a las siguientes características:

  • Con carácter general, el edificio en el que se encuentra la vivienda y para el que se solicita la ayuda debe tener una antigüedad, como mínimo, de 20 años en el momento de la solicitud. Este requisito no se aplica para aquellas reformas que se realicen en viviendas de personas con diversidad funcional o mayores de 70 años.
  • Por otra parte, la vivienda debe destinarse a la residencia habitual y permanente. Esto supone que uno de los requisitos para beneficiarse de la subvención supone estar empadronado en ella.

Cuánto dan de ayuda

La ayuda que pueden recibir los beneficiarios, con carácter general, es del 5 % del presupuesto a subvencionar, con un máximo de 600 euros. Pero a esta cantidad los beneficiarios pueden sumarle otras dos subvenciones extra, que dependen directamente de los puntos que obtenga el solicitante según los criterios de baremación.

Subvención adicional primera. Se otorga en función de la calidad constructiva catastral, que otorga entre 1 y 10 puntos. ¿Pero, qué es la calidad constructiva catastral? Es un indicador asignado por el catastro que mide la calidad de la construcción de una vivienda. La media de viviendas son de categoría 4 y la horquilla completa clasifica los inmuebles entre el 1 (la calidad más alta) y el 9 (la más baja). Tal y como aparece en la convocatoria, los puntos que se obtienen en función de este indicador son:

  • Viviendas con categorías 1, 2 y 3 obtienen 1 punto.
  • Las de categoría 4 obtienen 3 puntos
  • Las de categoría 5 reciben 5 puntos
  • Las de categoría 6 obtienen 8 puntos de baremación
  • Las de categoría 7, 8 y 9 obtienen un total de 10 puntos.

También se suman puntos en esta subvención por el grado de discapacidad de la persona empadronada en la vivienda:

  • Discapacidad igual o superior al 33 %, pero inferior al 65 % un total de 3 puntos.
  • Discapacidad superior al 65 % se otorgan 5 puntos.

En función de los puntos que se obtengan, se establecen las siguientes cantidades de subvención:

Puntuación Porcentaje sobre el presupuesto Cantidad máxima de ayuda
Entre 1 y 5 puntos 25 % 3.000 euros
Entre 6 y 10 puntos 30 % 3.600 euros
Entre 11 y 15 puntos 35 % 4.200 euros

Esto quiere decir que, los solicitantes que consigan la puntuación máxima de hasta 15 puntos, pueden conseguir, como máximo, una subvención extra de hasta 4.200 euros.

La segunda subvención adicional está relacionada con los criterios de sostenibilidad de la reforma.

Puntuación Porcentaje sobre el presupuesto Cantidad máxima de ayuda
Entre 3 y 6 puntos 5 % 600 euros
Entre 7 y 10 puntos 10 % 1.200 euros

Esto supone que, al conseguir la cantidad máxima esta subvención adicional puede ofrecer a los beneficiarios otros 1.200 euros más.

En total, esto quiere decir que si un beneficiario consigue con carácter general 600 euros, más las cantidades máximas de las dos subvenciones adicionales (4.200 más 1.200) supone que un mismo beneficiario podría conseguir hasta 6.000 euros de ayuda para reformar la vivienda.

Plazos para presentar la solicitud

Todas las personas que quieran pedir esta ayuda pueden hacerlo desde el 1 de febrero y hasta el 13 de abril de 2022, ambos días incluidos.

¿Puedo pedir la ayuda si ya he empezado la obra?

Sí. Las obras para las que se solicita la subvención pueden estar finalizadas en el momento de la solicitud, pero deben haberse terminado, como máximo, seis meses a partir del día siguiente de la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Generalitat Valenciana. En fechas concretas, la reforma debe haberse iniciado después del 1 de enero de 2021 y haberse acabado, como pronto, después del 24 de mayo de 2021.

Cómo pedir la ayuda

Los solicitantes tienen que pedir esta ayuda del Plan Renhata por Internet, a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana. Para hacer la presentación es necesario tener algún tipo de firma electrónica, como por ejemplo el certificado digital.

En el documento oficial y modelo de solicitud hay que indicar si las obras están ya terminadas o si está en proceso. En los dos casos, hay que presentar la siguiente documentación:

  • Declaración responsable del solicitante que acredite no haber solicitado otras ayudas para las obras.
  • Documento que acredite la titularidad de la vivienda, como por ejemplo una nota simple del Registro de la Propiedad
  • En el caso de que la solicitud la presente un inquilino, autorización del propietario para realizar las obras
  • Presupuesto detallado de las obras
  • Plano de las partes de la vivienda que son objeto de la reforma
  • Impreso de la domiciliación bancaria donde quiere recibir el ingreso de la ayuda. Aquí puedes descargar el modelo oficial.

Por otra parte, si la reforma ya ha finalizado, el solicitante debe presentar el documento que acredite que ya ha terminado el servicio de obra. En concreto:

  • Indicar si el solicitante es una persona mayor de 70 años o con discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Fotografías que acrediten las actuaciones y obras acometidas.
  • Autorización para que el técnico colaborador de la obra realice la presentación telemática de las ayudas.
  • Licencias y autorizaciones municipales necesarias para realizar la reforma
  • Facturas acreditativas del gasto y el justificante bancario que acredite el pago
  • Descripción de las obras por parte del técnico colaborador que justifique la actuación subvencionable y que acredite que están acabadas.

Por otra parte, si las obras no están iniciadas o no han terminado todavía, hay que adjuntar a la solicitud los siguientes documentos:

  • Fotografía de las partes a reformar para las que se solicita la subvención
  • Descripción de las obras redactadas por el técnico colaborador, indicando la fecha de inicio y las actuaciones previstas.

Cuánto tardan en resolver la solicitud

El plazo máximo para resolver las ayudas pro parte de la administración es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si no se ha emitido resolución, se entiende desestimada.



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